No en vano se considera que se podría destruir, modificar, dirigir, impedir, ocultar o falsificar elementos de prueba, inducir a coimputados, testigos, peritos o terceros que informen falsamente o se comporten desleal o reticentemente, impidan o dificulten la realización de diligencias o la labor de funcionarios e intervinientes en el proceso en curso.
Como no es posible consultar el expediente es indispensable hacer referencia a lo que públicamente se conoce: recordemos que la Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, Sala de Instrucción II ordeno investigar a Álvaro Uribe Vélez por falsa denuncia y manipulación de testigos, por hacer un montaje en contra Iván Cepeda Castro.
La investigación duro cuatro años, se recopilaron pruebas y testimonios, interceptaciones de la Fiscalía a Juan Guillermo Villegas Uribe[2], Juan Guillermo Monsalve Pineda y a su padre Oscar Hernán Monsalve Correa[3]; probándose la manipulación de testigos por Álvaro Uribe Vélez y Álvaro Hernán Prada Artunduaga[4], Congresistas del Partido Centro Democrático; Álvaro Uribe Vélez paso de denunciante a investigado.
La Corte Suprema de Justicia les cito a rendir Indagatoria [5] por Soborno y Fraude Procesal, por manipular testigos para desviar la acción de la justicia, para incidir en las declaraciones de los testigos, fue el resultado de la investigación previa de la fiscalía y el CTI.
Prueba clave, la grabación al paramilitar Carlos Eduardo López Callejas “Caliche”, este le dice a Juan Guillermo Monsalve Pineda, que grabe un video y cambie su versión sobre los nexos de los Uribe con grupos al margen de la ley, como contraprestación su libertad y un viaje al exterior para su protección.
Ricardo Williamson Puyana, abogado de Enrique Pardo Hasche[6], le comenta a Victoria Eugenia Jaramillo, que Juan Guillermo Monsalve Pineda quería cambiar su versión, esta le informa al expresidente; luego Diego Javier Cadena Ramírez, reconocido abogado defensor de Paramilitares y Narcotraficantes, habla con Juan Guillermo Monsalve Pineda ofreciéndole traerle un documento de retractación de sus declaraciones, entregándoselo para su firma. Hasta aquí hechos probados.
De otra parte, el Juez 35 de control de garantías ordeno casa por cárcel al abogado Diego Javier Cadena Ramírez ordenando la medida preventiva de detención domiciliaria por los delitos de soborno y fraude procesal por “hechos asociados a permear instituciones como La Corte Suprema de Justicia, el Congreso y el Inpec[7], e incidir en testimonios, afectando la administración de justicia” en el mismo caso que por competencia lleva la Corte Suprema de Justicia contra el senador Álvaro Uribe Vélez.
Continuando con el proceso al expresidente, el Magistrado Héctor Javier Alarcón Granobles, Presidente de la Sala Penal de La Corte Suprema de Justicia comunico la resolución[8] donde todos integrantes de la Sala por unanimidad negaron las solicitudes de nulidad de los defensores de Álvaro Hernán Prada Artunduaga y Álvaro Uribe Vélez, dentro de la investigación por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.[9]
Se ratificó la competente exclusiva y excluyente, para conocer los delitos cometidos por los congresistas[10] por lo tanto la legalidad de lo actuado por la Sala de Instrucción No 2 de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia.
Igualmente negó la solicitud de exclusión probatoria de la defensa, la práctica de pruebas fue legal, así como las indagatorias decretadas en la apertura de la investigación penal.
El 24 de Julio de 2018 cito a indagatoria a los congresistas Álvaro Uribe Vélez y Álvaro Hernán Prada Artunduaga. Esta decisión se tomó después de una rigurosa indagación previa y se les dio la oportunidad de conocer las pruebas y el tiempo para preparar la defensa frente a estos cargos.
