Además, de dicho tópico, en la controversia publica inmediata se abordará la Renta básica o Ingreso vital, que el actual gobierno ha nombrado como ingreso solidario.
La renta básica, que en nuestra versión local es un subsidio para las personas con carencias monetarias y colocadas en condiciones de extrema pobreza, que no es la concepción de otros Estados en los que para su entrega se fija un tope en la tributación fiscal junto a otros criterios de edad y cesantía continuada[1], ha sido planteada en las demandas sociales y de las organizaciones sindicales.
A raíz de la crisis social derivada de la pandemia y la recesión económica del 2019, el actual gobierno fijo con el decreto 518 del 4 de abril del 2020 (https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20518%20DEL%204%20DE%20ABRIL%20DE%202020.pdf ) el Programa “Ingreso Solidario” para atender las necesidades de los hogares en situación de pobreza y vulnerabilidad en todo el territorio nacional, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica decretado en ese momento.
Tal aporte monetario equivalente a 160 mil pesos mensuales (40 dólares), en principio se otorgó a 3 millones de hogares, (un total de 12 millones de personas), sin embargo dicho monto fue una cifra exigua (una limosna) sin mayor incidencia en la situación adversa de millones de hogares; se trató de una migaja que además cayó en las garras del clientelismo corruptor de los agentes políticos del gobierno infiltrados en Prosperidad social asociados con directivos uribistas del Centro Democrático y la red de operadores y contratistas enchufados en las esferas estatales del DPS.
De la entrega de tales dineros se encargó el denominado Sector de la Inclusión Social que encabeza el Departamento para la Prosperidad Social de la Presidencia de la Republica DPS creado por el Decreto 1084 DE 2015 (ver https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=77715 )
De la gestión y gerencia de dicho subsidio está encargada la “Mesa de Equidad”, la cual está reglamentada por el decreto 111 del mes de agosto del 2020 (ver https://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=30039703 ) y al frente de la cual está la actual sub directora de Planeación Nacional, la Doctora Laura Pabón, quien lidera la Dirección de Desarrollo Social en el DNP.
El decreto 111 en su artículo 2.5.3. establece una definición para la Mesa de Equidad estableciendo que “La Mesa de Equidad es la instancia de alto nivel, de carácter estratégico y decisorio, presidida y convocada por el Presidente de la República, con el objetivo de establecer directrices para los sectores y entidades del Gobierno nacional para la aprobación de diseños e implementación de acciones y la destinación de recursos de acuerdo con las prioridades territoriales y poblacionales para la reducción de la pobreza, la reducción de otras inequidades que limitan la inclusión social y productiva de la población, el seguimiento de las acciones del Gobierno nacional, la rendición de cuentas para asegurar la atención prioritaria a la población en condición de pobreza y el cumplimiento de las metas trazadoras en esta materia. La Mesa de Equidad será el espacio en el que se acuerden los diseños de los programas del Gobierno nacional que tengan impacto en la reducción de la pobreza y en la reducción de otras inequidades que afectan a la población”.
El artículo 2.5.4. fija los Objetivos específicos de la Mesa de Equidad así:
- Coordinar y concertar con los sectores y entidades del Gobierno nacional los planes y proyectos destinados a la reducción de la pobreza en el país a través del diseño e implementación de la Ruta para la Superación de la Pobreza.
- Coordinar a los sectores y entidades del Gobierno nacional para el diseño e implementación de acciones y estrategias para reducir otras desigualdades de resultados e inequidades en oportunidades que limitan la inclusión social y productiva de la población.
- Definir estrategias de inclusión social y productiva para la sostenibilidad en la generación de ingresos y el acceso a los servicios sociales de la población vulnerable.
En los términos del artículo 2.5.5, las funciones de la Mesa de Equidad son:
- Establecer lineamientos para la focalización territorial y/o poblacional de los programas de las entidades del Gobierno nacional orientados a la reducción de la pobreza, de acuerdo con los criterios de entrada de cada programa.
