“Y el que alcanza fama
a gran peligro se ofrece
no coge sino derrama
que quien el peligro ama
en el acaba y fenece.”
Sebastián de Horozco
Ya hace un tiempo escribí el artículo “De Cazador Furtivo A Cazado Efectivo O De las Lecciones para no caer en sus Trampas” y también ¡Imprevisto e inevitable!: ¡Lo inesperado! … Las citas inicial y final las retome de estos, así como situaciones que hoy cobran relevancia.
En ellos llame la atención sobre las actuaciones de Álvaro Uribe Vélez, en el caso de Iván Cepeda Castro, y de cómo este caso llevaba aparejado entre otros reavivar: El Complot [1] de la Parapolítica contra las Cortes y el Asesinato del defensor de derechos humanos Jesús María Valle Jaramillo.
Pero retomando el caso de Iván Cepeda Castro es preciso recordar que Álvaro Uribe Vélez [2] es quien denuncio al Senador del Polo Democrático por “Abuso de Función Pública, Fraude Procesal y Calumnia Agravada”; ello a raíz de los debates de control político que este realizo[3],en ellos se presentó un esclarecedor y demoledor informe empleando la información proporcionada por los paramilitares, Pablo Hernán Sierra García (Alberto Guerrero) [4] y Juan Guillermo Monsalve Pineda [5], este último denuncio las amenazas a su familia y los dos atentado que fue objeto[6]. Es esta denuncia y las actuaciones de la Corte Suprema de Justicia, lo que permite finalmente decidir el archivo de la investigación[7], contra Iván Cepeda Castro pues se demostró que: “… el Doctor Cepeda Castro no abuso de sus funciones como congresista, no determino a reclusos mediante sobornos para testificar falsamente contra el Doctor Uribe Vélez, su hermano Santiago y otras personas, ya que como se verá, en primer lugar, actuó dentro del marco constitucional y legal”; fue Álvaro Uribe Vélez, quien presento falsa denuncia y manipulación de testigos, para hacer un montaje en contra del también congresista Iván Cepeda Castro, razón por la cual lo cita para indagatoria, la cual se cumple el 8 de Octubre de 2019.
Es de recordar que Pablo Hernán Sierra García (Alberto Guerrero) declaro que el Bloque Metro de las Autodefensas [8], fue creado por: “Álvaro y Santiago Uribe Vélez; Santiago y Pedro Gallón Henao; Luís Alberto y Juan Guillermo Villegas Uribe, en La Hacienda Guacharacas de la familia Uribe Vélez” y que “La Cooperativa de Vigilancia “Convivir [9] El Cóndor” auspicio su actividad ilegal”. El formo parte del El Bloque Metro de las Autodefensas a las órdenes de Luis Alberto Villegas Uribe, el que mantuvo contactos permanentes, con el padre de este, presionado para cambiar su versión y simultáneamente se comunicaba con Álvaro Uribe Vélez.
Por ello la Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, Sala de Instrucción II ordena investigar a Álvaro Uribe Vélez por falsa denuncia y manipulación de testigos, por hacer un montaje en contra Iván Cepeda Castro; la investigación duro cuatro años, se recopilaron pruebas y testimonios, interceptaciones por la Fiscalía desde la Sala Esperanza a Juan Guillermo Villegas Uribe[10], Juan Guillermo Monsalve Pineda y a su padre Oscar Hernán Monsalve Correa[11]; encontrándose las pruebas de la manipulación de testigos por Álvaro Uribe Vélez y Álvaro Hernán Prada Artunduaga, el senador del Partido Centro Democrático, Álvaro Uribe Vélez pasa así de denunciante a investigado por sus actuaciones en ese proceso.
La Corte Suprema de Justicia le cita a rendir Indagatoria [12] por soborno y fraude procesal, por manipular testigos para desviar la acción de la justicia, mediante amenazas y ofrecimientos para incidir en las declaraciones de los testigos, es el resultado de la investigación previa y de inteligencia realizado, por la fiscalía Sala de la Esperanza y el CTI.
