- El tema se podría centrar en la violación de los derechos humanos de personas en diversas regiones del país y ahí habría material para preocuparse con respecto a lo que se evidencia como una crisis ética y cultural de la institución. Al respecto, la Redacción Judicial del Periódico El Espectador publicó un informe de la ONG Temblores (24,02,2021), entidad que cuenta con un Observatorio de Violencia Policial, en el que registra 86 homicidios en 2020, la mayoría de ellos con arma de fuego; entre ellos, se plantean 25 casos de violación de mujeres y de cinco hombres. En numerosos crímenes, las víctimas son población migrante y afro, predominantemente, jóvenes entre 20 y 29 años víctimas, presuntamente a manos de miembros de dicha institución en los departamentos de Bolívar, Atlántico, Antioquia, Nariño, Valle del Cauca y Bogotá. La información procede de Medicina Legal, del sistema de información Red de Desaparecidos y Cadáveres y del Grupo Centro de Referencia Nacional sobre Violencia. Temblores informa que en 2020 se presentaron 7.992 casos de violencia interpersonal, presuntamente, cometidos por agentes policiales. En el período transcurrido entre 2017 y 2019, Temblores reporta que miembros de la Policía habrían cometido 289 homicidios, según datos de Medicina Legal. Con estas cifras, la Policía sería responsable del 45.2% de los homicidios atribuidos a la Fuerza Pública en Colombia. En contraste, de los 289 casos mencionados en tres años, solamente se abrieron 103 investigaciones penales por homicidio doloso (es decir, cometidos con plena consciencia por parte de los perpetradores), tres por feminicidio doloso; 20 por homicidio culposo. Sin embargo, de los 103 casos llevados por la Fiscalía solamente se han impuesto dos condenas.
- En la Estación de Policía de San Mateo en Soacha, el 04 de septiembre, 11 internos fueron víctimas de un incendio provocado dentro de la celda, en protesta por la suspensión repentina de las visitas de sus familiares y por los constantes castigos cometidos por los Policías. Los detenidos recibieron mal trato, sin que fueran auxiliados ni el fuego controlado muriendo ocho personas. Por estos hechos luctuosos fueron imputados el Teniente comandante de la Estación, la Subintendente y un Patrullero a quienes un juez de garantías les concedió casa por cárcel. Es de anotar que los hechos se mantuvieron al margen de las noticias hasta finales de 2020, cuando el Concejal de Bogotá, Diego Cancino hizo las denuncias a través de las redes sociales. Los tres sobrevivientes, según denuncias de la madre de un joven fallecido tras la conflagración, siguen presos en otros centros de reclusión, sin que hayan recibido el debido tratamiento ni apoyo, con relación a sus heridas.
- A raíz del asesinato del estudiante de derecho, Javier Ordóñez, por parte de dos Policías en el CAI de Villa Luz, en Bogotá, se desataron protestas multitudinarias en distintas partes de la ciudad, así como en Barranquilla, Medellín, Cali y Cúcuta durante los días 9 al 13 de septiembre, con resultados fatales de, por lo menos, 11 civiles muertos y más de 250 personas heridas atendidas en centros hospitalarios, aunque la cifra superó las 500 personas lesionadas en enfrentamientos con la Policía y el ESMAD, tan solo en la primera noche, como informó el Canal Institucional (09,10,2020). También, 87 miembros de la Policía resultaron lesionados. Por los hechos, los policías involucrados en el asesinato de Javier Ordóñez se encuentran detenidos en la cárcel especial de Facatativá y se presume que su caso pasará a la justicia ordinaria, a pesar de que insisten en ser juzgados por la justicia penal militar, ya que aducen que estaban en ejercicio del servicio de Policía. En cuanto a los responsables de las muertes de personas, a raíz de las protestas, solamente se encuentran en proceso de judicialización tres Policías y un juez negó la medida de aseguramiento contra el Policía imputado por la muerte de Germán Smyth Puentes Valero, asesinado en la localidad de Suba el 9 de septiembre.