- Establecer y aprobar directrices para la estructuración, modificación o rediseño de las estrategias nacionales, de acuerdo con el análisis de pertinencia y focalización realizado por la Secretaría Técnica de la Mesa de Equidad, para la reducción de la pobreza y la sostenibilidad en la generación de ingresos de la población vulnerable o emergente.
- Establecer lineamientos con acciones y estrategias a ser aplicadas por los integrantes de la Mesa en el marco de sus competencias, orientadas a remover las principales barreras relacionadas con las inequidades de oportunidades y desigualdades que afecten la inclusión social y productiva de la población.
- Definir metas anuales de atención para cada una de las entidades nacionales participantes de la Mesa de Equidad, que den respuesta a los indicadores de seguimiento del Plan Nacional de Desarrollo.
- Proveer lineamientos para la priorización de recursos de acuerdo con las prioridades territoriales y poblacionales, enfocadas hacia la reducción de la pobreza.
- Brindar lineamientos a las instancias de coordinación con enfoque diferencial y territorial que contribuyan a superar las privaciones que afectan a los sujetos de protección especial, para la superación de la pobreza.
- Generar recomendaciones en los diferentes Espacios de Articulación Territorial para los programas de orden territorial que aporten a la reducción de la pobreza.
- Realizar seguimiento, a través del Tablero de Control de que trata el artículo 2.5.12. del presente Decreto, a los resultados de focalización y al proceso de implementación de los programas o proyectos del Gobierno nacional encaminados a la reducción de la pobreza y la reducción de otras inequidades.
- Presentar los resultados de gestión, previa aprobación de las entidades que conforman la Mesa de Equidad, como mínimo una vez al año.
- Aprobar su reglamento interno y el de las instancias que la conforman.
La Mesa, entonces, es un mecanismo institucional de gran trascendencia que requiere una interlocución desde la sociedad civil y desde las veedurías y auditorias social.
El Ingreso Solidario inicialmente fue planeado por tres meses, pero gracias a la Ley de Inversión Social (https://www.asuntoslegales.com.co/consultorio/claves-para-entender-la-nueva-ley-de-inversion-social-3235979 ) aprobada por el Congreso, Prosperidad Social podrá ejecutar el programa hasta 2022. Dicha Ley aumenta la cobertura del programa, pasando de 3 millones a 4 millones 85 mil hogares beneficiarios, a partir de marzo y abril de 2022, esto es casi 16 millones de personas.
En reciente reunión de la Mesa Técnica se determinó incrementar tal Ingreso hasta los 190 mil pesos que se entregaran cada dos meses, a partir de la primera semana de marzo precisamente en vísperas de las elecciones parlamentarias lo que fue utilizado para la compra de votos por parte de los operadores políticos ligados al régimen uribistas del señor Iván Duque.
Este Ingreso solidario es un derecho de las gentes y su rediseño para convertirlo en un Ingreso vital o Renta básica, es un tema clave en el que deben participar todos los sectores sociales del país. Los referentes actuales de la reflexión se enfocan en la ampliación de su cobertura hasta los 5 millones de hogares, con una cifra equivalente al medio salario mínimo ($500 mil pesos), y en casos excepcionales de Un Millón de pesos para mujeres cabeza de hogar y personas adultas.
Desde la Veeduría ciudadana “Desarrollo con justicia social”, debidamente registrada en la Cámara de Comercio de Bogotá, hemos solicitado un espacio en la Mesa de Equidad para intervenir en la gestión del Ingreso solidario y su distribución transparente.
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[1] Ver al respecto la amplia reflexión de Daniel Raventós sobre el tema en el siguiente enlace https://ecosfron.org/la-renta-basica-por-que-y-para-que-daniel-raventos/ consultado el 16 de marzo del 2022
Horacio Duque
Foto tomada de: Federación Médica Colombiana
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