Prueba clave, la grabación al paramilitar Carlos Eduardo López Callejas “Caliche”, este le dice a Juan Guillermo Monsalve Pineda que grabe un video en el que cambie su versión sobre los nexos de los Uribe con grupos al margen de la ley, como contraprestación su libertad y un viaje al exterior para su protección. Este manifestó: “…hay un man muy grande[13] que le quería hablar por intermedio mío referente a ese chicharrón”; simultáneamente Ricardo Williamson Puyana abogado de Enrique Pardo Hasche[14] compañero de prisión de Juan Guillermo Monsalve Pineda, le comenta a Victoria Eugenia Jaramillo que este quiere cambiar su versión y ella busca al expresidente para comentarle; luego de ello Diego Javier Cadena Ramírez[15], reconocido abogado defensor de Paramilitares y Narcotraficantes, habla con Juan Guillermo Monsalve Pineda ofreciéndole traerle un documento retractándose de sus declaraciones para su firma.
Sobre Jesús María Valle Jaramillo, preciso es rememorar que este le solicito en 1995 a Álvaro Uribe Vélez, Gobernador del Departamento de Antioquia y al Comandante de la IV Brigada[16] protección a la población civil de Ituango; se habían producido más de 159 muertes, sucediéndose después las masacres de La Granja el 11 de junio de 1996 y el plan para atacar el Aro[17] lo que efectivamente sucedió el 22 de octubre de 1997.
Ante la evidente omisión de su deber, Jesús María Valle Jaramillo en el aniversario del asesinato de Héctor Abad Gómez[18], denuncio públicamente lo ocurrido en Ituango: “Yo vi siempre vi y reflexione que había como un acuerdo tácito o como un ostensible comportamiento omisivo, hábilmente urdido entre el Comandante de la Cuarta Brigada[19], El Comandante de la Policía de Antioquia[20] , el Gobernador Álvaro Uribe Vélez, el Doctor Pedro Juan Moreno[21] y Carlos Castaño[22]. Todo el poder de los grupos de autodefensa se ha consolidado con el apoyo que ese grupo ha tenido con personas vinculadas al gobierno, al estamento castrense, al estamento policivo y a prestantes ganaderos [23] y banqueros del departamento de Antioquia y del país.”
El gobernador Álvaro Uribe Vélez lo señaló como “enemigo de las Fuerzas Armadas” y fue denunciado por calumnia ante los tribunales, en su indagatoria el 26 de febrero de 1998[24], adujo que no había cometido ningún delito pues organizaciones internacionales de derechos comprobaron los nexos entre los miembros del Ejército y la Policía con Grupos Paramilitares. Al día siguiente el 27 de febrero de 1998, la Cuarta Brigada del Ejército realizo operación de control de porte de armas ilegales en el sector del Edificio Colón, en la Calle Ayacucho, en el centro de la ciudad de Medellín, donde tenía su oficina este abogado, lo obligaron a tenderse en el suelo y allí fue asesinado de dos disparos. Eliminaron así al Presidente del Comité por Los Derechos Humanos de Antioquia, antes de él también habían sido asesinados: Héctor Abad Gómez, Leonardo Betancur y Luis Felipe Vélez, todos miembros del mismo comité.
El Juzgado Quinto Penal del Circuito Especializado de Medellín y La Sala Penal del Tribunal de Medellín, condenaron a Carlos Castaño Gil, Isaías Montes Hernández, Francisco Antonio Angulo Osorio y Jaime Alberto de Jesús Angulo Osorio; compulsando copias para investigar la responsabilidad de agentes del estado. (El Gobernador del Departamento de Antioquia Álvaro Uribe Vélez; El Comandante de la Cuarta Brigada, General Carlos Alberto Ospina Ovalle; El Comandante de la Policía de Antioquia, Carlos Emilio Gañán. Por estos mismos hechos el Juzgado Tercero Penal Especializado de Medellín condeno a 40 años como coautores a Álvaro Gómez Mesa, Jorge Eliecer Rodríguez Guzmán[25] y a Carlos Castaño Gil como autor intelectual.