Los hechos investigados fueron posteriores al 16 de febrero. Ese día, la Sala de Casación Penal se abstuvo de abrir instrucción al senador Iván Cepeda y compulso copias contra el denunciante Álvaro Uribe”
“Como reacción a esta providencia judicial y con su consentimiento, personas allegadas al expresidente Uribe, emprendieron nuevos actos de manipulación de testigos. En la investigación preliminar, ordenada el 22 de febrero se corroboran estos hechos, por ello la Corte hallo elementos de juicio para iniciar el proceso a los congresistas Uribe y Prada e indico que debían responder por los mencionados delitos.
El Senador Uribe Vélez pidió y fue escuchado en versión libre dentro de la investigación previa abierta a partir de la compulsa de copias, también por la presunta manipulación de testigos en hechos anteriores al 16 de febrero de 2018, derivada de la investigación preliminar que se adelantó al senador Iván Cepeda Castro.
La Corte Suprema de Justicia informo[11] que la suspensión de la actuación procesal, no se agotó en el trámite de recusación a los integrantes de la Sala de Instrucción 2 de la Sala de Casación Penal, aplazándose hasta que se surtieran las recusaciones, las diligencias a los congresistas Álvaro Uribe Vélez y Álvaro Hernán Prada Artunduaga.
La Sala de Casación Penal entrego el material probatorio recaudado por la Fiscalía General de la Nación[12] a los abogados[13] de los dos congresistas, para que ejercieran su derecho de defensa y rindieran explicaciones en las indagatorias.
En las interceptaciones el Abogado Diego Javier Cadena Ramírez y la Ex-Fiscal Hilda Jeaneth Niño Farfán se comprometen a desprestigiar la investigación penal que se adelantó contra Santiago Uribe Vélez.
Se evidencio la alteración de los audios recolectados por la Fiscalía General de la Nación, las grabaciones fueron sacadas de la plataforma, editadas, e introducidas de nuevo. El informe técnico concluyo que seis de las grabaciones fueron manipuladas, presentaron perdidas de fragmentos, cambios en la señal y modificación en las conversaciones. Danny Julian Quintana Torres[14], fue quien ordenó la alteración de la investigación adelantada.
Un segundo recurso interpuesto por la defensa de El Senador Álvaro Uribe Vélez el día 9 de agosto de 2019, adujo vicios procesales. Oscar Álvarez Méndez[15], fue denunciado penalmente por los abogados de Álvaro Uribe Vélez: Jaime Enrique Granados Peña y Jaime Lombana Villaba por cumplir órdenes legalmente emitidas por los Magistrados en este proceso.
Se concluye que se han realizado actuaciones contrarias a la ley y a la Constitución Política, todo ello para evitar la acción de la Justicia.
Son entre otros estos los hechos, me permiten afirmar que dado el inmenso poder e influencia que posee el senador Álvaro Uribe Vélez, sobre funcionarios en el Ejecutivo Nacional, el Congreso de la Republica y de la Fiscalía General de la Nación, y su eventual e indebido uso, aunado a sus reiteradas acciones para obstruir la justicia que no es desmedida ni arbitraria la decisión de medida de aseguramiento: detención preventiva, sustituida por detención domiciliaria.
La Sala Especial de Instrucción de La Corte Suprema de Justicia[16], tomo la determinación de formular acusación, porque se infringió la ley penal, el delito se cometió, el proceso debe continuar y para evitar más manipulaciones, se determinó decretar su detención domiciliaria; es evidente, el expresidente, cuenta con un inmenso poder para incidir y afectar el proceso, aun en condición de detención domiciliaria.
Por ser tantas y tan sólidas las pruebas es se da continuidad al proceso penal.
El Senador Álvaro Uribe Vélez, tiene cincuenta y seis (56) procesos en la comisión de acusaciones de la Cámara de Representantes, los que no han tenido impulso procesal y Veintiocho (28) procesos ante la Corte Suprema de Justicia.
