Consolidación del Acuerdo de Paz Gobierno-FARC e inicio de su aplicación
En tal sentido, es bien conocido que luego de más de cuatro año de conversaciones y negociaciones entre las partes, al culminar con éxito el texto del Acuerdo para la finalización del conflicto y la construcción de una paz duradera, el 24 de agosto de 2016 y protocolizarlo en un acto en Cartagena con alta participación e impacto internacional el 26 de septiembre siguiente, se perdió por ínfima diferencia la votación de su refrendación ciudadana en el plebiscito del 2 de octubre de 2016. Al momento entró en crisis el acuerdo, pero con habilidad y grandeza las partes respondieron acertadamente al abrir el gobierno Santos un diálogo político con los opositores al acuerdo y recibirles propuestas mientras que las FARC se mantuvieron en la defensa del acuerdo y el diálogo como única alternativa para recuperar su vigencia. A la vez, las partes reabrieron la mesa y concertaron un nuevo acuerdo inmediato tipo armisticio que permitió mantener el cese al fuego y las hostilidades, habilitar la misión veedora liderada por la ONU y movilizar las tropas guerrilleras hacia lugares de pre-concentración.
Vinieron entonces una serie de hechos que permitieron revisar el contenido del acuerdo y recuperar su vigencia para luego pasar a su fase actual de implementación. Así, el diálogo político con opositores y diversos sectores de la sociedad llevó a incorporar en el texto cambios y a aclarar prejuicios así como a desechar propuestas que lo harían inviable, como eran las de judicializar y encarcelar toda la dirigencia y buena parte de los integrantes de las filas rebeldes y el negarle a la vez la participación política a su núcleo dirigente. Se desató una inesperada e inmensa movilización estudiantil y ciudadana que exigió hacer vigente de inmediato el acuerdo de paz. La comunidad internacional rodeó sin reservas al proceso de paz y alentó los esfuerzos por recuperar el pacto suscrito. De tal manera, la legitimidad del acuerdo cobró fuerza y consiguió mayor apoyo, al punto que opositores evitaron proclamar el rechazo a la paz e incluso negar de forma general el acuerdo. Esta coyuntura permitió entonces la firma del texto modificado titulado Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz duradera, el 24 de noviembre en el Teatro Colón de Bogotá.
Rescatado el acuerdo de paz en diciembre de 2016 se consiguió pasar a su fase de implementación. Fue instalada la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación de la Implementación del Acuerdo Final. Fue instalado el Consejo Nacional de Reincorporación. Entró en funcionamiento el Mecanismo de Monitoreo y Verificación de composición tripartita: las partes y el liderazgo de la ONU, con respaldo en resolución de su Consejo de Seguridad. El Congreso, con votaciones de muy amplia mayoría, aprobó una propuesta de respaldo equivalente a su refrendación, en Senado y Cámara, tras lo cual en un comunicado el Gobierno y las FARC, el 16 de diciembre siguiente declararon que el acuerdo entraba en vigor, dando lugar al “día D” del cronograma, hacia el proceso de concentración, dejación de armas y desmovilización militar de esta guerrilla.
Por su parte, la Corte Constitucional resolvió la demanda contra el Acto Legislativo que incluye el procedimiento abreviado para el trámite de las iniciativas legales de aplicación del acuerdo de paz y que otorga facultad de iniciativa temporal extraordinaria al presidente con relación a ellas, de forma que validó tales medidas. A partir de allí el presidente Santos radicó con mensaje de urgencia el proyecto de ley de amnistía que hizo tránsito y fue aprobada en sesiones extraordinarias, siendo sancionada el 30 de diciembre de 2016. Citado el Congreso anticipadamente, desde el 16 de enero de 2017, tramita con prioridad ahora los proyectos de actos legislativos para la creación de la Jurisdicción Especial de Paz (JEP) y para estipular la obligatoriedad estatal y gubernamental con la aplicación del contenido del acuerdo suscrito. Y a la vez, el proyecto de modificación de la Ley 5 de 1992, para permitir la actuación de los seis voceros de las FARC en Senado y Cámara, con voz y sin voto, en el trámite de las iniciativas legales relativas al desarrollo del acuerdo. Simultáneamente avanza, en medio de retardos y notorias dificultades en la gestión gubernamental, la adecuación de las instalaciones y la logística en las 26 Puntos y Zonas Veredales Transitorias de Normalización (ZVTN), donde habrán de concentrarse las tropas guerrilleras, previo a su desarme y desarticulación militar.