El Complot de la Parapolítica contra las Cortes y en particular contra el Ex magistrado Iván Velásquez Gómez, Coordinador del Equipo de la CSJ, Comisión de Apoyo Investigativo de La Sala Penal que investigaba los nexos de los congresistas con la AUC, es el otro caso emblemático, desde el DAS y con la participación de Diego Fernando Murillo Bejarano, “Don Berna” o “Adolfo Paz” y Pedro Antonio López Jiménez “Job” y el Secretario Jurídico de Palacio, Edmundo del Castillo; Secretario de Prensa Cesar Mauricio Velásquez, funcionarios de toda la confianza del Gobierno de Álvaro Uribe Vélez.
Se omite en las declaraciones del expresidente lo actuado por la Corte, que es preciso traer para mantener la secuencia previa a la indagatoria:
La Sala Especial de Instrucción de La Sala Penal de La Corte Suprema de Justicia por intermedio de su Presidente el Magistrado Héctor Javier Alarcón Granobles comunican la resolución [26] donde por unanimidad negaron las solicitudes de nulidad presentadas por los defensores del Representante a la Cámara Álvaro Hernán Prada Artunduaga y del Senador de La Republica Álvaro Uribe Vélez, dentro de la investigación que se adelanta en su contra por los delitos de soborno en la actuación penal y fraude procesal, consagrado en los Artículos 444A y 453 de la Ley 599 de 24 de Julio 2000[i].”
Así mismo ratifica su competencia exclusiva para conocer los delitos que cometen los congresistas al señalar “… todo lo actuado en su momento por la Sala de Instrucción No 2 de la Sala de Casación Penal, estuvo cobijado en su momento por el texto original del Articulo 186 de la Constitución Política en el cual se prevé la competencia exclusiva y excluyente de la Corte Suprema de Justicia para conocer los delitos que cometan los congresistas.”
Igualmente “… negó la solicitud de exclusión probatoria de la defensa, por cuanto la práctica de pruebas se encontró ajustada a la legalidad. Tampoco se halló arbitrariedad, extralimitación y desafuero del Magistrado que la ordeno, sino que, contrario a ello, se realizó una práctica probatoria licita y legal.”
Para finalmente concluir:” En consecuencia, tan pronto quede en firme la providencia, el Despacho Instructor procederá a practicar las pruebas y las indagatorias decretadas en la apertura de la investigación penal.”
El 24 de Julio de 2018 cito a indagatoria a los congresistas Álvaro Uribe Vélez y Álvaro Hernán Prada Artunduaga. En el comunicado de la Corte Suprema de Justicia informa que la determinación se tomó luego de “una rigurosa indagación previa realizada en los últimos meses”, agregando que “tendrán oportunidad de conocer las pruebas que los comprometen. Y contaran con tiempo suficiente para preparar la defensa frente a los cargos que surgen en su contra”
“Los hechos que investiga la corte en este expediente son posteriores al pasado 16 de febrero. Ese día, la Sala de Casación Penal se abstuvo de abrir instrucción al senador Iván Cepeda y compulso copias contra el denunciante Álvaro Uribe”
“Como reacción a esta providencia judicial y al parecer con su consentimiento, personas allegadas al ex presidente Uribe habrían emprendido nuevos actos de manipulación de testigos. En la investigación preliminar, ordenada el 22 de febrero para corroborar estos últimos hechos, la corte hallo elementos de juicio para iniciar este proceso en el que los congresistas Uribe y Prada deberán responder por los mencionados delitos”
Indicó también que “accedió a la petición del Senador Uribe Vélez y dispuso escucharlo en versión libre en el curso de la investigación previa abierta a partir de la compulsa de copias, también por la presunta manipulación de testigos en hechos anteriores al 16 de febrero de 2018, derivada de la investigación preliminar que se adelantó al senador Iván Cepeda Castro.
