En recientes artículos publicados en el diario La República Jorge Iván González llamaba la atención sobre las diferentes versiones sobre la presión tributaria a las empresas en el país (por ejemplo, entre las cifras aducidas por la Andi y las estimadas en varios libros por los autores de esta nota) y planteaba la conveniencia de que se llegaran a clarificar las razones de la divergencia.
Las cifras divulgadas por la Andi se refieren a la suma de Tarifas Nominales a las empresas tanto de impuestos como el de la renta como de gravámenes por otros conceptos no tributarios como seguridad social, entre otros, por lo cual no son comparables con las Tarifas Efectivas del impuesto a la renta de personas jurídicas estimadas por los autores de la presente nota en diversas publicaciones.
En seguimiento a dicho planteamiento, Sergio Clavijo considera como erróneos los estimativos realizados por los autores de la presente nota sobre la Tarifa Efectiva del Impuesto a la Renta (TET) de personas jurídicas, sin haber analizado con atención las estimaciones alternativas incluidas en al menos dos libros (Garay y Espitia, 2019 y 2020)[1], y procede erradamente a presentar un estimativo de la TET promedio para las personas jurídicas sin brindar ninguna atención a diferentes indicadores alternativos “proxy” a la TET, ni tampoco a los sesgos introducidos por los beneficios fiscales en las estimaciones de la TET, ni a la importancia de los beneficios fiscales a las empresas en el país y su diferenciación con otros países, y proponer comparaciones de dicho estimativo de la TET en Colombia con el de otros países sin analizar los sesgos introducidos por tales beneficios fiscales en especial con la marcada diferenciación de la importancia de los beneficios fiscales a las empresas en el país (con un gasto tributario de cerca del 2.3% del PIB al año) con respecto a otros países en comparación.
Para precisar los términos conceptuales y empíricos del debate, aquí se plantean diferentes indicadores alternativos como “proxy” a la verdadera TET a las personas jurídicas y se presenta las estimaciones de tales indicadores para el caso de Colombia en el año 2020 con base en la información de declaraciones de renta de las empresas de la Dian.
Consideraciones generales
Es importante introducir la temática con lo expuesto por Piketty en “Una breve historia de la igualdad”: “En general, la elección de los indicadores socioeconómicos es una cuestión eminentemente política: ningún indicador debe sacralizarse, y la naturaleza de los indicadores elegidos debe estar en el centro del debate público y de la confrontación democrática” (pág. 31).
Son múltiples tanto las medidas sobre la intensidad de los impuestos según tipo y agente económico como los mecanismos mediante los cuales se realizan estimaciones sobre el posible efecto que tienen los impuestos sobre las personas y las empresas.
El Sistema Tributario (ST) juega un rol fundamental ya que determina la recaudación fiscal (e indirectamente supedita el gasto presupuestal) y afecta la distribución del ingreso y la riqueza, y por tanto, la calidad y el funcionamiento de la democracia. El análisis de la bondad de un ST es complejo tanto al nivel técnico propiamente dicho como al ámbito de la filosofía y economía política implícitas.
Es importante acudir a la evidencia empírica para una comprensión y debate sustentados sobre propósitos de política pública como la distribución del ingreso y riqueza, la progresividad, equidad y eficiencia tributarias, etcétera.
Tarifa Efectiva de Tributación (TET) de las empresas
Son varias las aproximaciones que se pueden realizar a efecto de calcular la tarifa efectiva de tributación (TET) de las empresas. Una aproximación alternativa a la tarifa nominal, dado el efecto que sobre la misma tienen variables que erosionan la base gravable del impuesto sobre la renta de las personas jurídicas (PJ) como los beneficios fiscales, entre ellos: los ingresos no constitutivos de renta, las rentas exentas y los descuentos tributarios, así como los “gastos de ventas” y “gastos de administración”.
Establecer una TET implica relacionar el impuesto a cargo con alguna de las medidas de ganancia utilizadas en los estados financieros que se reportan ante la Superfinanciera, la Supersociedades o la Dian, o en su defecto, con base en la totalidad de ingresos brutos.
Una de esas ganancias denominadas como ganancias brutas es definida como la diferencia entre los ingresos de actividades ordinarias y los costos de ventas, las otra segunda es definida como ganancia por actividades de operación cuando a los ingresos ordinarios se le agregan otros ingresos y se le deducen los “gastos de ventas”, los “gastos de administración”, y una tercera definida como ganancias (pérdidas) antes de impuestos que corresponde a las ganancias por actividades de operación sumándoles la diferencia entre los ingresos y costos financieros, la “participación en las ganancias (pérdidas) de subsidiarias, asociadas y negocios conjuntos que se contabilicen utilizando el método de la participación”, así como “otros ingresos (gastos) procedentes de subsidiarias, entidades controladas de forma conjunta y asociadas”.
En este conjunto de definiciones, hay rubros sobre los cuales se realiza buena parte de la planificación tributaria de los agentes sujetos de tributación, en este caso empresas, teniendo presente la probabilidad existente de que la administración tributaria disponga de la información suficiente para poder realizar efectivamente actividades de auditoría sobre ellas.
