“Centros universitarios como la Nacho son independientes, autónomos, regidos por las normas emanadas de su propia organización interna, democráticos, etc. Pero también están obligados a cumplir las disposiciones constitucionales y legales vigentes para todos en un Estado social de derecho como el nuestro. Víctor Manuel Ruiz, La rectoría de la Nacho, ET 16/04/24, 1.12
Va más de un mes después de realizada la consulta democrática que definió preferencias entre los diez profesores que aspiraron a la designación como rector.[1] Eso sí, con un procedimiento híbrido que a la postre no es democrático, sino corporativo autoritario que garantiza periodos de tres años para la gobernabilidad institucional de la Universidad Nacional de Colombia.[2]Ya quedan 11 días para que termine el segundo periodo de la rectora Dolly Montoya, y se posesione el nuevo rector de la Nacho, o se abre un tiempo casi insospechado de constituyente,[3] de lo extraordinario democrático.[4]
Mientras tanto, el ejercicio reflexivo que propongo, amplifica en parte, la dirección sugerido por el columnista Víctor Manuel Ruiz, es decir, que tanto Ismael como Leopoldo “expliquen con claridad el fundamento de su pretensión y se genere así una solución definitiva de la controversia…”[5] En esa dirección aprovecho en lo posible, una interlocución figurada de los protagonistas principales en esta coyuntura universitaria, Leopoldo Múnera, LM, y José Ismael Peña, JIP. Me baso en las entrevistas conocidas por el público lector.
El primer interpelado es el ganador absoluto de la consulta de tres estamentos, profesores, estudiantes y egresados, pero perdedor en la instancia del Consejo Superior Universitario, CSU. Aquí el preferido, en la votación secreta de ocho consejeros fue su adversario, Ismael Peña. Claro, luego de la eliminación de LM, y surtidas varias fallidas.[6] JIP resultó ganador con la mayoría exigida por el reglamento de la designación, 5 a 3.[7]
La modalidad de interlocución deriva, en presente, de un intercambio a través de redes.[8] El pasado lunes, dos colegas Rodrigo Uprimny y Humberto Vergara, profesores de planta de la facultad de Derecho y Ciencias Políticas, fueron convocados por Alexis de Greiff. Expusieron sus argumentos, el primero en favor de Leopoldo Múnera, declarado en desobediencia civil, y en apoyo de una constituyente universitaria. El otro favorece al designado por el CSU, pues señala que todo se hizo conforme a la legislación existente.
Pero este tipo de debates tiene también un antecedente lejano de especial relevancia en la historia de la facultad de derecho. Entonces dos campeones cruzaron argumentos constitucionales e historia sobre la génesis de las instituciones jurídico políticas del estado nación colombiano en 1952. El profesor Leopoldo Uprimny,[9] afamado catedrático conservador de la restaurada universidad Javeriana, y Alfonso López Michelsen, quien había regresado de sus estudios en el extranjero.[10]
Para perfilar el planteamiento del profesor Leopoldo Múnera, acudo a la Entrevista del 13/04/24. En El Espectador. De ella destaco ciertos afirmaciones y cuestionamientos, a propósito de dos conceptos/nociones de importancia en los debates de la teoría política y jurídica.[11]
Primer round
A propósito de la legitimidad y la legalidad
Este recorrido comienza con la citación in extenso del planteamiento de Leopoldo Múnera que desarrolla su pensamiento sobre la legalidad y legitimidad del proceso actual de designación del rector en la Universidad Nacional, que ha rechazado de modo categórico, y ha tenido concurridas asambleas estudiantiles.
Una asamblea, en particular, donde se declaró en desobediencia civil, como lo hizo Henry David Thoreau en los Estados Unidos por otros motivos, cuando se oponía tanto al imperialismo desatado, como frente al exterminio de los pueblos originarios.
Al mismo tiempo propuso como procedimiento pacífico acudir al mecanismo de una asamblea constituyente que diera lugar al respecto a la democracia, cuando menos la fórmula recortada, corporativa que existe a partir de la ley 30 de 1992, y sus desarrollos.
En el asunto puntual de legitimidad y legalidad encara un tópico “clásico” de la sociología política y jurídica de Max Weber, considerado por muchos el padre fundador de la ciencia política burguesa moderna, en particular, la estadounidense, representada por el canadiense-americano, David Easton, con la mediación del sociólogo Talcott Parsons teórico del sistema social y sus subsistemas.
