En el caso de la JEP el Acto Legislativo referido que la creó debilitó su función y alcance al omitir la obligación de los terceros señalados de compromisos directos con graves violaciones a los derechos humanos para comparecer ante sus instancias, dejando así la responsabilidad de miles de funcionarios civiles, exfuncionarios, líderes políticos y gremiales con libertad de presentarse o no, de forma voluntaria, bajo el falso presupuesto de que permanezcan en la justicia ordinaria, cuando los hechos revelen con contundencia el predominio en ella de la impunidad ante tales situaciones. Adicionalmente, la reciente ley estatutaria que reglamentó la JEP introduce borrar su competencia para los miembros de la Fuerza Pública de forma que se crearía un nuevo tribunal independiente de la misma JEP, en condiciones anunciada de impunidad. A ello se agrega el fuerte debate público a todo nivel sostenido entre defensores del acuerdo de paz y sus consecuencias incluida la justicia transicional diseñada que empieza a aplicarse y sus detractores.
En tal contexto, la JEP una vez designadas las personas que integran su tribunal y salas y surtidos los procedimientos administrativos ha entrado a funcionar y con sus actuaciones avanza en conseguir legitimidad y apoyo. La JEP ha conseguido la suscripción de Actas de Acogimiento de 4.653 personas exintegrantes de las Farc–EP, 1.792 actas de acogimiento de miembros o exmiembros de la fuerza pública, 24 actas de miembros del Estado de instancias diferentes a fuerza pública, 3.666 Actas de Compromiso de personas exintegrantes de las FARC EP para recibir beneficios de la Ley 1820 de 2016 (de amnistía) y asumir compromisos hacia la verdad y la reparación de las víctimas. Ha beneficiado con la libertad a 134 personas con privación de libertad en Unidad Militar/Policial y 909 con libertad transitoria, condicionada y anticipada y 200 por su acogimiento a la JEP han conseguido libertad de la justicia ordinaria. Su actividad promocional frente a las víctimas, la sociedad y la institucionalidad alcanza con actuaciones pedagógicas 122 municipios[1]. Y en términos de inicio de las acciones judiciales han abierto el Caso 001 contra los máximos dirigentes de las FARC EP por cargos de toma de rehenes civiles y secuestros; el Caso 002 sobre víctimas de pueblos indígenas y afros; y el Caso 003 contra militares responsables de ejecuciones extrajudiciales, a la vez que varios generales se presentan o se anuncia que preparan su presentación.
El caso contra militares implicados en ejecuciones extrajudiciales contra civiles
La JEP con el Caso 003 ya realizó la primera audiencia con personal de las Fuerzas Militares comprometido con la realización de ejecuciones extrajudiciales contra personas civiles, el cual se corresponde con los jóvenes retenidos ilegalmente en el municipio de Soacha mediante el ofrecimiento de ofertas laborales engañosas, para ser llevados y ejecutados en estado de indefensión en la Provincia de Ocaña, Norte de Santander por contingentes militares oficiales, de forma que previamente fue adoptado un plan de operación concertado entre militares y paramilitares y luego de los hechos las víctimas reportadas en parte oficial como si se tratara de integrantes de un grupo armado ilegal dados de baja en combate con el Ejército. Trascendió en la denuncia que la comandancia militar respondió con el pago de un millón de pesos por la captura ilegal de cada uno de los jóvenes que fueron trasladados mediante engaño, bajo la convicción bien de que recibirían un pago apreciable por realizar vigilancia en haciendas o de ir a recoger un encargo de plata a transportar, en una distante zona rural.
Con relación a la responsabilidad de los hechos de este caso ocurrido en Ocaña, el pasado 10 de agosto se hicieron presentes en esta audiencia de condicionalidad ante la JEP, ante su Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, el teniente coronel (retirado) Gabriel de Jesús Rincón, otro oficial, un suboficial y once soldados, para un total de 14 miembros del Ejército adscritos a la XV Brigada, quienes fueron condenados por la justicia ordinaria por cargos de asociación para delinquir agravada, desaparición forzada, homicidio agravado, porte ilegal de armas y falsedad ideológica en documentos públicos. En la audiencia firmaron acta de sometimiento y acogimiento al régimen de condicionalidad. Sus penas significan condenas sobre los 40 años, pero de aprobarse por la JEP su acogimiento a la justicia transicional y de cumplir la condición de revelar la verdad y contribuir a reparar a las víctimas ocasionadas, podrían tener una pena alternativa baja y el posible logro pronto de la libertad mientras actúa el nuevo proceso con la JEP.
