Teniendo en cuenta que algunas zonas rurales del país resultaron más afectadas que otras por la guerra –no sobra repetir que la confrontación bélica no se libró en los clubes sociales que frecuentan las camarillas gobernantes en las grandes ciudades-, se reconoció que esas regiones, además, se hallan abandonadas de la institucionalidad; por lo tanto y para garantizar una mejor integración de las mismas “y una mayor inclusión y representación política de estas poblaciones y de sus derechos políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales, y también como una medida de reparación y de construcción de la paz”, se convino crear en esas zonas 16 Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz para elegir 16 Representantes a la Cámara, de forma temporal y por 2 períodos electorales: 2018-2022 y 2022-2026.
La Misión de Observación Electoral –MOE-[1], adelantó un completo estudio de caracterización de esos 167 municipios, en el cual se destaca que son localidades con déficit de cedulación y con dificultad de acceso a los puestos de votación; que su censo electoral representa el 7,6% del total nacional; que en cuanto a Hechos de Violencia Política, Social y Comunal en las Circunscripciones especiales de Paz en el período 2016-2017 “en general en las circunscripciones se presentaron 160 hechos en total, en comparación con los 444 hechos registrados en todo el territorio nacional en el mismo periodo, lo que significa que las víctimas de las circunscripciones especiales representan el 36% del total nacional”.
Mientras la sociedad rural ha vivido los desastres de la guerra en carne propia, la población urbana apenas se ha enterado por las imágenes de los noticieros de televisión. Aun así, lejos del conflicto y de los actores armados, la población citadina ha sido incapaz de organizarse y reaccionar políticamente, colectivamente. En el caso de los pobladores rurales y de las regiones, si no se dio la movilización social con la contundencia necesaria fue porque los actores armados condenaron cualquier forma de organización y expresión colectiva. Desde el destierro de líderes, hasta la prohibición de recoger y sepultar a sus muertos.
Toda esta situación, que no es mucho lo que haya variado, alteró en no pocos casos la calidad de vida de los pobladores y generó profundos daños emocionales, que medianamente, las Circunscripciones especiales de paz, buscaban enmendar como una medida de reparación.
Lo ocurrido en el Senado de la República, el pasado 30 de noviembre, fecha límite establecida para aprobar las leyes que materializarían los acuerdos, por la vía rápida, demuestra, una vez más, que el cuento de que las víctimas son el centro de los Acuerdos, de la reconciliación y de la atención del gobierno –en sus tres ramas- es la mentira más socorrida de estos tiempos; que buena parte de quienes llegan al Congreso, lo hacen no para buscar el bien común sino para aprovechar la oportunidad de llenar sus bolsillos.
Según la letra muerta de la Constitución Política, los miembros de cuerpos colegiados “deberán actuar consultando la justicia y el bien común” y son responsables “políticamente ante la sociedad y frente a sus electores del cumplimiento de las obligaciones propias de su investidura”.
Contrariamente, lo que se vio en el Congreso de la República, fue una serie de maniobras dirigidas a dilatar y entorpecer las votaciones de las leyes relacionadas con el llamado Acuerdo de Paz, al punto que la decisión definitiva en el tema de las Circunscripciones especiales de paz, se dio en la fecha límite, con la ausencia de 42 Senadores y un resultado que políticamente nos muestra la clase de “representantes” que toman decisiones en nombre de la población y, en este caso, en nombre de las víctimas, negando sus derechos y manteniéndolos en la postración del ostracismo. Los intereses particulares muy por encima de “la justicia y el bien común”; y en cuanto a su responsabilidad política, en las próximas elecciones los veremos nuevamente ungidos por sus rebaños de electores.
Quienes se oponen, argumentan entre otras razones, que las curules quedarán en manos de las FARC, que ya no existen como tal, o en manos de narcotraficantes, pero por el Congreso de la República y en hombros de actuales adalides de la moralidad, han pasado personajes de la alcurnia de Pablo Escobar Gaviria, Alberto Santofimio Botero, y otros.
Convenientemente ignoran que de acuerdo con el proyecto de Acto Legislativo que crea las Circunscripciones, los partidos políticos que cuentan con representación en el Congreso o con personería jurídica, incluida la FARC, “no podrán inscribir listas ni candidatos para estas circunscripciones”. Es decir que la nominación se sustrae de las corruptelas de las maquinarias de los partidos y de ahí su aversión hacia la iniciativa.
La inquina en contra de las curules para las víctimas es no poder avalar a personajes como Kiko Gómez (Cambio Radical), Oneida Pinto (Cambio Radical), Alejandro Lyons (Partido de la U), Luis Miguel Cotes (renunció al Partido Liberal por cuestionamientos y se inscribió por firmas), Julio Guerra Tulena (Partido Liberal), Bernardo Elías (Partido de la U) y Musa Besaile (Partido de la U).
Haber permitido que la implementación de los llamados Acuerdos de paz quedase en manos del Congreso, con todas sus taras, mañas y artimañas, constituye una gran equivocación; algo así como lanzar un cordero a una jauría de hienas. Ahí están los resultados. La búsqueda de la paz va a terminar en una discusión jurídica, legalista, cuando se trata de un asunto de justicia social y de política. No de politiquería, expresada en el ausentismo soterrado – que también es una forma de corrupción-.
Independientemente de la decisión que adopte el presidente del Senado, Efraín Cepeda Sarabia, será en últimas la Corte Constitucional la llamada a establecer si la llamada “silla vacía” se aplica al caso de los tres Honorables Senadores del partido de la U, actualmente presos. De igual manera deberá determinar y darle alcance a los conceptos de “Quórum” y “Mayorías”, entendido el primero como el número de miembros de una corporación, en este caso del Senado, que habilitan la realización de una votación, y el segundo el número de votos que permiten aprobar o rechazar una proposición. Sin embargo, deberá clarificar si la modificación o reducción del quórum, también modifica o reduce las mayorías. En otras palabras, un quórum de 100 exige una mayoría de 51; ¿un quórum de 97 exige las mismas mayorías de 51 o las reduce a 48?
La discusión acerca de si el Proyecto fue aprobado o archivado se ha convertido en un asunto de aritmética interpretativa, que en últimas será resuelto por abogados, en la Corte Constitucional. El aspecto reparativo y de justicia social en favor de las víctimas ha quedado relegado a segundo plano; y ellas, nuevamente instrumentalizadas, reducidas a botín de la guerra en su fase jurídica.
JOSÉ HILARIO LÓPEZ RINCÓN
6 de diciembre de 2017
[1] http://moe.org.co/wp-content/uploads/2017/05/Informe-Circunscripciones.pdf
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