La Ley de Amnistía y la concesión de indultos a las FARC
La Ley 1280 de 2016 concede amnistía a integrantes de las FARC EP no incursos en graves delitos como son los de lesa humanidad, crímenes de guerra y genocidio. Brinda garantías jurídicas para que ésta guerrilla pueda proceder a los lugares de concentración ubicados en las Zonas Veredales Transitorias de Normalización, donde está prevista la preparación para su paso a la vida legal y civil y los procedimientos de dejación de las armas y disolución de los dispositivos militares. Y permitirá que la gran mayoría de los integrantes de las FARC, en filas, en las cárceles, o ex combatientes de reconocida anterior participación en ésta guerrilla, obtengan tal beneficio legal, pero quedando con el compromiso de comparecer ante la JEP, para acatar las medidas que ésta les imponga, relacionadas con el sistema integral de verdad histórica, reparación integral de las víctimas y garantías de no repetición. Simultáneamente, con base en la versión actual de la Ley 418, le han sido concedidos por el presidente 78 indultos, de unos cerca de 440 previstos, en beneficio del adelanto de los compromisos y las acciones de aplicación del acuerdo.
Como lo declaró públicamente el asesor jurídico de las FARC “es la primera amnistía que se concede en Colombia al finalizar un conflicto con una organización rebelde”. Esto por cuanto la amnistía de la Ley 35 de 1982 se expidió previamente a los pactos de tregua bilateral y paz de 1984, de forma que solo una parte minoritaria de los insurgentes se acogió de manera individual, muchos de ellos estando en las cárceles, pero al fracasar la aplicación de tales pactos se retornó a las hostilidades con las guerrillas FARC, EPL y M19. Y la Ley 77 de 1989 fue un marco jurídico previo de amnistía e indulto, aplicado luego con los pactos de paz de las guerrillas M19 y EPL y las fracciones guerrilleras y milicianas PRT, MAQL, CRS, MP y MIR COAR. En reciprocidad al beneficio penal a esta insurgencia, este marco legal incluyó la figura de la renuncia a la persecución penal de integrantes de la Policía y de las Fuerzas Militares incursos en delitos no graves, de forma que se procederá a extinguirles el procedimiento, pero así mismo tendrán que comparecer ante la JEP. Como está previsto para todas las medidas legales derivadas del acuerdo de paz en el procedimiento abreviado, pasó a control automático de la Corte Constitucional, tribunal que a la vez introduce un cambio en su reglamento para agilizar éste procedimiento y así hacer oportuna su consiguiente revisión.
Ausencia de garantías en las regiones y para las organizaciones sociales
El acuerdo de paz compromete a los entes estatales y gubernamentales para brindar garantías al partido política que surja del paso de ésta guerrilla a la acción política legal, al conjunto de las personas excombatientes para su acceso a la vida social, poblacional y familiar y a las organizaciones sociales con énfasis en las regiones en donde existió el conflicto bélico y se hace énfasis en las dinámicas de aplicación del conjunto de las medidas convenidas en el acuerdo. El punto 2.1 del texto del acuerdo incluye un Sistema Integral de Seguridad, la conformación de una Comisión de Seguimiento y Evaluación frente a los grupos armados y redes delincuenciales heredadas del paramilitarismo. El punto 3.4 incluye la conformación también de una Comisión Nacional de Garantías de Seguridad, que está comprometida con el desmantelamiento de tales grupos y redes, con apoyo en la fuerza pública y los organismos de seguridad y de justicia, de forma que sus funciones son amplias y su composición de alto nivel, presidida por el Presidente de la República.
Sin embargo, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Colombia registró para 2015 el homicidio de 41 defensores de derechos humanos, líderes de organizaciones de víctimas y militantes de agrupaciones como Marcha Patriótica que respaldan el proceso de paz. Y para 2016 su incremento a 64 homicidios de ellos, para un total de 108. En consecuencia, la ONU hizo un llamado urgente en los siguientes términos: “El Acuerdo de Paz prevé la implementación de medidas dirigidas precisamente a garantizar la seguridad de los líderes y lideresas de organizaciones sociales y defensores de derechos”. Y el jefe del equipo negociador de las FARC declaró: “Es hora, después de tanta amenaza y muerte, de que el presidente exija a quien corresponda identificar ya a los promotores del paramilitarismo”.