- El 24 de febrero pasado, en medio de la protesta contra la brutalidad policial, son detenidas cinco personas y cuatro, heridas. El caso más notable se relaciona con Gareth Steven Sella Forero. Quien es herido, ocasionándole una pérdida del 90% de su capacidad visual a través del ojo izquierdo. Según 070@cerosetenta (26,02,2021) y Noticias Uno (01,03,2021), el joven realizador de cine y televisión, presuntamente pertenece a los Escudos Azules, Grupo concebido como Primera Línea de las movilizaciones estudiantiles, organizado luego de la muerte de Dylan Cruz a manos de un oficial en noviembre de 2019, para asegurar la protección de los manifestantes, mediante métodos pacíficos de contención con respecto a las agresiones del ESMAD.
El ataque contra Sella Forero se ha convertido en un factor detonante de polémicas y controversias; evidencia cómo se pasa de una problemática de derechos humanos que involucra el derecho a la vida, a la protesta y a la integridad personal a una problemática política y social que merece todo el tratamiento cultural, ético, político e institucional, dado que refleja un núcleo problemático, como denomina el editorial de El Espectador (25,02,2021), la existencia de “una fractura entre la ciudadanía y una institución que debe protegerla”.
En medio del proceso de implementación del Acuerdo de Paz, es razonable pretender que el derecho a la protesta pacífica tenga como base la protección de los manifestantes y no su estigmatización y criminalización, a través de los grandes medios, de las declaraciones de altos funcionarios y mandos policiales, como ha sido costumbre en Colombia, a partir de las lógicas contrainsurgentes que inspiran las políticas de seguridad estatal.
Al respecto, es notable el juego discursivo a través de los medios encaminado a diluir la responsabilidad policial en el atentado contra Sella. Como denuncia la Campaña Defender la Libertad (25,02,2021) la movilización fue un ejercicio de protesta legítima y pacífica; en ella se identificaron infiltrados saboteadores que rompían la dinámica de la movilización. Sostienen que siendo aproximadamente las 3 P.M. el ESMAD procedió a accionar sus armas directo a la cara de los integrantes del colectivo lesionando gravemente a Gareth Steven Sella Forero.
En declaraciones a los medios, el General de la Policía Oscar Gómez Heredia calificó a los Escudos Azules como un grupo radical que incita a la violencia en las protestas. Sin embargo, como señala Simona (25,02,2021), una de las lideresas, “aunque Gareth pertenezca a este grupo, los manifestantes en general suelen ser hostigados y perseguidos por las autoridades al pensar diferente”. A la par, exigió respuestas y que se muestren las pruebas acerca de lo ocurrido. Al respecto, el General Gómez Heredia aduce que se utilizaron dos granadas de aturdimiento que, a su juicio, “no afectarían” e introduce la hipótesis de heridas provocadas por piedras lanzadas por manifestantes. Sin embargo, el joven argumenta que los expertos que lo trataron, teniendo en cuenta la profundidad de su herida y la remoción dentro del ojo, lo más presumible es que fue causada por un arma.
De otra parte, ante los pronunciamientos de la Alcaldesa Claudia López, donde lamenta los hechos y expresa su desacuerdo con el manejo dado por el ESMAD se han generado controversias con el Comandante de Policía, el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior.
En sus declaraciones, el General Gómez Heredia adujo que el Secretario Distrital de Seguridad, Hugo Acero estuvo como testigo y partícipe en el Plan de Mando Unificado –PMU.
Al respecto, Diego Molano, Ministro de Defensa, aseguró que, con la presencia del Secretario de Seguridad en el PMU fue autorizado el uso del ESMAD en las protestas del pasado miércoles, con base en los nuevos protocolos. Por su parte Daniel Palacio, Ministro del Interior, pretendió cuestionar irónicamente a la Alcaldesa diciendo que le parecía curioso que cuando disminuye el delito en Bogotá los logros son de la alcaldesa y cuando es referente al ESMAD la alcaldía nunca participa en decisiones.