“De acuerdo con una sentencia de la Sala de Casación de la Corte Suprema, en este caso como soporte de la operación se usó un informe de inteligencia militar fechado el mismo día que ocurrió el homicidio. El documento fue cuestionando y se demostró que “la orden de operaciones obedeció a un plan orquestado entre Rincón Amado, el Pelotón Espada 1, el sargento Rafael Urbano e integrantes de las Bandas Criminales de la zona. Mientras los militares mostraban resultados operacionales positivos, las bandas criminales delinquían a sus anchas en el sector. Como lo viene documentando la justicia, hay evidencias que apuntan a que algunos militares reclutaron personas en barrios populares para asesinarlos y reportarlos como bajas en combate con el fin de recibir prebendas y beneficios. A raíz del escándalo, en octubre del 2008 fueron destituidos 27 altos mandos involucrados”[2].
Con este caso ante la JEP puede afirmarse que es la primera vez en la justicia colombiana que se configura un escenario judicial en el cual podrán actuar con verdaderas garantías efectivas y participación directa en el proceso víctimas de graves, masivas y sistemáticas violaciones a los derechos humanos y al derecho humanitario, de responsabilidad Estatal, en el contexto colombiano de las décadas recientes de ocurrencia del conflicto bélico y de expresiones de autoritarismo y violencia política. Los militares convocados fueron el coronel Gabriel de Jesús Rincón Amado, el mayor Henry Mauricio Blanco Barbosa, el sargento Medardo Ríos Díaz, el cabo Richar Armando Jojoa Bastidas y los soldados profesionales Mauricio Cuniche Delgadillo, John Anderson Díaz Ortega, Ricardo Eliud González Gómez, Ferney Grijalba Flor, Eider Andrés Guerrero Andrade, Geiner Fuertes Guillermo, Pedro Johan Hernández Malagón, Luis Alirio López, Nixon Arturo Cubides y José Adolfo Fernández Ramírez[3].
Las víctimas convocadas con relación a los jóvenes Julio César Mesa Vargas, Jader Andrés Palacios Bustamante, Víctor Fernando Gómez Borrero, Jhonatan Orlando Soto Bermúdez y Diego Alberto Tamayo Garcerá, desaparecidos en Soacha, Cundinamarca y asesinados en Ocaña, Norte de Santander, por los militares, entre enero y agosto de 2008, de manera que estuvieron presentes en la audiencia sus cinco madres. Ellas son reconocidas como víctimas indirectas, conforman el colectivo organizado denominado Madres Víctimas de Falsos Positivos (MAFAFO), han sido a la vez víctimas de persecución, amenazas y de la propia dilación y expresiones de impunidad en medio del proceso legal emprendido. Sostuvieron varias reuniones previas con la Secretaría Ejecutiva de la JEP en las cuales recibieron información y presentaron sus expectativas y su interés de contribuir a la construcción de la paz y la búsqueda de la verdad, pero bajo la consideración de que el caso no quede en la impunidad.
“Fue la búsqueda y la similitud de los casos lo que conformó las ‘Madres de Soacha’, que reúne 14 casos de esa localidad, cuatro de Bogotá y uno de Fusagasugá, quienes fueron reportados a lo largo del 2008 por tropas del Batallón Santander y de la Brigada Móvil 15 del Ejército Nacional como muertos en combate, en un falso combate”[4].
Actuación de la JEP y exigencias de verdad y de justicia de las víctimas
La JEP procedió a explicarles a los militares que se le presentaron los requisitos para acogerlos, lo que implica que quedan bajo el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No repetición. Esto significa que su aceptación les exige responder ante la JEP y ante el sistema de manera que sus contribuciones a la verdad y la reparación de las
víctimas deberán tener consecuencias favorables también hacia los trabajos de la Comisión de Esclarecimiento de la Verdad (CEV) y la Unidad de Búsqueda de las Personas dadas por Desaparecidas (UBPD). Corresponde ahora a la JEP con respecto a la solicitud de los militares presentes en la audiencia oficializar su compromiso de participación en este mecanismo de justicia transicional, revisar sobre cada uno su situación judicial y establecer sus obligaciones de reparar a las víctimas ocasionadas.
