Una primera mejora del proyecto de Ley es que distingue claramente dos procesos que se desarrollan simultáneamente pero que como se refleja en la ponencia y en al articulado, por una parte, distingue la naturaleza política de la negociación con las organizaciones insurgentes que en el caso concreto cobijaría a los procesos con el Ejército de Liberación Nacional, ELN, y a mi juicio también a las Disidencias de las FARC, tanto a las que no entraron en proceso de paz como a quienes lo abandonaron. Al mismo tiempo distingue otra negociación que no es de naturaleza política que cobija las negociaciones con grupos armados organizados sucesores del paramilitarismo como es el caso del llamado Clan del Golfo o Autodefensas Gaitanistas y a bandas armadas ligadas con el narcotráfico como es el caso de la llamada Oficina de Envigado, los pachelly, los Pachencas, etc. Con esta precisión se desmonta la critica que los propios voceros de las insurgencias le habían formulado al proyecto inicialmente presentado con el aval del gobierno nacional.
Un segundo aspecto que mejora el texto anterior y lo precisa es el que tiene que ver con el reconocimiento de las vocerías tanto de las organizaciones insurgentes como de las estructuras armadas sucesoras del paramilitarismo y las bandas armadas que generan, como dice el proyecto, crímenes de alto impacto. Así mismo precisa las zonas de ubicación o zonas de paz que se decretarían para avanzar en los múltiples procesos de negociación. Un avance también se da en otros dos aspectos. El que se incorporen los acuerdos en el Plan Nacional de Desarrollo y en los planes departamentales y municipales de desarrollo, así como que se puedan decretar contribuciones en los departamentos, distritos y municipios, destinados a la paz y la convivencia. Estos recursos regionales serán muy importantes para la paz territorial. Así mismo es importante que el proyecto establezca el gabinete de paz en donde cada uno de los ministerios bimestralmente este obligado a presentar un informe sobre sus ejecutorias en materia de paz y de cumplimiento de los acuerdos tanto los ya aprobados como los que eventualmente se aprueben y firmen en el futuro.
Se mantiene y precisa el servicio social que reemplazaría al servicio militar obligatorio y adiciona un par de artículos que le confieren al presidente de la República atribuciones para indultar a personas que fueron judicializadas por su participación en las protestas ligadas al Paro Nacional del 28 de abril de 2021 que cobijaría también a miembros de la Fuerza Pública comprometidos en los desmanes. Estos dos artículos fueron introducidos por los ponentes y será motivo de amplio debate en las plenarias de Cámara y Senado que deberán debatir el proyecto la próxima semana.
Este marco jurídico para la paz, como lo ha entendido el gobierno, debe ser complementado con proyectos específicos para los distintos procesos. El proceso de sometimiento a la justicia de las organizaciones sucesoras del paramilitarismo y de las bandas ligadas a los crímenes de alto impacto requiere de un marco jurídico específico, el actual proyecto de Ley permite la realización de los procesos que como hemos dicho en otros escritos son por lo menos tres procesos diferentes. El de la negociación con el Ejército de Liberación Nacional, ELN, el proceso con las dos Disidencias de las FARC las que no entraron en el proceso de paz anterior que comandó Gentil Duarte y que dirige actualmente alias Iván Mordisco y el proceso de la Segunda Marquetalia que dirige Iván Márquez y que desertaron del proceso con las FARC y las negociaciones con los grupos sucesores del paramilitarismo y las bandas del multicrímen como las denomina el presidente Gustavo Petro.
Es importante diferenciar estos procesos porque son de naturaleza diferente y tener claros los escenarios permitirán claridad en las diferentes mesas de negociación que se deberán abrir. El proceso con las organizaciones sucesoras del paramilitarismo y las organizaciones armadas que generan crímenes de alto impacto es un proceso de sometimiento a la justicia y su marco jurídico es muy particular puesto que se trata de un proyecto de rebaja de penas, entrega de bienes, porcentaje de bienes que se dejaría a quienes se sometan a la justicia, condiciones de reclusión y penas privativas de la libertad y el tema de la extradición. Un tema que no se ha ventilado públicamente es el mecanismo de justicia que se habilitaría para ese sometimiento a la Justicia. En el pasado se creo para los grupos paramilitares un marco de justicia transicional contemplado en la Ley 975 de 2005 también conocido como Justicia y Paz que conformó salas regionales especializadas sometidas en segunda instancia a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. Ese mecanismo de justicia transicional es a mi juicio necesario pues se requiere de celeridad en este proceso de sometimiento a la justicia que debería ser incluido en el proyecto que se esta preparando en el Senado de la República. Este proyecto debe ser consultado con los voceros de estas bandas multicrimen si realmente se quiere avanzar en su sometimiento.
Al mismo tiempo el gobierno debe avanzar en la conformación de sus delegados en las mesas de negociación y eventualmente y para ganar tiempo se debería presentar un proyecto de reforma constitucional que vuelva a considerar el secuestro y los delitos relacionados con el narcotráfico como conexos al delito político. Como se sabe una reforma constitucional del año 2019 elimino esa conexidad por tanto se requiere que el gobierno presente un proyecto de reforma que restablezca esa conexidad para que los procesos con el ELN y con las Disidencias de las FARC puedan avanzar.
Pedro Santana Rodríguez, Director Revista Sur
Foto tomada de: El Heraldo
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