Es de anotar que el día 24 de febrero, dados los enfrentamientos en la carrera séptima, la Secretaría de Gobierno publicó un Tweet en el que aduce: “En la carrera séptima, se presenta enfrentamiento de unos pocos manifestantes que atacan a los policías y que obligan la intervención del ESMAD”. Por su parte, Hugo Acero en Infobae (01,03,2021), Secretario Distrital de Seguridad, argumenta que, por norma constitucional, las órdenes en materia de Policía de la alcaldesa o de quien ella designe, se transmiten a través del comandante y es él quien define las unidades, hombres y acciones que usará para llevar a cabo la orden.
A pesar de los protocolos para evitar agresiones en medio de la protesta social son numerosos los eventos de intervención del ESMAD en Bogotá y otras ciudades del país, con saldo deplorable de personas heridas y mutiladas, por los disparos en los ojos, supuestamente, con uso de armas de baja letalidad. La alcaldía de Bogotá impulsa en su protocolo el acompañamiento por parte de la Personería Distrital y de los Gestores de convivencia. Así mismo, trabaja en la capacitación del personal policial en derechos humanos. Al respecto, recientemente se ha dado inicio a un programa para más de 900 policiales y se tiene como meta formar a 5.000 de ellos en la protección de los derechos humanos; pero, sin desdeñar el escenario educativo, la capacitación no es suficiente, precisamente porque la dirigencia política e institucional gobernante en el plano nacional estimula y justifica la represión contra los manifestantes, a la vez que legitima y promueve la estigmatización de la protesta social, lo que cala en la mentalidad policial e, incluso, en sectores sociales connaturalizados con la criminalización de la protesta o intimidados con respecto a su pertinencia social y validez como derecho humano.
Es de recordar que la Sala de Casación de la Corte Suprema de Justicia en su fallo proferido el 22 de septiembre de 2020, tutela el derecho a la protesta frente a la violencia policial y subraya que es deber de las autoridades “conjurar, prevenir y sancionar la intervención sistemática, violenta y arbitraria de la fuerza pública en manifestaciones y protestas”. En esta providencia, la Corte Suprema de Justicia encuentra sistematicidad en el equivocado manejo de la fuerza pública para controlar las movilizaciones y, en particular, se refiere al ESMAD como una amenaza real para el ejercicio del derecho a la protesta y lo califica como una institución “que no es capaz de garantizar el orden sin violar las libertades y los derechos de los ciudadanos a disentir, pues tampoco hace un uso adecuado de las armas de dotación asignadas”.
En dicho sentido, el Fallo de Tutela ordena al Gobierno Nacional convocar una mesa de trabajo para reestructurar las directrices relacionadas con el uso de la fuerza frente a manifestaciones pacíficas y expedir un protocolo de acciones preventivas concomitantes y posteriores relacionado con el uso de la fuerza por parte de los cuerpos de seguridad estatales, planeado y limitado proporcionalmente por las autoridades.
Al respecto, el gobierno Nacional expidió el decreto 03 del 05 de enero de 2021, Protocolo de acciones preventivas, concomitantes y posteriores, denominado “ESTATUTO DE REACCIÓN, USO Y VERIFICACIÓN DE LA FUERZA LEGÍTIMA DEL ESTADO Y PROTECCIÓN DEL DERECHO A LA PROTESTA PACÍFICA CIUDADANA”, en “cumplimiento del literal b. del ordinal Quinto del Resuelve de la Sentencia de Tutela de segunda instancia STC7641-2020 del 22 de septiembre de 2020, proferida por la Sala de Casación Civil de la honorable Corte Suprema de Justicia, Radicado 11001-22-03-000-2019-02527-02, se expide el Protocolo de acciones preventivas, concomitantes y posteriores, denominado “ESTATUTO DE REACCIÓN, USO Y VERIFICACIÓN DE LA FUERZA LEGÍTIMA DEL ESTADO Y PROTECCIÓN DEL DERECHO A LA PROTESTA PACIFICA CIUDADANA”.
