El funcionamiento simultaneo de estos dos esquemas pensionales conllevan a la problemática que está presentado el Gobierno Nacional de trasladar afiliados del esquema privado al esquema público. Y este traslado es el qué se debe analizar, ¿qué tipo de afiliados se están trasladando? Se están trasladando los afiliados de bajos ingresos que por más que cumplan las exigencias de tiempo y edad, no alcanza a tener el ahorro suficiente para garantizar una pensión mínima y que en dichos casos es necesaria la intervención del Gobierno Nacional; o se están trasladando aquellos afiliados con altos ingresos que se dieron cuenta que su posible pensión sería una proporción de su ingreso actual, lo que implicaría un subsidio a los deciles de ingresos más altos.
Con una simple proyección, si un afiliado hombre que durante los 25 años de trabajo devenga un ingreso real mensual de $10 millones de pesos y teniendo en cuenta las condiciones actuales del Régimen de Capitalización Individual, ahorraría en su fondo común $557.4 millones de pesos. Si está afiliado hombre quisiera su pensión, tendría una mesada pensional de $4.6 millones de pesos, un poco menos de la mitad del ingreso que ganó durante su etapa laboral. Y es ahí donde está el incentivo del cambio, ya que, en el Régimen de Prima Media, dicha persona tendría una mesada pensional de $6.5 millones de pesos, que no son los $10 millones, pero si son un poco mayor de lo que alcanzaría en el régimen privado. Y está es la realidad de un ingreso que se ubica en el decil más alto, la situación se agudiza con el 84% de la población afiliada que cotiza máximo sobre 4 SMMLV. La situación de una mujer en el esquema privado es aún más preocupante porque se pensionan más rápido y su esperanza de vida es mayor, lo que implica que una afiliada mujer con el mismo ingreso de $10 millones de pesos, tendría una mesada pensional de $1.8 millones de pesos, menos del 20% de su ingreso inicial.
Esto pone nuevamente sobre la mesa, la necesidad de implementar una reforma pensional seria que en verdad tenga en cuenta la viabilidad de contemplar un sistema pensional administrado por pilares, y específicamente sobre el famoso sistema pensional de tres pilares. En el sistema pensional de tres pilares, el primer pilar administrado por el Estado garantiza a todas las personas una pensión mínima, donde de igual forma cada afiliado también cotiza sobre el mínimo. Si el afiliado considera que una pensión mínima no cumple con las expectativas pensionales, debe buscar aumentar su pensión en el segundo y tercer pilar, donde el responsable ya no es el Estado, sino aseguramientos que brinda tanto las relaciones entre empleador y empleado, y los aseguramientos que brinda el mercado financiero. Es decir, el Estado debería estar en el estricto deber de que a toda persona que este en la edad de jubilación, se le garantizase una pensión mínima con la cual el afiliado asuma los costos de sostenibilidad. De ahí para adelante, ya es cuestión y responsabilidad individual, de que cada afiliado busque la forma de aumentar su mesada laboral, que como se comento anteriormente, puede ser vía acuerdos laborales o inversiones financieras, pero con la aclaración de que también se exigirá mayores niveles de ingreso para acceder a dichos aseguramientos adicionales.
Valga decir de igual forma, que a pesar de que el Sistema Pensional Colombiano se modificó principalmente con la Ley 100 de 1993, en la cual el Estado pretendía disminuir la deuda pensional y su responsabilidad fiscal y social con el Sistema Pensional, después de casi 30 años, sigue siendo el responsable de dicha tarea, con una realidad en la cual, los regímenes privados se benefician por la administración de los ahorros sin ninguna responsabilidad contractual ni mucho menos social. Las Administradoras de Fondos de Pensiones administran más de $300 billones de pesos en ahorros de los colombianos, cobran cuotas de administración sin ninguna responsabilidad por las posibles perdidas por las inversiones que realicen y tienen una posición rentista que les genera anualmente por el cobro de los costos de administración un ingreso aproximado de $2 billones de pesos, con la posibilidad legal de informar al afiliado de que si no tiene el ahorro suficiente, se debe pasar al régimen publico y ser responsabilidad del Estado.
Las Administradores están en un juego donde no se juegan la piel y por lo tanto, no importa si el afiliado se pensiona o no con ellos, porque con toda seguridad van a tener el salvavidas del Estado, que si debe garantizar las pensiones. Es tiempo de pensar seriamente el Sistema Pensional colombiano, es hora de dejar para los siguientes gobiernos esta bomba de tiempo, el cual es afectado no solo por las complicaciones internas del sistema, sino por las condiciones del mercado laboral y del sistema financiero.
Luis Carlos Calixto Rodríguez
Foto tomada de: Kaos en la Red
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