El hecho es que a pesar del discurso sobre la aplicación con enfoque regional del acuerdo de paz el tema de las garantías no encuentra compromisos de protección, prevención y actuación eficaz del Estado y el gobierno en las regiones. El importante número de víctimas se registra en distintos departamentos pero con algunos rasgos comunes y dentro de un margen claro de simultaneidad y continuidad en las acciones. Se atacan zonas rurales y del entorno de ciertos municipios, en regiones de presencia histórica del conflicto bélico. Se atacan liderazgos sociales y en ocasiones de forma asociada o también políticos, de manera que se busca golpear dinámicas sociales y poblacionales comprometidas con la exigibilidad de derechos, incluidas las organizaciones de víctimas, precisamente en sentido contrario a los compromisos pactados y los derechos considerados y llamados a reivindicar en el acuerdo de paz. En algunos casos por acción y en otros por omisión, aparecen responsabilidades oficiales comprometidas en tal situación.
Entre tanto, organizaciones sociales, de derechos humanos y de víctimas denuncias las situaciones y exigen eficacia en el deber de protección y garantía que le asiste al Estado. No obstante, a pesar de declaraciones, consejos de seguridad, reuniones y visitas a las regiones afectadas, las acciones gubernamentales y estatales distan de ofrecer la respuesta requerida y adecuada. Por el contrario, las declaraciones a alto nivel de ciertos funcionarios, aparecen inconsecuentes al respecto. Así, el Fiscal General Néstor Humberto Martínez declara que no existen expresiones de relación ni sistematicidad en los múltiples homicidios ocurridos. Simultáneamente el ministro de defensa Luis Carlos Villegas declara que “no hay paramilitarismo” y que supuestamente plantear que existe conduce a “darle reconocimiento político a unos bandidos”.
Negar la existencia de expresiones paramilitares persistentes choca contra el sentido de realidad de lo ocurrido en los años recientes, si bien se vive una fase de paramilitarismo más degradado y relacionado con redes y economías ilegales como motivación central. Y afirmar que por caracterizar la existencia de tal fenómeno se les otorga estatus político resulta equivocado, pues precisamente el paramilitarismo ha sido una expresión mercenaria, altamente delincuencial y asociada a formas extremas de violencia, lo cual nunca ha ameritado un reconocimiento de tal actor como político. Asunto distinto sí ha sido el reconocer la instrumentación política e institucional de este fenómeno en aras de determinados propósitos.
Compromiso de las FARC con la paz no logra evitar cierto afloramiento de disidencias
Esfuerzos de verificación y seguimiento al proceso de paz coinciden en reconocer el compromiso integral de las FARC EP con los compromisos pactados, con el cese al fuego y las hostilidades y con los asuntos pactados, de forma que la X Conferencia de las FARC y la decisión de conversión en partido legal, no dejan dudas al respecto. El reconocimiento al respecto es claro por parte del gobierno y de la ONU. Sin embargo, como ha sucedido en cierto grado con procesos de paz anteriores y en procesos de paz en otros países, dadas ciertas circunstancias no dejan de presentarse disidencias o marginamientos del proceso de paz de integrantes de ésta guerrilla. Además, si bien influyen distintos factores el asunto de la atracción del narcotráfico y de otras economías ilegales pesa en tal situación, a la vez que las dificultades logísticas y demoras gubernamentales en la adecuación de las ZVTN, contribuyen a facilitar su afloramiento.
Inicialmente se registró una disidencia en el Frente 1 en Guaviare. Luego con las Milicias Bolivarianas en Nariño que chocaron con la Columna Móvil Daniel Aldana. Luego la comandancia de las FARC expulsó a cinco mandos con incidencia en los frentes 1, 7, 27 y 44 que operaban en Guaviare, Vichada, Guainía y Vaupés. Así mismo, se registró posteriormente un choque entre las FARC un sector disidente del Frente 14 en Caquetá. La comandancia de las FARC ha dado a conocer la expulsión de los combatientes que desertan y se marginan del proceso de paz, explicando que su motivo es económico, asociado a mantener formas de vida con usufructo de economías ilegales en esas regiones. El gobierno y la fuerza pública han declarado que tales agrupaciones marginadas del proceso de paz serán combatidas con todo el rigor de su actuación y ante la justicia por las acciones ilícitas que mantienen.