La Corte Suprema de Justicia informa [27]: “…debido a la suspensión de la actuación procesal, porque no se ha agotado el trámite de recusación a los integrantes de la Sala de Instrucción 2 de la Sala de Casación Penal, el magistrado investigador de la Corte Suprema de Justicia, aplazo las diligencias a los congresistas Álvaro Uribe Vélez y Álvaro Hernán Prada Artunduaga. …”
“Adicionalmente, tan pronto sean legal y judicialmente resueltos los cuestionamientos de la defensa del senador Uribe Vélez por parte de los tres magistrados distintos a los recusados (Los de la Sala de Instrucción 3), los magistrados en los que recaiga la competencia para continuar la investigación deberán responder previamente dos solicitudes: una de nulidad del proceso formulada por el representante Prada Artunduaga y, otra, de reconocimiento como parte civil presentada por el Senador Iván Cepeda Castro”.
“Así mismo, al recibir de la Fiscalía General de la Nación los registros de audio y los últimos informes de las interceptaciones telefónicas, la Sala de Casación Penal termino esta semana la entrega de todo el material probatorio recaudado a los abogados de los dos congresistas, para que ejerzan debida e integralmente su derecho de defensa al rendir explicaciones en las indagatorias y lo que reste del proceso.”
La Corte obtuvo interceptaciones donde el Abogado Diego Javier Cadena Ramírez y la ex-fiscal Hilda Jeaneth Niño Farfán se comprometen a desprestigiar la investigación penal que se adelantó contra Santiago Uribe Vélez, esta funcionaria está acusada de favorecer a ex paramilitares para que no fueran extraditados a cambio de dinero; por esa razón la Sala remitió copias de las interceptaciones sostenidas entre estas dos personas.
La Corte Suprema de Justicia evidencio la alteración de los audios recolectados por la Sala de Oro de la Fiscalía General de la Nación, estos habían sido alterados, editados y recortados; las grabaciones fueron sacadas de la plataforma, editadas, y luego introducidas de nuevo en la misma. El informe técnico concluyo que seis de las grabaciones fueron editadas y manipuladas, estas presentaron perdidas de fragmentos, cambios en la señal y modificación en las conversaciones.
Danny Julian Quintana Torres, exdirector del Cuerpo Técnico de Investigaciones CTI ordenó su alteración, en la investigación adelantada a los senadores Álvaro Uribe Vélez y Álvaro Hernán Prada Artunduaga. Este aseguro que dio la orden de desconectar los servidores donde se almacenaba la información de los audios que grabo la plataforma Octopus la cual estaba en trámite para ser cambiada, para migrar al sistema Taget 360 y corregir los inconvenientes y fallas que se presentaban; este emitió la Circular 003 de 2016 para cambiar el Sistema de Interceptación.
Un segundo recurso interpuesto por la Defensa de El Senador Álvaro Uribe Vélez el día 9 de agosto de 2019, aduciendo vicios procesales, instrucción por la Sala Penal y no por La Sala de Instrucción y la solicitud de exclusión de la interceptación telefónica del proceso de Milton Córdoba Manyona, fue desestimada. Es claro que la justicia en este caso no puede limitarse a interceptar únicamente al indiciado, la sala legalizo entonces las grabaciones del 8 de agosto de 2019.
Oscar Álvarez Méndez, investigador del CTI Sección de Control Telemático sobre el particular señaló: No me torturen más. Temo por mi vida y mi estabilidad laboral, se refería así a la denuncia penal presentada en su contra por los abogados de Álvaro Uribe Vélez: Jaime Enrique Granados Peña y Jaime Lombana Villaba los “Jaimes”, solo por el hecho de cumplir órdenes legalmente emitidas por los Magistrados en este proceso.
Queda así absolutamente claro que se han realizado actuaciones contrarias a la ley y a la Constitución Política, todo ello para evitar la acción de la Justicia.