Con estas referencias, de posible aplicación al caso de la Nacho, en la actual controversia, se puede adelantar que Max Weber construyó lo que llamó en su enfoque empirista, tipos ideales de la dominación legítima cuando estudiaba el orden estatal de su tiempo.
Así las cosas, él formuló una dominación legítima legal racional. Es decir, este tipo ideal señala que la legitimidad proviene de la creencia de la comunidad política en la ley, lo legal, eso sí, racional, en el sentido que no todo lo legal es de suyo racional. Y él, por lo demás, fue uno de los primeros cultores del estudio de la racionalidad instrumental.[12]
Aplicándolo a la reflexión de LM, este enfoque estaría juntando legalidad y legitimidad. Esto es, la observancia de la ley universitaria y estatal es la fundamentación de la legitimidad o no de la designación presente.
Pero, como se verá, otra parece ser la posición del candidato en desobediencia civil que separa legalidad y legitimidad. Para la muestra, cito enseguida el pensamiento de LM en la entrevista de la que selecciono las partes pertinentes.
Igualmente, cuando se vaya a discutir el tópico de la constituyente universitaria emerge la problemática de la legalidad y la legitimidad, y la paradoja que entraña. Porque de ser así, habría que quebrar, destituir la legitimidad legal, para darle curso a un proceso destituyente. A no ser que, en lugar de legitimidad se encare la problemática de la hegemonía, la democracia y el poder constituyente, esto es, una combinación de cuando menos tres pensadores, Antonio Gramsci, Baruch Spinoza y Antonio Negri. Pero esta problemática la trataré en un cuarto episodio de esta serie.
Vamos ahora con la entrevista realizada al profesor LM. Recomiendo, igualmente, repasar lo dicho, y grabado en el diálogo que convocó Alexis de Greiff, al que aludo al inicio de este escrio.
A la pregunta del entrevistador, sobre su cuestionamiento a la designación de JIP.
LM contesta al entrevistador de El Espectador, ELE:
“Considero que es ilegítima porque previamente hay una consulta que, así no sea vinculante, tiene que ser un referente para el proceso de designación del rector. Tiene que ser un referente importante, es decir, tiene que ser considerada y desvirtuada o confirmada por parte del Consejo Superior Universitario con argumentos que demuestren las razones que tienen el CSU para tomar la decisión. Esto implica que previamente haya unos criterios públicos y transparentes sobre cómo se va a evaluar a los candidatos.
Nada de eso existió y se desconoció la opinión de la comunidad universitaria, no se ponderó la opinión de la comunidad universitaria, pero además no se establecieron unos criterios públicos y transparentes para evaluar los candidatos. Entonces eso le quita toda la legitimidad al proceso de designación.
LM precisa ahora el cuestionamiento, ahondando en el asunto de la legalidad del procedimiento de la designación:
Hay una serie de procedimientos para la adopción de las decisiones por los cuerpos colegiados en la Universidad Nacional y específicamente para la adopción de decisiones para la designación del rector de la Universidad Nacional que está en el Estatuto General. Pero no solo en el Estatuto General, sino también en el estatuto que regula el funcionamiento del Consejo Superior Universitario, y esos procedimientos, que son los de formación de la mayoría absoluta, no fueron respetados y se adoptó un procedimiento de eliminación paulatina de los candidatos para llegar a votar al final solo por dos candidatos y no por los cinco, como se debía hacer.
A la interpelación del periodista del El Espectador, ELE, “Pero las normas le permiten al CSU cierta autonomía sobre cómo hacer la designación…”
LM responde:
“Sí, pero eso no hace parte de la autonomía del CSU. La autonomía es dentro de las normas de la Universidad, no puede tener una autonomía que desconozca el Estatuto General de la Universidad o las normas de la Universidad. Es, por consiguiente, una autonomía reglada, una autonomía limitada y no respetaron esa autonomía limitada.”
El entrevistado subraya una paradoja jurídico constitucional existente en lo legislado a partir de la Ley 30 de 1992.
Esto dice LM:
La paradoja es una paradoja de la Constitución y la ley. Es decir, la Constitución en el artículo 69 establece la autonomía universitaria y la Ley 30 conforma los Consejos Superiores de tal manera que son heterónomos y que no son autónomos. Entonces el primer punto es que la paradoja está en la estructura misma de la legislación sobre autonomía universitaria en Colombia.