Sin embargo, como explican en comunicado conjunto, ver Zamora (15,01,2021) las organizaciones Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (Ccajar), la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ), el Comité de Solidaridad con los Presos Políticos (CSPP), Dejusticia, la Asociación Red de Defensores y Defensoras de Derechos Humanos, la Fundación para la Libertad de Prensa (Flip) y Humanidad Vigente, es posible que en la práctica, la nueva norma no conduzca a modificar las actuaciones policiales frente a la protesta social.
Las mencionadas organizaciones hicieron parte de la Mesa de Trabajo ordenada por la Corte Suprema. No obstante, consideran que algunos temas relevantes no fueron tenidos en cuenta por el Gobierno a la hora de expedir el Decreto 03. Los puntos señalados son los siguientes:
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- El Gobierno desestimó la posibilidad de revisar las directrices vigentes con fines de reestructuración. En particular, consideran insuficientes y permisivas para el abuso de la fuerza por parte de la Fuerza Pública, Resoluciones como la 2903 y 3002 de 2017 del Director General de la Policía Nacional, relacionadas con pautas generales sobre uso de armas de letalidad reducida y atención en manifestaciones, respectivamente. Estas reglamentaciones configuraron el marco operacional que posibilitó la brutalidad policial en el Paro Nacional de 2019.
- El Gobierno no admitió la posibilidad de redefinir elementos importantes para la adecuada prevención de actuaciones arbitrarias por parte de la Policía en manifestaciones. Con ello, se impide que la ciudadanía y organismos externos revisen las fichas académicas que sirven de base a la formación y capacitación de funcionarios policiales. Al tiempo, se impide que organizaciones de la sociedad civil participen de los Puestos de Mando Unificado para coordinar la actuación institucional para la conservación del orden público en las manifestaciones.
- No se logró un consenso acerca de la necesidad de regulación clara, estricta y restrictiva con respecto al papel de las fuerzas militares de manera previa y posterior al desarrollo de manifestaciones.
- Se encontraron obstáculos para la inclusión del respeto a la misión periodística y a la documentación de casos específicos relacionados con focos de violencia.
- Las organizaciones rechazan que el Gobierno se opusiera a incluir criterios ciertos, claros y completos con respecto a limitar la aplicación de capturas, traslados por protección y traslados por procedimiento policivo durante la realización de manifestaciones y la posibilidad de las organizaciones de derechos humanos para realizar su labor de verificación de la integridad personal de las personas sujetas a dichas medidas.
Por todo ello, las organizaciones consideran que la nueva reglamentación es una declaración de principios que en lo operativo mantiene lo sustancial de la actuación policial vigente en las manifestaciones, la cual fue arbitraria y desproporcionada, a lo largo de 2020. A la vez, calificaron la actitud del gobierno como “una grave cortapisa a la efectividad del derecho de las personas y organizaciones que acudieron a la mesa de trabajo”
- El Concejal Diego Cancino en su cuenta de Twitter @cancinodiegoa denuncia que el Capitán Ricardo Andrés Toro Melo, Comandante de Policía La Calera lo ha denunciado mediante Comunicación dirigida ante el Comité de Ética del Concejo de Bogotá por oponerse a un procedimiento policial contra personas que realizaban una protesta el domingo 28 de febrero y solicita que se tomen medidas contra el Concejal. En su respuesta, el Concejal denuncia que ese día, camino a la Calera presenció una serie de abusos policiales contra una manifestación de ambientalistas. En su relato, comenta que la manifestación era pacífica por parte de alrededor de 20 personas y los policías irrumpen y acaban con la protesta, amenazan a una mamá, intimidan a un niño, golpean en el tórax a un joven enviándolo al hospital y detienen a una mujer a la que golpean, por lo que insiste en que si defender el legítimo derecho a la protesta para preservar el medio ambiente y privilegiar los derechos humanos es considerado por la Policía de la Calera como desorden, el Concejal se declara en desorden permanente.
