En las siguientes líneas se plantea de manera sucinta una reflexión sobre la juventud colombiana, donde se evidencia la forma como ha respondido la institucionalidad gubernamental y la dirigencia política del país con respecto a la garantía de sus derechos y lo que podemos esperar a corto plazo con los jóvenes en nuestro país.
- ¿De dónde venimos con nuestros jóvenes?
En la década de los 80 del Siglo pasado, nos sorprendieron con una forma de llamar a los jóvenes ya que los convertía en mensajeros de la muerte, se les llamó sicarios a partir de la muerte del ministro de Justicia Rodrigo Lara Bonilla ocurrida en el año de 1984, siendo uno de los autores un joven de 18 años. Este homicidio se dio en un contexto social y político marcado por la guerra contra el narcotráfico. Finalizando esta década se presenta la desmovilización de grupos guerrilleros que condujeron al proceso constituyente que termino promulgando la nueva Constitución Política de Colombia en el año de 1991. En ella aparece de manera explícita el tema de los jóvenes y de la obligación del Estado de garantizar sus derechos:
El adolescente tiene derecho a la protección y a la formación integral. El Estado y la sociedad garantizan la participación activa de los jóvenes en los organismos públicos y privados que tengan a cargo la protección, educación y progreso de la juventud[1]
De igual forma, en este periodo se crea una Consejería Presidencial[2] donde los jóvenes adquieren un protagonismo en la agenda pública, se avanza en una institucionalidad en esta materia y en la creación de una ley[3] que obliga al Estado colombiano a garantizar sus respectivos derechos. A pesar de estos avances, fueron más las promesas que los cambios concretos en la vida de los jóvenes y los sicarios continuaron incrementándose en el escenario nacional ya que “no habían nacido para semilla”[4]
- ¿Dónde estamos con nuestra juventud colombiana?
Actualmente la forma como se hace referencia a los jóvenes es tratándolos de vándalos, revoltosos y terroristas, porque han salido de manera masiva a las calles a cantar y a exigir sus derechos, a manifestar que no están resignados a la vida que esta sociedad les ha creado, a gritar su crítica e inconformismo con unas entidades gubernamentales burocráticas centradas en el pago de cuotas políticas y no en el cumplimiento de su misionalidad institucional en favor de los jóvenes, ello ha ocurrido con toda la parafernalia institucional creada en el marco de las dos leyes de juventud[5], en la segunda aprobada por el Congreso de la Republica, la Ley Estatutaria 1622 de 2013[6], se nos habla del Sistema Nacional de Juventudes y se plantea las siguientes finalidades:
- Garantizar el reconocimiento de las juventudes en la sociedad como sujeto de derechos y protagonistas del desarrollo de la Nación desde el ejercicio de la diferencia y la autonomía.
- Definir la agenda política, los lineamientos de políticas públicas e inversión social que garanticen el goce efectivo de los derechos de las juventudes en relación con la sociedad y el Estado; la articulación en todos los ámbitos de gobierno, la cualificación y armonización de la oferta y el proceso de formación política y técnica dirigida a los jóvenes, servidores públicos y sociedad en general.
- Garantizar la participación, concertación e incidencia de las y los jóvenes sobre decisiones que los afectan en los ámbitos social, económico, político, cultural y ambiental de la Nación.
- Posibilitar y propender el desarrollo de las capacidades, competencias individuales y colectivas desde el ejercicio de derechos y deberes orientados a la construcción de lo público.
- Promover relaciones equitativas entre generaciones, géneros y territorios, entre ámbitos como el rural y urbano, público y privado, local y nacional.
Si lo anterior se hubiera cumplido durante el tiempo que lleva su aprobación, al menos de manera parcial, no se habrían presentado las grandes movilizaciones de los jóvenes, de las cuales hemos sido testigos y cuyos resultados están dejando como resultado lo siguiente[7]:
…según información reportada en el Sistema Nacional de Información de Derechos Humanos, al 24 de junio se registraban 54 personas fallecidas y 1.140 personas civiles lesionadas. Asimismo, se indica que al 10 de junio solo faltaba por localizar 84 personas, de los 572 registros iniciales, de las cuales se incluye 4 denuncias de desaparición.