Pregunta ELE:
Siendo candidato a rector, señaló que iba a trabajar para solucionar esta paradoja:
Qué pasos puede dar ahora, luego de no haber sido elegido? ¿Tiene que ver con la propuesta de una constituyente universitaria?
LM:
Sí, tiene que ver. Creo que vamos a trabajar para hacer propuestas de reforma de la Ley 30 y reforma del gobierno universitario en la Ley 30. Una de esas propuestas es volver realmente autónoma la legislación sobre las universidades y sobre las instituciones de educación superior pública en Colombia. Es decir, cambiar la composición, no solo de los Consejos Académicos, que eso se puede hacer internamente en las universidades, sino cambiar la composición del Consejo Superior Universitario, para que en el Consejo Superior Universitario la mayoría sea de representantes de la comunidad académica.
Repregunta ELE:
¿Cómo sería la elección de rector en las universidades o al menos en la Universidad Nacional?
LM:
Hay varias posibilidades. A mí me gusta mucho la opción a la que se llegó en la Universidad de Lovaina (donde realizó su maestría y doctorado), porque es una opción de dos vueltas. Con dos vueltas el rector siempre va a tener la mayoría absoluta de los votos en la segunda vuelta, y eso me parece muy bueno para que el rector no sea un rector de minorías.
LM añade lo siguiente:
Hay una cosa que no se ha analizado de esta consulta: si usted toma todos los votos sin ponderación, yo obtuve 55% de la votación. Es decir, obtuve mayoría absoluta en la primera vuelta, eso no se ha analizado, pero es así.
Entonces, a mí me gusta esa fórmula, es una fórmula que me parece muy sana, en donde se puede considerar que un candidato de la minoría ganó en la primera, pero en la segunda ya se supo quién tenía la mayoría.
Pero hay otras fórmulas, algunas en donde la consulta es uno de los elementos de la ponderación. Digamos que la consulta vale el 60% en el cálculo final sobre otros criterios de ponderación, la hoja de vida vale 20%, etcétera, Ese es otro mecanismo que trata de combinar la democracia con la meritocracia. Otros en donde es un cuerpo colegiado conformado por miembros de la comunidad académica el que elige al rector, no es una elección directa.
LM abunda sobre la contradicción aristocracia vs demos:
Hay muchos mecanismos que en Colombia se ignoran o se desprecian diciendo que el problema es que la universidad no responde al demos, sino que responde a una aristocracia. Esos son malas utilizaciones de la teoría y de la filosofía política, porque si uno juzga el demos de la universidad, es un demos altamente cualificado porque son estudiantes, profesores, egresados, trabajadores que están cualificados y no es cualquier demos.[13]
Entonces no se le puede aplicar el término demos en forma despectiva. Y, por el otro lado, la “aristocracia del conocimiento” es bastante discutible y ¿quién forma la aristocracia del conocimiento?
ELE:
¿En qué consiste el proceso constituyente?
El proceso constituyente lo tiene que definir la comunidad y las comunidades universitarias. En mi visión, pero no es la visión de las comunidades, esto va a ser discutido con otras propuestas, el proceso constituyente tiene dos momentos.
Primero, un momento destituyente, y tiene que ver con las reformas ya adoptadas por la Universidad Nacional. Congelar o derogar una serie de reformas que la comunidad universitaria no comparte. Tiene que ver con la revocatoria del mandato de los representantes profesoral y estudiantiles. Habría que estudiar bien si se puede hacer con el representante profesoral, tiene que ver con las medidas jurídicas para cuestionar la designación del profesor Peña.
Pero hay otro momento constituyente, que tiene que ver con mesas o mingas constituyentes para transformar el gobierno de la universidad; para participar en la elaboración de la Ley 30, o de la nueva ley de educación superior; para participar en la elaboración de la Ley Estatutaria de educación superior; para vincular a otras universidades dentro de un proceso constituyente más amplio. Por ahí empezaría y empezaría definiendo cuál es el método constituyente.
LM complementa su respuesta:
¿A dónde llegaría ese camino? depende y depende de lo que vayan definiendo quienes participen. Yo creo que en Colombia tenemos que aprender, y en la universidad también, que los conflictos no son guerra y que puede haber conflictos y no tenemos que entrar en lógicas bélicas.
