El centralismo se expresa en las competencias y en los recursos para ejecutarlas. Según el informe de la Misión de Descentralización, la Nación recauda el 81% de los impuestos, los departamentos el 5%, y los municipios el 14%. De todos los recursos, la Nación gasta el 68%, los departamentos el 9% y los municipios el 23%, por ello se dice que estes es un estado centralista: la Nación recauda y gasta más que todos los entes territoriales. Eso explica en parte que en los departamentos y municipios no hay plata para atender las crecientes necesidades de sus comunidades, y los alcaldes y gobernadores deben buscar permanentemente la intermediación de los congresistas para lograr la financiación de sus obras.
Cuando el Gobierno del presidente Petro con su ministro del Interior Juan Fernando Cristo pregonaba la necesidad de un acuerdo nacional sobre 4 puntos, en el Congreso de la República por iniciativa parlamentaria se vino gestando un acuerdo nacional en contra del centralismo y entorno a la reforma del sistema de transferencias. Salvo la elección de Gregorio Eljach con 95 votos de 108 posibles, nada parecía tener consenso en el legislativo. Pues bien, la reforma de las transferencias logró 80 votos en sexto debate en el Senado, (sexto de ocho debates, ya casi es reforma) lo que es sin duda una amplia y extraña mayoría.
El Proyecto de Acto Legislativo (así se denominan las reformas a la Constitución) que avanza en el Congreso pretende la reforma de los artículos 356 y 357 de la Constitución que establecen de manera general las competencias y recursos a transferir a los entes territoriales.
Se dice que los ingresos corrientes de la Nación son los ingresos tributarios (impuestos) y no tributarios (tasas y sanciones), quedando excluidos los recursos de capital como los empréstitos y excedentes financieros. Pues bien, las transferencias son la parte o porción de esos recursos de la Nación que se transfieren a los entes territoriales (departamentos, distritos y Municipios) para que cumplan con los servicios públicos a cargo.
Originalmente la Constitución de 1991 ató las trasferencias a los ingresos corrientes de la Nación, como un porcentaje de ellos que llegaría hasta el 46,5%. Con la reforma del año 2001, y complementada con la del 2007 se separó la transferencia como porcentaje de los ingresos corrientes de la Nación para en adelante crecer unos puntos por encima de la inflación, teniendo como referente inicial la transferencia realizada en el año 2001.
Esa nociva reforma de comienzos de siglo tuvo como precedente la crisis económica del año 1999, tiempos en los que se alegó que si no había crecimiento económico se ponía en riesgo las trasferencias, lo que justificó separar su cálculo de los ingresos corrientes de la Nación. También se motivó en la necesidad de flexibilizar y dar un alivio a las finanzas nacionales. Lo cierto es que los ingresos corrientes de la Nación en lo que va corrido del siglo XXI, han crecido muy por encima del aumento de las transferencias, al punto que los autores del proyecto de acto legislativo calculan que, entre 2002 y 2024, la perdida de los entes territoriales por el cambio de fórmula de liquidación de las transferencias puede ser cercana a los 400 billones de pesos.
El proyecto de acto legislativo en discusión propone aumentar las trasferencias a departamentos y municipios del 22% a cerca 39,5% de los ingresos corrientes de la Nación, lo que no solo significa un incremento en la cifra a transferir una vez aprobado el proyecto, sino que las vuelve a amarrar a los ingresos corrientes de la Nación. Esa reforma sin duda, fortalece a los entes territoriales y puede debilitar a la Nación la cual tiene ya grandes presiones financieras por el elevado costo de la deuda, los gastos pensionales, de seguridad y defensa. Como un cambio en las finanzas públicas de esa naturaleza no se puede hacer de la noche a la mañana, se aprobó una transición de 12 años y una reforma a la ley de reparto de competencias entre la nación y los entes territoriales.
Este último punto es crucial. Si la Nación pretende seguir construyendo vías terciarias, acueductos municipales, polideportivos, o financiado sedes de gobierno local, la plata no le va a alcanzar. La nueva ley de competencias debe definir responsabilidades de manera que se produzca un severo adelgazamiento de las competencias y burocracia de la Nación, sobre todo en aquellos aspectos que son propios de los entes territoriales.
Lo que sí resulta inaceptable y parece no un mico sino un orangután, es que en el texto de reforma al artículo 356 C.N. aprobado en el sexto debate en plenaria del Senado, se haya definido (sin debate alguno en la opinión pública) que con las transferencias los entes territoriales deben financiar no solo la educación preescolar, básica y media, sino también la educación superior. Esto no fortalece la Universidad pública colombiana, sino que la pone en riesgo al tiempo que debilita las nuevas transferencias a los entes territoriales.
Bienvenida la mayor participación porcentual en las trasferencias, esa es una buena reforma; pero para que sea mejor, deberían revisarse el criterio de distribución de las transferencias establecido preponderantemente a partir del número de habitantes, para que los recursos no se concentren en los principales centros urbanos como Bogotá, Medellín y Barranquilla, así como en los departamentos de Antioquia, Cundinamarca, Valle y Santander (en estos 7 entes territoriales se reparte el 50% de las trasferencias, que tiene como destino 1103 municipios y 35 departamentos) aumentando con ello el desequilibrio regional.
Este no es un proyecto del gobierno Petro, aunque ya tiene su aval. Lo que sí, es, un clamor nacional para atenuar ese centralismo cerrero que mantiene a los alcaldes mendigando, y de paso viaticando en Bogotá.
William Alvis Pinzón
Foto tomada de: La Silla Vacía
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