El segundo mensaje es a la JEP, pues el acuerdo firmado con el gobierno, parte de que la Fiscalía CPI, ha vigilado los estándares para su creación, y la ha reconocido desde su creación, destacando a la firma del acuerdo los resultados que en tres años va mostrando. El Fiscal CPI también ha reconocido los logros de la jurisdicción de Justicia y Paz, así como al SIVJRNR en su conjunto. Lo anterior implica que la JEP debe seguir a la altura de dicho reconocimiento, intensificando los esfuerzos de investigación y juzgamiento, para dignificar a las víctimas y lograr que no se mantenga la impunidad rampante que destroza la credibilidad de nuestro sistema judicial.
Algunos juristas y defensores de derechos humanos nacionales o internacionales han calificado en diversos artículos la decisión del Fiscal CPI como prematura o imprudente. Si sólo se considerara el hecho del poco tiempo que lleva Khan en el cargo, quizá tendrían algo de razón, pero Khan, aunque debe reconocer y partir de las gestiones de sus antecesores, tiene el derecho de redireccionar los esfuerzos de complementariedad y ante todo del poder de su Despacho para exigirle a un Gobierno renuente como el de Duque, que respete el Acuerdo de Paz que en su momento fue avalado por la CPI, garantizado por ONU y con amplio respaldo internacional incluso de gobiernos como EEUU. A mi modo de ver, se trata de una decisión estratégica que relanza, tanto el ejercicio de su competencia complementaria (pues advierte que actuará si se modifican las condiciones pactadas en el Acuerdo de Paz) como a la JEP y al SIVJRNR en su conjunto.
El texto del Acuerdo entre Fiscalía CPI y Gobierno no deja lugar a dudas ni interpretación distinta a la de la exigencia perentoria y contundente para que el Gobierno no modifique las reglas pactadas en el Acuerdo de Paz ni a las instituciones a las que dio vida, y para que tanto el Sistema como específicamente la JEP, sigan adelante en sus actuaciones sin la amenaza latente del Gobierno de suprimirla o modificarla. Así lo establece con meridiana claridad el artículo 1 del Acuerdo:
“Sin prejuicio de la separación de poderes, el Gobierno se compromete a continuar apoyando los procesos pertinentes ante las diferentes instancias judiciales interconectadas, incluyendo la justicia ordinaria, el sistema de Justicia y Paz y la Jurisdicción Especial para la Paz, en cumplimiento de los marcos procesales temporales previstos para las mismas. En particular, el Gobierno continuará: (i) salvaguardando su marco constitucional y legislativo establecido y su estructura; (ii) asignando el presupuesto necesario para su implementación; y (iii) previniendo cualquier interferencia con sus funciones. Asimismo, el Gobierno se compromete a: (iv) asegurar la seguridad y protección del personal judicial y de los fiscales, así como de los participantes que comparezcan ante los diferentes mecanismos de rendición de cuentas, y (v) promover la plena cooperación y coordinación entre las diferentes entidades del Estado asignadas con funciones relacionadas a la rendición de cuentas, en particular, entre la Fiscalía General de la Nación y la Jurisdicción Especial para la Paz”. (Resaltado fuera del texto original).
El Gobierno por su parte debe persuadir a su partido de retirar las iniciativas que cursan en el Congreso y que buscan, o bien modificar la estructura de la JEP, o bien suprimirla del todo. Ninguna persona con dos dedos de frente se creería el cuento de que una cosa es el Gobierno y otra el partido que lo puso en la Presidencia.
En el fondo, el acuerdo firmado por Khan y Duque, es un seguro para la JEP y contribuye a reforzar su blindaje constitucional, así como a afianzar su estabilidad, autonomía e independencia. Los riesgos sin embargo persisten, hasta que las iniciativas orientadas a la supresión o modificación de la JEP, no sean retiradas o archivadas en el Congreso, y sobre todo hasta que tengamos un Gobierno que respete el acuerdo y lo implemente efectivamente. Amanecerá y veremos.
Dejo sin embargo el penúltimo numeral de la parte resolutiva del acuerdo ya que es ilustrativo de su contundencia, y reafirma el mensaje de la Fiscalía CPI sobre el carácter condicionado del cierre del examen preliminar:
“Conforme al Estatuto de Roma, la Fiscalía podrá reconsiderar su evaluación de la complementariedad a la luz de cualquier cambio significativo de las circunstancias, incluyendo toda medida que pueda obstaculizar significativamente el progreso y/o la autenticidad de los procedimientos pertinentes y la aplicación efectiva y proporcionada de sanciones penales de naturaleza retributiva y restaurativa; iniciativas que resulten en importantes obstrucciones al mandato y/o al funcionamiento adecuado de las jurisdicciones pertinentes; o cualquier suspensión o revisión del esquema judicial establecido en el Acuerdo de Paz de manera que pueda retrasar u obstaculizar el desarrollo de procedimientos nacionales genuinos”.
Francisco Julio Taborda Ocampo, Docente del curso Colombia y la Corte Penal Internacional (ESAP) y en Teoría Constitucional y del Estado (Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca).
Foto tomada de: Semana.com
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