Por otra parte, durante la visita de trabajo, la organización de la sociedad civil Temblores informó sobre la existencia de 4.687 casos de violencia policial. A su vez, suministró un registro de 73 personas fallecidas en el marco de las protestas, de las cuales, 44 estarían presuntamente relacionados con el accionar de la fuerza pública y 29 están en proceso de verificación. Asimismo, las organizaciones que conforman la Campaña Defender la Libertad Asunto de Todas denunciaron el fallecimiento de 84 personas en el marco de las manifestaciones; en 28 de estos casos estarían involucrados integrantes de la Policía como posibles responsables, 7 serían atribuibles a personas de civil sin identificar y en 43 casos no se ha identificado a los autores; 14 casos se encontrarían en proceso de verificación.
De la misma forma, las organizaciones que conforman la Campaña Defender la Libertad registraron 1.790 personas heridas, de las cuales 84 han sido víctimas de lesiones oculares34. También reportan 3.274 personas habrían sido detenidas en el marco de las protestas. Por su parte, Temblores contabilizó 1.617 víctimas de violencia física y suministró un registro de 82 personas con traumas oculares. Adicionalmente, informó sobre 2.005 detenciones arbitrarias ocurridas en el marco de las protestas. Con respecto a los hechos de violencia sexual, esa organización reportó 25 casos cometidos presuntamente por agentes de la fuerza pública, 18 corresponden a víctimas del sexo femenino y 9 del sexo masculino.
Esta es la forma como responde el Estado a la protesta social juvenil, a la movilización estudiantil por la exigibilidad de sus derechos, a cambio de garantizar su goce efectivo conforme lo establece la Constitución Política y las leyes, el Estado colombiano responde agudizando la vulneración de los derechos de la juventud en una lucha de “piedras contra fusiles”.
No siendo poco lo anterior, la Jurisdicción Especial para la Paz, ya nos ha informado en el contexto del Caso 03 denominado “muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate por agentes del Estado” que “aproximadamente 6.402 personas fueron muertas ilegítimamente para ser presentadas como bajas en combate en todo el territorio nacional[8], estas personas eran jóvenes que mediante diversos engaños fueron reclutados para cumplir este propósito.
En esta misma perspectiva se impulsa actualmente los consejos de juventud que no dejan de ser un remedo de participación de los jóvenes, como lo ha demostrado la experiencia de los primeros consejos de juventud de elegidos en el país, los cuales se convirtieron en un ritual sin ninguna trascendencia, no han sido más que un escenario para posar con el gobernante de turno, sin eficacia en la transformación de las condiciones de vida de los jóvenes de aquellas ciudades donde iniciaron su funcionamiento, lo cual se puede evidenciar consultando las cifras del DANE. Lo mismo pasará ahora y el gobierno nacional lo sabe, ese escenario que se pensó en sus inicios, entre otras cosas, como un espacio pedagógico donde los jóvenes podían ejercer una incidencia en la agenda pública y comprender mejor el ejercicio de lo público y su transformación en una perspectiva democrática, no materializó este propósito porque los gobernantes y la clase dirigente nunca les intereso apoyar esta causa, tampoco lo harán ahora, solo cumplirán con su rol en el show mediático que se impulsa actualmente con los jóvenes que se han “comido” el cuento de una “real” participación por medio de este mecanismo que no dejará de ser más que una “botadero de corriente”, como dicen los jóvenes.
- ¿Para dónde vamos con la juventud en Colombia?
Teniendo en cuenta nuestro contexto socio-económico que se caracteriza por los siguientes aspectos señalados en el “Iinforme de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos”, realizado a partir de su visita de trabajo a Colombia llevada a cabo en el mes de junio[9]:
…las jornadas de protestas que comenzaron el 28 de abril de 2021 tienen reclamos similares a los de las movilizaciones de años anteriores. A través de sus mecanismos de monitoreo, la CIDH registró las jornadas de movilización que se llevaron a cabo en 2019 y 2020 a nivel nacional. Entre otras cosas, estas estuvieron motivadas por el aumento de los niveles de pobreza, inequidad y violencia, aunado al creciente número de asesinatos de personas defensoras, líderes y lideresas sociales, representantes de los pueblos indígenas y afrodescendientes, así como firmantes del Acuerdo de Paz.
En relación con la inequidad, el Banco Mundial y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) han señalado que el sistema tributario del Estado de Colombia no introduce cambios en la distribución de los ingresos, medido a través del índice de Gini, lo que es considerado un indicador de regresividad impositiva. Además, presenta un gasto social relativamente bajo.