A este respecto, es de precisar que, al menos en principio, cuanto más elevados sean los beneficios fiscales otorgados a las empresas, ceteris paribus, mayor el sesgo por sobreestimación de la TET estimada, por lo que la “verdadera” magnitud de la TET se aproximaría progresivamente a las estimaciones según el indicador sobre Ingresos Brutos. De ahí la cautela que hay que tener para realizar comparativos internacionales entre países con diferencias apreciables en la magnitud de beneficios fiscales debido a los importantes sesgos por sobrevaloración de los estimativos de la TET reproducidos por tales beneficios.
No obstante lo anterior, en el marco de las discusiones sobre la TET tanto de las pequeñas y medianas empresas como de los micronegocios, la base de cálculo presentada por el Ministerio de Hacienda y la Administración tributaria en el país han sido los ingresos totales y no las ganancias.
En esta nota de trabajo se va a presentar las TET teniendo como base diferentes denominadores para analizar su variabilidad según la medición adoptada y su idoneidad ante la presencia de diferentes niveles de importancia de la presencia de distorsiones diferenciales como en el caso de los beneficios fiscales. Como fuente básica de cálculo se utilizan tanto los microdatos de la DIAN como los estados financieros de las superintendencias sectoriales mencionadas.
Estimación de las TET de las Personas Jurídicas en Colombia
Para el cálculo de las TET de las empresas se procede a construir diferentes variables proxy de la Ganancia tanto a nivel individual para cada una de ellas como para el agregado de actividades y sectores económicos. Las variables escogidas son:
(1) Total Ingresos Operacionales menos Costos de Producción
(2) Total Ingresos Operacionales menos Costos de Producción descontados los Gastos de Administración y Ventas. Y,
(3) Total Ingresos Operacionales menos Costos de Producción descontados los Gastos de Administración y Ventas netos de Compensaciones.
Las estimaciones de las TET de las empresas para el año 2020 se calcularon con base en estas tres (3) “proxi” de Ganancias, además de una cuarta medición que utiliza como denominador el total de Ingresos Brutos (Cuadro 1).
Lo primero que hay que señalar es que las TET son significativamente inferiores a la Tarifa Nominal (33% en ese año) como resultado especialmente de la variedad e importancia de los beneficios fiscales otorgados a las sociedades en el Estatuto Tributario (equivalente a cerca de 2.3% del PIB al año): 3.0, 5.0, 5.0 y 1.4% vs 33%, respectivamente. Con la salvedad de que mientras más elevados sean los beneficios fiscales otorgados a las empresas, ceteris paribus, mayor el sesgo por sobreestimación de la TET estimada, por lo que la “verdadera” magnitud de la TET se aproximaría progresivamente a las estimaciones según el primero y el cuarto indicadores, al punto extremo que el cuarto indicador llegaría a ser el más indicativo, como puede ocurrir en el caso colombiano.
De cualquier manera, hay diferencias marcadas entre sectores, aunque su ordenamiento sectorial no varía entre los diferentes indicadores utilizados. Es así como los sectores con mayores TET son, en general, los de Construcción; Electricidad, gas y agua; Agricultura y Actividades profesionales con niveles promedio cercanos a 6.5, 13.0, 13.0 y 2.2%, respectivamente según cada uno de los indicadores utilizados.
A su turno, los sectores con menores TET son los de Actividades financieras y de seguros, y Otras actividades de servicios con niveles promedio de 1.0, 1.0, 1.0 y 0.6%, respectivamente.
En el intermedio se encuentran sectores como Industria manufacturera y Minería con niveles promedio de 6.0, 11.0, 12.0 y 1.8%, respectivamente.
Ahora bien, la estructura de las TET a nivel sub-sector se detalla en el Anexo 1, que no se comenta en detalle aquí porque rebaza los propósitos específicos de esta nota, aunque es de resaltar que, de cualquier forma, la estructura intrasectorial no varía de manera apreciable según los indicadores alternativos estimados.
La TET para el caso de las personas naturales (PN)
En el caso de las PN parece existir cierto consenso de que la TET se calcule como la relación entre los impuestos a cargo y la totalidad de los ingresos brutos. Los ingresos se toman directamente de los microdatos de la DIAN o se calculan como la variación patrimonial más el consumo.
En cuanto a indicadores, casi siempre, los más sencillos, tienden a ser los más indicativos. Y el más sencillo de todos es claramente el de Ingresos Brutos.
Estimación de las TET para las personas naturales en Colombia
En el caso de las personas naturales, resulta necesario llamar la atención sobre la composición de los ingresos brutos totales según el nivel de ingresos totales para así determinar con claridad cuál es la principal fuente a medida que se avanza en la escala de ingresos (Gráfico 1).
Se observan diferencias significativas entre cuantiles de ingreso. Así, por ejemplo, el ingreso promedio del 0.1% de las personas naturales con los mayores ingresos perciben ingresos laborales, según las declaraciones de renta para el año 2020, de $103 millones mensuales y de Ingresos No Laborales por $788 millones mensuales, en promedio cerca de 7.7 veces más que el monto de los ingresos laborales declarados por personas de este 0.1% más rico en el país.