Le corresponde entonces a la Sala Especial de Instrucción de La Corte Suprema de Justicia, integrada por los Magistrados: Cesar Augusto Reyes Medina, Francisco Javier Farfán Molina, Héctor Javier Alarcón Granobles, James Sanz Herrera, Marco Antonio Rueda Soto y Misael Fernando Rodríguez Castellanos tomar la determinación de si se formula acusación, porque se infringió la ley penal, los motivos, factores o circunstancias o archivar la investigación. Si el delito se cometió deberán también decidir si permiten continuar el proceso en libertad a los imputados o si ordenan su detención; es evidente que el expresidente cuenta con un inmenso poder para incidir afectando el proceso. Por ser tantas y tan sólidas las pruebas es absolutamente improbable que no se dé continuidad al proceso penal, ello prácticamente es imposible que se produzca su archivo.
Es de recordar que el hoy senador tiene cincuenta y seis (56) procesos en la comisión de acusaciones de la Cámara de Representantes, los cuales no han tenido impulso procesal y Veintiocho (28) procesos ante la Corte Suprema de Justicia.
Las manifestaciones convocadas por el Centro Democrático tienen solo un propósito atemorizar a los magistrados para evitar el cumplimiento de la ley y generar apoyos incondicionales y acríticos de la actuación de su jefe político.
Aquí es pertinente citar una sentencia popular:
“Quien se expone con frecuencia,
muchas veces,
tantas y tantas veces,
a las ocasiones de peligro,
finalmente que tarde o temprano,
quedará atrapado en ellas,
tendrá problemas.”
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[1] Conspiración o conjuración, acuerdo secreto para obrar contra alguien o algo con el fin de deponerlo del poder.
[2] Su abogado Jaime Enrique Granados Peña.
[3] 17 de septiembre de 2014.
[4] Ex Paramilitar Jefe del Frente Cacique Pipintá de la AUC.
[5] Hijo de Oscar Antonio Monsalve, el Administrador de la Hacienda Guacharacas.
[6] Por este motivo con autorización de la corte utilizaba un reloj que graba y filmaba sus reuniones.
[7] El 16 de febrero de 2018 presento Ponencia del Magistrado José Luís Barceló Camacho.
[8] la inteligencia urbana antisubversiva que operaba en las comunas populares de Medellín.
[9] Su impulsor Pedro Juan Moreno Villa, presidente de la Federación de Ganaderos de Antioquia Fedegan y como Secretario de Gobierno del Departamento de Antioquia.
[10] Su conversación revela que desde el 22 de diciembre de 2015 Álvaro Uribe Vélez sabia de las interceptaciones.
[11] Las amenazas contra este grupo familiar llevaron a las interceptaciones para determinar quién estaba presionando a esta familia.
[12] La Magistrada Cristina Eugenia Lombana Velásquez, Mayor del Ejército(R) quien trabajo en la Oficina de Jaime Enrique Granados Peña, defensor de Álvaro Uribe Vélez; fue designada el 17 de septiembre de 2018 para integrar La Sala Especial de Instrucción e integra la Subsala con los Magistrados Cesar Augusto Reyes Medina y Marco Antonio Rueda Soto.
[13] Álvaro Hernán Prada Artunduaga, presidente del Centro Democrático del Huila y Representante en el Congreso Nacional.
[14] Condenado por el secuestro y asesinato de Eduardo Puyana Rodríguez.
[15] Abogado de Álvaro Uribe Vélez..
[16] General Carlos Alberto Ospina Ovalle.
[17] el 20 de noviembre de 1996
[18] 25 de agosto de 1997
[19] General Carlos Alberto Ospina Ovalle.
[20] Carlos Emilio Gañán.
[21] Pedro Juan Moreno Villa Secretario de Gobierno del Departamento de Antioquia.
22] Carlos Castaño Gil El Comandante, Máximo Jefe de la Autodefensas Unidas de Colombia AUC.
[23] Jaime Alberto y Francisco Antonio Angulo Osorio.
[24] 25 de agosto de 1997
[25] Sicarios del Grupo Las Terrazas.
[26] 18 de febrero de 2019
[27] 31 de agosto de 2018
[i] Publicada el 24 de Julio de 2000
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Foto tomada de: RCN Radio
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