El teniente coronel (r) Rincón quien se desempeñó como Jefe de Operaciones de la Brigada XV del Ejército, a través del texto leído ofreció “verdad plena” y manifestó: “Desde ya y como siempre lo ha manifestado, pido perdón a todas y cada una de las víctimas directas e indirectas en este crudo conflicto armado interno que ha causado a la gran mayoría de las personas en Colombia un dolor en sus corazones”[5]. Resulta evidente en sus palabras que no hay un reconocimiento ni un perdón con relación a los hechos en cuestión, sino una expresión genérica de la existencia de víctimas en el contexto del conflicto armado, pero no en el de la actuación Estatal por la cual procedió a investigar y sancionar la justicia ordinaria con relación a los hechos correspondientes a este caso.
En consecuencia, las madres de Soacha manifestaron inconformidad por lo sucedido en la audiencia, expresando que los militares no expresaron la verdad sobre lo realmente sucedido, ni fueron claros en presentar reconocimiento y excusas o perdón por las graves violaciones que los implican. Afirmaron que se percibió lo entregado por ellos como un libreto preparado que no da cuenta de un auténtico reconocimiento de los hechos, motivos y las responsabilidades existentes al respecto. En las declaraciones posteriores ante los medios de prensa declararon que estimaban que ha predominado la impunidad en la justicia colombiana y que esperan más allá de los presentes en la audiencia que respondan los altos mandos y las autoridades de alto nivel implicadas en el caso.
Como se difundió en un reporte periodístico de Contagio Radio: “Para Jacqueline Castillo, hermana de Jaime Castillo Peña, quien fue asesinado en 2008 y presentado como una baja en combate, los militares no quieren ofrecer verdad sobre lo ocurrido porque están leyendo los testimonios y “todo se los tienen escrito”. En ese mismo sentido, Castillo aseguró como también lo afirma el colectivo de víctimas que el fin último de la JEP es conocer la verdad de lo ocurrido, y en este tipo de casos “hubo grandes cabezas detrás de las ejecuciones” que espera se den a conocer en el trascurso de las audiencias”[6].
Ella misma en ese reportaje discute como lo hacen otras víctimas la propia competencia que puede tener la JEP en este caso, al estimar que no se trató de un crimen en el marco de referencia o de ocurrencia de los hechos de la guerra, sino que se trató de un ataque cometido por el Estado contra civiles, constituyendo así un crimen de Estado y no un crimen de guerra. Con este argumento manifestó que guarda la expectativa de que ante la impunidad manifiesta de la justicia y el Estado colombiano ante este grave caso, podría ser admitido, investigado y fallado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos[7]. “Esperamos que se construya el camino para una verdadera reparación integral” expresó la representante legal de las víctimas Sandra Villegas, según lo divulgó en su propio tuiter la JEP.
Quedan así casos en tratamiento de la JEP que si bien ofrecen en su sistema notorias rebajas y formas alternativas de pena, sus medidas efectivas contra la impunidad y por el derecho a la justicia también se traducirán en los compromisos que se impongan a los responsables con relación al esclarecimiento de la verdad con relación a los hechos asociados a las graves violaciones consideradas, así como con medidas efectivas con relación a la búsqueda de la reparación integral de las víctimas. Consolidar su actuación, conseguir con eficacia resultados y el logro por la Corte Constitucional de salir al paso al intento legal de tratar de menoscabar de forma definitiva su alcance, son un compromiso histórico que hoy asume la JEP, de cara ante las víctimas, la sociedad y el futuro de la paz en Colombia. Y la entereza y la voz de las madres de Soacha, como las de todas las víctimas que participarán en los sucesivos casos y en las demás actuaciones de la JEP, ponen de presente la complejidad del tratamiento de como lo ha caracterizado la ONU para las últimas décadas en el país, una masiva, grave y sistemática ocurrencia de violaciones a los derechos humanos y al derecho humanitario.
Álvaro Villarraga Sarmiento, Directivo CNMH, integrante FUCUDE, catedrático.
Foto tomada de: La FM
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[1] https://www.jep.gov.co/Paginas/JEP/Jurisdiccion-Especial-para-la-Paz.aspx
[2] “El cara a cara entre el jefe de operaciones de la Brigada 15 y las madres de Soacha”, Semana, 10 de agosto de 2018.
[3] “Audiencia ante la JEP por “falsos positivos” de Soacha, COLPRENSA, 10 de agosto de 2018.
[4] https://www.asuntoslegales.com.co/actualidad/este-viernes-la-jep-se-ocupara-en-audiencia-de-los-falsos-positivos-de-soacha-2758171
[5] http://caracol.com.co/radio/2018/08/10/nacional/1533922497_478697.html
[6] http://www.contagioradio.com/actualidad/
[7] http://www.contagioradio.com/actualidad/
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