Por lo pronto, como menciona Doria (02,03,2021), los esfuerzos en el Senado por parte de Iván Cepeda del Polo Democrático y de Antonio Sanguino del Partido Alianza Verde, encaminados a una reforma del fuero penal militar para pasar los crímenes cometidos por miembros de la Policía a la justicia ordinaria no tuvieron eco y la propuesta fue archivada. Pero, siguen vigentes las propuestas de reforma estructural de la Policía para incidir en su educación y paso al Ministerio del Interior. También, sigue vigente la propuesta de prohibir o restringir el uso de las armas no letales por parte del ESMAD. Sin embargo, los propios autores de las iniciativas son escépticos en la acogida que puedan tener en la presente legislatura.
Como se puede evidenciar ante la gravedad de la crisis ética, política, cultural e institucional relacionada con el papel de la fuerza pública con relación a la protesta social, se hace notable la importancia de incluir este tema como un asunto programático medular para la construcción de la gran alianza democrática que se requiere, para proteger los derechos humanos y la consiguiente transformación civilista de la Policía Nacional. En tal sentido, es totalmente razonable incluir este álgido tema como cuestión medular de la vigente campaña electoral y como tema neurálgico de un gobierno democrático.
Fuentes:
Redacción Judicial. Policía habría participado en el homicidio de 86 personas durante 2020: Temblores ONG. El Espectador. 24,02,2021.
10 muertos y más de 200 heridos: las víctimas de violenta noche. Canal Institucional. 09,09,2020. Ver: https://www.canalinstitucional.tv/noticias/10-muertos-y-mas-de-200-heridos-las-victimas-de-violenta-noche
070@cerosetenta. La Encrucijada de la Primera Línea. 26, 02, 2021.
Ver: https://t.co/kshXVYkZGP?amp=1
Noticias Uno. Revelamos videos de día del ataque a joven herido en marcha. 01,03,2021.
Ver: https://www.noticiasuno.com/nacional/revelamos-videos-de-dia-del-ataque-a-joven-herido-en-marcha/
¿No queremos aprender a manejar bien la protesta? El Espectador. 25,02,2021
Ver: https://www.elespectador.com/opinion/editorial/no-queremos-aprender-a-manejar-bien-la-protesta/
Sala Civil de la Corte Suprema ordena medidas para garantizar derecho a protesta pacífica. Corte Suprema de Justicia. 22, 09, 2020.
Campaña Defender la Libertad. Denuncia pública. 25,02,2021.
https://defenderlalibertad.com/denuncia-publica-3/
Contagioradio. Piden esclarecer nuevo caso de agresión en manifestaciones. 25,02,2021.
Ver: https://www.contagioradio.com/piden-esclarecer-nuevo-caso-de-agresion-en-manifestaciones/
Secretaría de Gobierno @GobiernoBTA. 24 feb.
Ver: https://twitter.com/i/status/1364682247446663173
Infobae. Nueva pelea entre Claudia López y la Policía de Bogotá. 01,03,2021.
Ministerio del Interior. Decreto 003. 05 de enero de 2021.
Zamora, Héctor Fabio. Abuso policial: las 5 preocupaciones sobre decreto de uso de la fuerza. El Tiempo. 15,01,2021.
Cancino, Diego. Lo ético es defender el legítimo derecho a protestar.
https://pbs.twimg.com/media/EvgtfG_WQAEZ-dW?format=jpg&name=medium
Doria, Paula. Ante insuficiencia de los protocolos, Claudia López ambienta una reforma policial. La Silla Vacía. 02,03,2021.
Albeiro Caro Fernández, Coordinador Programa Territorio, Paz y Desarrollo. Corporación Nuevo Arco Iris
Foto tomada de: Confidencial Colombia
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