No de otra manera se entiende que hubieran sembrado de masacres y terror el país entero, que se movieran a sus anchas desde Urabá hasta Mapiripán, por todo el territorio nacional, sin que unidad militar alguna les dijera algo y que hubieran alcanzado a copar la tercera parte del Congreso de la República e innumerables posiciones en las otras ramas del poder público.
En marzo de 2012 la Fiscalía le dictó medida de aseguramiento a Raúl Emilio Hasbún Mendoza, alias “Pedro Bonito”, quien fuera Comandante del Frente Arlex Hurtado del Bloque Bananero de las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá, por los delitos de concierto para delinquir con fines de narcotráfico y fabricación, tráfico y porte de armas y municiones de uso privativo de las Fuerzas Armadas. En esa misma decisión, precluyó la investigación contra directivos de empresas comercializadoras de banano en la región de Urabá: Banacol, C.I. Banadex S.A. y Chiquita Brands International.
Luego de remitir copia de las versiones de Hasbun Mendoza, en las que señaló de manera directa y reveló los nombres de empresarios de la región, no solamente del sector bananero, que financiaron el proyecto paramilitar entre 1996 y 2004 a través de las denominadas CONVIVIR, la Fiscalía, a través de uno de los Fiscales de la Dirección de Fiscalía Nacional Especializada de Justicia Transicional – antes llamada Unidad de Justicia y Paz –, profirió resolución en la que realiza un análisis de la situación y del rol que cumplieron los empresarios de la región del Urabá antioqueño en la financiación y sostenimiento de las estructuras paramilitares. Y como consecuencia de ese activo y decisivo rol, consideró que el concierto para delinquir agravado en que pudieron incurrir los financiadores voluntarios del paramilitarismo constituye delito de lesa humanidad, en tanto se ejecutó de manera sistemática o generalizada.
El artículo 7º del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional dice qué son Crímenes de lesa humanidad: “… se entenderá por “crimen de lesa humanidad” cualquiera de los actos siguientes cuando se cometa como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque: a) Asesinato; b) Exterminio; c) Esclavitud; […] f) Tortura; g) Violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada u otros abusos sexuales de gravedad comparable; h) Persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género definido en el párrafo 3, u otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional, en conexión con cualquier acto mencionado en el presente párrafo o con cualquier crimen de competencia de la Corte; i) Desaparición forzada de personas; […] k) Otros actos inhumanos de carácter similar que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad física o la salud mental o física.
Y en palabras de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia “al referirse concretamente a los elementos del delito de lesa humanidad”:
El ataque sistemático o generalizado implica una repetición de actos criminales dentro de un periodo, sobre un grupo humano determinado al cual se le quiere destruir o devastar (exterminar) por razones políticas, religiosas, raciales u otras. Se trata, por tanto, de delitos comunes de máxima gravedad que se caracterizan por ser cometidos de forma repetida y masiva, con uno de tales propósitos.
En el marco de la estrategia del proyecto paramilitar, las Cooperativas de vigilancia CONVIVIR, fogosamente impulsadas por el gobierno de Uribe Vélez (2002-2010) y prohijadas por el ejército nacional, jugaron papel importante en la conformación inicial de lo que sería el germen de las estructuras armadas del paramilitarismo. Constituyeron el mecanismo a través del cual se recaudaban los aportes económicos que hacían ganaderos y empresarios y se dotaba de armas “legales” a las incipientes bandas bajo el disfraz de las Convivir.
Fue al amparo de las CONVIVIR que los “aportes” de los terratenientes y ganaderos a la lucha contrainsurgente en cabeza de las autodefensas, se “legalizaron” bajo el rótulo de contribuciones a la seguridad. Cabe destacar cómo la seguridad, que constituye un bien público que debe ser abordado y garantizado por el Estado, pasa a manos de particulares mediante la engañosa etiqueta de las Cooperativas de vigilancia CONVIVIR. Y cómo éstas en desarrollo de su estrategia original, pronto devinieron en hordas de terror.
Desde entonces hizo carrera el argumento de que los paramilitares, provenientes de Córdoba y Urabá, llegaban a brindar seguridad a la población y fue así como lograron expandirse, masacre tras masacre.
En diversos procesos y versiones de los paramilitares está documentado cómo los reclamos de los ciudadanos frente a la inseguridad eran encauzados hacia la creación de las CONVIVIR. En Casanare, como en muchos otros departamentos, se dio el caso de una reunión a la cual fueron convocados ganaderos y comerciantes a la sede de la Brigada XVI en Yopal, con el fin de conformar una Cooperativa de seguridad que enfrentara a la subversión, bajo el compromiso de que les vendían las armas que requirieran y les brindarían la asesoría técnica que fuera necesaria. Quienes por diversas razones se abstuvieron de afiliarse, en adelante fueron señalados como auxiliadores o simpatizantes de la guerrilla y se convirtieron en objetivo de la actividad delincuencial de las bandas paramilitares. Hoy hacen parte de los millones de desplazados y despojados de sus tierras.
Para nadie es un secreto que la sede de las CONVIVIR en Yopal, Casanare, estaba situada al frente de las instalaciones de la Brigada XVI y que oficiales de esta unidad militar llevaban a la sede de las CONVIVIR a uno que otro informante que por alguna razón necesitaba “defenderse” de la guerrilla, con el propósito de que se incorporaran a las “cooperativas de seguridad”. Y de acuerdo con la resolución de la Fiscalía, el papel de la Brigada XVII en Urabá también fue determinante en la creación de las CONVIVIR.
Uno de los hechos que resalta la providencia de la Fiscalía corresponde al episodio ocurrido el 7 de noviembre de 2001 “cuando en la terminal de carga del puerto de Urabá y de propiedad de una comercializadora frutícola (Banadex), se descargaron y almacenaron por el término de cuatro días, la cantidad de 3.400 fusiles AK 47, además de cuatro millones de cartuchos 7.65, cargamento de armas y municiones que venía desde Nicaragua a bordo del barco Otterloo de bandera panameña”. Está claro entonces que los financiadores del paramilitarismo iban más allá de entregar unos cuantos pesos por kilo de banano producido y/o exportado; además, prestaban su logística e infraestructura con el fin de que la máquina criminal funcionara sin contratiempos.
Por último y a propósito de la decisión de la Fiscalía de considerar que quienes financiaron paramilitares o guerrillas podrían ser investigados por crímenes de lesa humanidad, esa entidad se encuentra en mora de declarar dentro de esa misma categoría, los miles de asesinatos cometidos por miembros del ejército de Colombia, bajo la modalidad de ejecuciones extrajudiciales, mal llamados falsos positivos, en tanto constituyeron un ataque generalizado (según el número de víctimas) o sistemático (por la metodología criminal utilizada) contra una población civil cuyas condiciones o características sociales se han ido revelando en las investigaciones.
José Hilario López Rincón: Abogado
Bogotá 8 de febrero de 2017
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