En el 2020, la pobreza monetaria alcanzó el 42.5 % y la pobreza monetaria extrema fue de 15.1%. Es decir que un total de 21 millones de personas se encontraban en situación de pobreza y 7.5 millones en pobreza extrema. Los departamentos con mayor concentración de población por debajo de la línea de pobreza coinciden con las regiones donde preponderan pueblos indígenas y comunidades afrodescendientes.
Adicionalmente, el índice de desempleo a nivel nacional en el trimestre febrero-abril 2021 fue de 15.1%. Según lo informado por el Estado, el desempleo ha afectado particularmente a mujeres con una tasa del 19.9% (8.3% más en comparación con los hombres) y jóvenes con una tasa del 18.1%.
Esta situación amerita una transformación de fondo en materia de política social y económica, que el gobierno actual no va a realizar y solo se limitará a un cálculo político caracterizado por un manejo mediático de su imagen y show publicitarios de propuestas inocuas, que le den un margen de incidencia en las próximas elecciones.
Además, con respecto a los jóvenes, las medidas asumidas por el gobierno no tratan de manera estructural los problemas planteados por ellos en materia de trabajo, salud, vivienda y educación, que debe ser gratuita para la juventud, por ahora está definida para los jóvenes de algunos estratos socio-económicos y durante un tiempo determinado. En Colombia el Estado ha centrado sus esfuerzos y recursos en la infancia y adolescencia, y la juventud ha quedado echada a su suerte, condenada a un destino funesto marcado por el narcotráfico, los grupos irregulares armados, las bandas delincuenciales, entre otras alternativas marcadas por la muerte, a ello los ha condenado una clase dirigente y política indolente y demagógica, que solo los utiliza de manera instrumental en las elecciones y cuando asumen los cargos en las entidades gubernamentales responsables de garantizar sus derechos se limitan a los actos protocolarios y al uso de un discurso demagógico sin ningún efecto práctico concreto para realizar los cambios que requieren los jóvenes, de tal forma que puedan acceder a una vida digna, que se caracteriza por “vivir de manera autónoma”, “vivir bien” y “vivir sin humillaciones”, conforme lo define la Corte Constitucional[10].
Lo acontecido en nuestro país responde a “…una gran crisis social y una crisis política e institucional, resultado de una progresiva pérdida de legitimidad del ejercicio del poder por parte del Estado, que finalmente se agravó en las condiciones en que se ha desarrollado el gobierno de Iván Duque”[11]. Estas crisis no se resolverán en el corto plazo y los jóvenes tienen un protagonismo central frente a ellas, por ello la juventud colombiana volverá a tomarse las calles de las diferentes ciudades con su canto, con su grito, con su protesta, con su masiva movilización, para que esta sociedad y el Estado colombiano los tome en serio e implemente las reformas que se vienen planteando desde hace décadas en esta materia. Amanecerá y veremos que tanto estamos equivocados en esta apreciación.
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[1] Constitución Política de Colombia de 1991. Articulo 45. Entre otros artículos.
[2] Consejería Presidencial para la Juventud, la Mujer y la Familia. Decreto 1878 de 1990.DAPRE.1990-1994.
[3] Ley 375 de Julio 4 de 1997. Por la cual se crea la ley de la juventud y se dictan otras disposiciones.
[4] No nacimos pa´semilla. Salazar, Alonso. Editorial Aguilar. Bogotá. D.C. 2020. También las novelas de Fernando Vallejo y Jorge Franco, “La Virgen de los sicarios” y “Rosario Tijeras”, respectivamente, nos hablan de esta trágica realidad de los jóvenes.
[5] La primera fue Ley 375 de Julio 4 de 1997. Por la cual se crea la ley de la juventud y se dictan otras disposiciones.
[6] Ley Estatutaria 1622 de 2013 “Por medio de la cual se expide el estatuto de ciudadanía juvenil y se dictan otras disposiciones”.
[7] https://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/ObservacionesVisita_CIDH_Colombia_SPA.pdf
[8] Jurisdicción Especial para la Paz. Auto SRVR 033 del 12 de febrero de 2021.
[9] https://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/ObservacionesVisita_CIDH_Colombia_SPA.pdf
[10] Corte Constitucional de Colombia. Sentencia T-881-02. https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2002/T-881-02.htm
[11] Pensar la Resistencia: Mayo del 2021 en Cali y Colombia. Documentos especiales CIDSE. Facultad de Ciencias Sociales y Económicas. Universidad del Valle. 2021
Federico Nietz Chester, Investigador social
Foto tomada de: Caracol Radio
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