Es por esta razón que se ha insistido en gravar de manera progresiva las rentas del 1% y del 0.1% con mayores ingresos en el país y de igualar en general las Tarifas Nominales y Efectivas para las células de Ingresos Laborales, no Laborales y de Capital, además de buscar desmontar los beneficios fiscales injustificados que son los que llevan a que la Tarifa Efectiva de Tributación del impuesto a la renta sea tan reducida con respecto a la Tarifa Nominal (Gráfico 2).
Es así como la TET para el 0.1% de las personas naturales con los mayores ingresos en el país es del 2.4% en 2020, tasa que resulta equiparable a la aplicable a personas de la clase media-alta y apenas ligeramente superior a la correspondiente para las personas de la clase media-media, lo que contradice abiertamente los principios de equidad y progresividad establecidos constitucionalmente en la Carta de 1991.
Algo estrictamente similar sucede con la Tarifa Efectiva de Tributación del impuesto al patrimonio de las personas naturales, ya que dicha tarifa se reduce progresivamente a medida que el patrimonio aumenta, al punto de que la TET promedio al patrimonio para patrimonios superiores a $10 mil millones es de 0.76% en 2020, equiparable a la tasa promedio correspondiente a patrimonios inferiores $5 mil millones y menor a la de patrimonios entre $5 y 6 mil millones (del 0.9%) (Gráficos 3 y 4).
A manera de reflexión
La problemática de la estimación de las TET resulta crucial en el propósito de especificar la profundidad (por ejemplo, la presión tributaria respecto al PIB) y la estructura (sectorial y según rango de ingresos o de patrimonio) de la tributación en un país.
Ahora bien, en la medida en que se introducen distorsiones mediante, por ejemplo, el otorgamiento de beneficios fiscales por diversos conceptos la estimación de la TET se ve afectada por sesgos por sobrevaloración respecto a la “verdadera” TET: tanto mayores tales sesgos, ceteris paribus, en cuanto más importantes y variados sean los beneficios fiscales implantados (reflejados en un mayor gasto tributario respecto al PIB). Por ello, tanto más necesario acudir a diversos indicadores alternativos de la TET que permitan mapear los rangos más probables en los que se situaría la “verdadera” TET en la práctica real, debido a que no habría un único indicador irrefutable, “ningún indicador debe sacralizarse” en aras de profundizar el debate democrático.
Dado que el caso de Colombia se distingue internacionalmente por muy elevados niveles de gasto tributario por concepto de beneficios fiscales -hasta del orden del 2.3% del PIB al año para personas jurídicas y de 1.0% del PIB para personas naturales-, por necesidad se requiere acudir a la estimación de diversos indicadores aproximativos a la “verdadera” TET, aparte de asumir con máxima cautela la simplista comparación con indicadores de otros países sin antes haber realizado los debidos ajustes en consulta con las diferencias entre ellos en términos del gasto tributario respecto al PIB, por ejemplo.
En este contexto, resalta el hecho de que de acuerdo con la estimación de indicadores alternativos la “verdadera” TET promedio del impuesto a la renta de las personas jurídicas en Colombia oscilaría alrededor de 1.6 a 3.0% en el año 2020, en comparación con una TN promedio del orden del 33%. Y con la característica de que tanto las estructuras sectorial e intrasectorial no varían de manera apreciable según indicadores alternativos, como la persistencia de unos sectores con las TET sectoriales más bajas para todos los indicadores estimados como el caso de Actividades financieras y seguros (con TET cercanas al 1.0%).
En cuanto a las personas naturales la estimación del indicador de las TET del impuesto a la renta más reconocido muestra cómo aumenta progresivamente hasta el cuartil 94 de la curva de ingresos, cayendo drásticamente para el 5.0, 1.0 y 0.1% de las personas naturales con los mayores ingresos en el país, al punto de que la TET promedio para las personas en 0.1% más rico equivale a la de personas de clase media alta y ligeramente superior a la de las de clase media-media, en abierta oposición a principios constitucionales de equidad y progresividad.
En consecuencia de lo anterior, resalta la conveniencia, si no necesidad, de desmontar los beneficios fiscales injustificados tanto para personas jurídicas como naturales y de establecer TET del impuesto a la renta de personas naturales que sean estrictamente progresivas para las personas pertenecientes al 5.0, 1.0 y 0.1% con mayores ingresos en el país -¡precisamente en sentido opuesto al vigente tradicionalmente en Colombia!-.
Luis Jorge Garay Salamanca & Jorge Enrique Espitia Zamora
Foto tomada de: El Colombiano
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[1] Garay, L. J. y Espitia, J. E. (2019). Dinámicas de la Desigualdad en Colombia. En torno a la economía política en los ámbitos socio-económica, tributario y territorial. Ediciones Desde abajo, Bogotá; Octubre, y Garay, L. J. y Espitia, J. E. (2020). Desigualdad y reforma estructural tributaria. Hacia una economía política de inclusión social. Ediciones Desde Abajo, Bogotá, Mayo.
Oscar Gomez says
LLEGÓ LA HORA PARA CORREGIR TANTA INJUSTICIA.