Preparativos para la conversión de las FARC en partido político legal
La dinámica de aplicación del acuerdo de paz Gobierno-FARC también implica la conversión de ésta guerrilla en proyecto político legal, al cual se le habrán de brindar por el Estado las garantías debidas para su actuación. Un paso en tal sentido ha sido la creación de la agrupación Voces de Paz, colectivo ciudadano sobre el cual las FARC delegaron la representación, para que sirva de veedor en la defensa de lo pactado, en el trámite de las iniciativas legales en el Congreso. El abogado con trayectoria académica y administrativa Pablo Cruz, el profesor de la UN e integrante del PCC Jairo Estrada y la defensora de derechos humanos y candidata a la gobernación de Norte de Santander Judith Maldonado, tienen tal representación en el Senado. La valiente líder de la UP y candidata a la gobernación de Cesar Imelda Daza, el dirigente de Marcha Patriótica y profesor de la Universidad Nacional Francisco Tolosa y el líder de la MANE Jairo Rivera, tienen la representación en la Cámara.
Voces de Paz no es el partido político de las FARC, que habrá de ser conformado por sus integrantes cuando se consolide su paso a la legalidad, como bien lo han anunciado, pero la incursión en el Congreso de este colectivo ciudadano es una forma anticipada de realizar acción política favorable al proyecto político en proyección, como lo han definido, a manera de puente que ambienta la defensa y aplicación del pacto de paz, en la misión particular definida. El Consejo Nacional Electoral después de intensas discusiones a su seno aceptó realizar el registro político de esta agrupación, si bien no se trata propiamente de un partido político como tal, ni tienen ni pretende tener todas sus atribuciones. Y como referimos, cursa el proyecto de ley de reforma del reglamento del Congreso, de forma que se permita la actuación con voz de estos delegados veedores de las FARC, a la vez que cuenten con garantías como oficinas, unidades legislativas de asesoría y asistencia y del respaldo logístico y presupuestal necesarios.
El jefe negociador de las FARC Iván Márquez declaró que a finales de mayo se realizará el Congreso fundacional del partido político surgido desde las FARC, de forma que “sus tesis políticas, documentos programáticos y estatutarios serán estudiados en asambleas que tendrán lugar en las zonas y puntos transitorios de normalización”. El principal comandante Timoleón Jiménez, “Timochenko” en declaraciones de prensa, artículos y reportajes ha perfilado un mensaje político comprometido con la paz y la reconciliación que gana simpatías. Y puede preverse en el contexto político y en perspectiva de la disputa electoral presidencial de 2018, una intensa disputa entre el proyecto de la consolidación de la paz y sus compromisos y el de su reversión, lo cual puede dar lugar a una amplia convergencia a favor de la defensa de los acuerdos de paz y su consecuente aplicación. Por supuesto, en medio de realineamientos y de una compleja agenda en discusión que destaca ahora asuntos como la lucha contra la corrupción y la necesidad de avances efectivos en materia de derechos sociales.
En tal panorama, se abre campo la aplicación del pacto de paz Gobierno-FARC. El apoyo internacional sigue activo, manifestado recientemente en las significativas visitas del canciller alemán Franz Walter Steinmeier y del propio presidente francés Francois Holland al país y a zonas de concentración, como gesto de respaldo expreso, decidido y oportuno al proceso de paz. Ecuador brinda sede al inicio de la instalación de la mesa de conversaciones Gobierno-ELN luego del empantanamiento del inicio de sus labores, lo cual permitirá que la paz sea completa finalmente con el conjunto de las insurgencias. Y si bien es preciso sortear las notables dificultades internas referidas para progresivamente avanzar con los compromisos de la paz, no dejan de existir también algunas dificultades internacionales. Entre ellas las dinámicas de guerra desatadas en varios países de otros continentes, con altísimos costos humanitarios y de distinto orden, y la actual política del recién posesionado presidente Trump de EEUU, quien con arbitrariedad y prepotencia trata las relaciones con otros Estados, a la vez que declara revisar si continua con el respaldo al proceso de paz en Colombia de su antecesor. Y podemos agregar que a pesar del valioso apoyo al proceso de paz en Colombia que brindó el presidente Obama, el no otorgarle el indulto al comandante “Simón Trinidad”, dada la situación histórica del logro de la paz en el país, configura una lamentable situación de injusticia.
Álvaro Villarraga Sarmiento, Directivo Centro Nacional de Memoria Histórica, integrante FUCUDE, catedrático.
Bogotá, DC. 26 de enero de 2017.
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