Yo no creo que debamos tenerle miedo al conflicto. Me parece que el conflicto es necesario en las sociedades, me parece que el conflicto dinamiza a las sociedades y no me preocupa el conflicto en la Universidad Nacional, me preocupa que algunas personas utilicen violentamente el conflicto que se manifiesta en la Universidad Nacional, de un lado o del otro. Eso sí me preocupa, pero no que haya conflicto. El conflicto lo que hace es cualificar la armonía, en los términos suyos, no necesariamente distorsionar la armonía.
(Continúa)
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[1] Uno de los aspirantes, el profesor Moisés Cetré Castillo fue desde el principio cuestionado por colectivos feministas, que lo denuncian por acosador de mujeres en los espacios de la UIS y la Nacho, a pesar que los procesos contra él terminaron sin condena o sanción alguna.
[2] Hablo de gobernabilidad y no gobernanza que es una característica de regímenes democráticos, que no es el caso del que existe en la Universidad Nacional después de la traumática experiencia, aún disputada, de 1971. Fecha en la que se aprobó el Programa Mínimo de los Universitarios Colombianos, con base en los Encuentros Nacionales, el primero de los cuales se realizó en la Universidad del Valle, en Cali, que se cerró con una agresión castrense que dejó varios muertos, al reprimir una manifestación en los tiempos del estado de sitio, de dictadura civil.
[3] Que no pocos asocian con la historia del grito de Córdoba de 1918, la rebeldía con la universidad colonial hasta entonces hegemónica. Hoy, en Colombia, por estos días, vemos también que la rebelión de Córdoba no sacudió del todo a universidades como el Rosario, donde el gobierno de un número restringido de colegiales que es “persuadido” con canonjías, es lo que denuncian profesores, estudiantes, y ex rectores que piden la renuncia de su rector Alejandro Cheyne, electo de esa forma contenida en las llamadas Constituciones que existen desde la cédula que creó el Rosario en 1653, regentado por la comunidad Dominica, y que han sufrido modificaciones no suficientes después de 3 siglos y medio.
[4] Andreas Kalyvas, un politólogo greco-americano es quien habla de lo extraordinario como democracia. Acción creadora de política que Jacques Rancière califica como “la parte de los sin parte.”.
[5] Ver la columna La rectoría de la Nacho, una parte de la cual cito como epígrafe de esta tercera parte de mi serie sobre El Colapso del Autoritarismo.
[6] Aún no se conoce el contenido del Acta que aclare el modo cómo por voto de preferencias resultó eliminado de la competencia por la designación Leopoldo Múnera. Se sabe sí que el borrador del acta ya está en poder del Ministerio de Educación, y tienen 30 días para hacerla pública.
[7] Mayoría en favor de José Ismael Peña, ex vicerrector de sede, y tres votos en blanco, del trío nombrado por el gobierno de Gustavo Petro. Este triple voto en favor del ganador de la Consulta democrática, fue cantado por el presidente, cuando visitó la U. Nacional, por la primera vez, desde que fuera electo. Tiempo en el que aún no se había surtido la consulta a tres de los cuatro estamentos existentes. Los trabajadores no tienen cabida en el proceso de designar gobierno universitario.
[8] Con sus diferencias, porque Leopoldo y José Ismael no han tenido una interlocución directa, sino un breve intercambio vía whatsapp o tuit, según comentario de Leopoldo.
[9] Revisar las notas escritas por el abogado Nicolás Salom Franco, publicadas en El Tiempo virtual, Teología o Mercantilismo.
[10] López Michelsen ponía en entredicho la genealogía teológico política de las instituciones fundamentales, con fundamento en la escuela de Salamanca con Vitoria a la cabeza, y, por el contrario, sustentaba la tesis de la estirpe calvinista de nuestras instituciones. Argumentos que había forjado en su periplo formativo europeo, y en sus estancias en México y Chile,
[11] En particular, hay una reflexión del profesor Norberto Bobbio, que reviso con los estudiantes de Introducción a la Ciencia Política, que en su mayoría son de primera matrícula.
[12] Uno de cuyos más célebres antecesores es el mismísimo Nicolás Maquiavelo
[13] Es importante establecer una precisión etimológica. Demos es tomado de la lengua griega. Demos es el resultado de la relación entre deme, y tiene una referencia con la agricultura y su diosa Deméter (Ceres de los romanos).
Miguel Angel Herrera Zgaib, PhD, Director del Grupo Presidencialismo y participación, Minciencias/unijus, Las voces en la disputa por la legitimidad Rectoral
Foto tomada de: Colombiainforma.info
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