Las declaraciones los Congresistas del Centro Democrático y convocatoria a manifestaciones de respaldo al senador Álvaro Uribe Vélez y de rechazo a las decisiones de la Corte Suprema de Justicia, tienen como propósito central atemorizar a los magistrados, para evitar el cumplimiento de la ley, las amenazas de realizar una Asamblea Constituyente o un Referendo para la Reforma a la Rama Judicial; solo buscan generar un ambiente para acabar con quienes tiene el deber de adelantar su juzgamiento.
La propuesta de levantar la reserva sumarial solo busca causar un elemento de presión política a coimputados, testigos, peritos o terceros, para amedrentarlos o inducirlos a comportamientos reticentes, e impedir o dificultar la realización de diligencias o la labor de los funcionarios y Magistrados e intervinientes, sometiéndolos a una presión por los seguidores del expresidente y de sus copartidarios del Centro Democrático. Se pretende evitar la continuidad de la actuación de la Corte Suprema de Justicia, ante una inminente y muy probable condena, por hechos que pueden ser establecidos en el proceso penal en curso, todo ello deslegitimando la actuación de la alta corte.
Deplorable las manifestaciones del Señor presidente Iván Duque Márquez como cabeza del poder ejecutivo, ellas resultan no solo inoportunas, sino que generan un ambiente de animadversión y constituyen una abierta e indebida injerencia para afectar el proceso penal en curso.
Ante llamados del expresidente y Senador Álvaro Uribe Vélez, avalados por voceros del Partido el Centro Democrático para convocar una constituyente o convocar un plebiscito y establecer Una Corte Única solo para responder a la decisión tomada por La Corte Suprema de Justicia Sala Penal, es pertinente preguntarse ¿Se debe convocar una Asamblea Constituyente para Reformar la Justicia en Colombia? ¿Cuál debería ser el propósito de esta reforma o de la elaboración de una nueva Constitución?
Veamos los pronunciamientos de algunos connotados representantes de esa coalición y la postura de la oposición:
La propuesta del Centro Democrático: “Una Corte Única que permita unificación y claridad del sistema”, afirman que “el Congreso ha demostrado ser institucionalmente incapaz de darle al país una verdadera y seria reforma a la justicia”[17] omiten señalar que tienen una coalición que les ha garantizado desde el congreso apoyar y avalar al ejecutivo en cabeza del doctor Iván Duque Márquez.
Luis Fernando Velasco Chaves Senador, expresidente del Congreso y miembro del Partido Liberal: “La idea no es ni prudente ni factible ya que en este momento los ciudadanos “quieren saber cómo se va a atender la pandemia, como se va a atender el personal de salud” y “como se van a recuperarlos empleos que se está perdiendo”
“Una constituyente surge después de un acuerdo nacional para transformar las instituciones. Hoy se puede hablar de todo menos de un acuerdo nacional. Hay demasiada polarización Los problemas jurídicos arreglémoslos en instancias jurídicas, no tratemos de arreglarlo en instancias políticas.”
Roy Leonardo Barreras Montealegre, Senador por el Partido de la U y expresidente del congreso: “Reaccionar ante una decisión de La Corte Suprema proponiendo acabar con las Cortes en una constituyente es un despropósito.”
Antonio José Navarro Wolff, presidente del Partido Alianza Verde: “proponer como lo hace el senador Uribe, una nueva constituyente como respuesta a la decisión tomada por la Corte Suprema” es tratar de usarla “para acabar con quien lo juzga”
Iván Cepeda Castro, Senador por el Polo Democrático Alternativo: El país tiene una situación muy grave por la pandemia y la crisis económica como para entrar en una discusión interminable sobre como eliminar el poder judicial”
El expresidente de la Corte Suprema de Justicia Jaime Alberto Arrubla Paucar, al referirse a la propuesta de crear una sola Corte que reemplace a las actuales señaló: “uno de los grandes conflictos de Colombia es tener la rama judicial atomizada. No se trata de volver a una sola Corte, pero sí de crear mecanismos de articulación, una sala especial donde participen todas y resuelvan sus conflictos de competencias.
Hay tres proyectos para reformar la Justicia: 1) la Ley Estatutaria del Consejo Superior de La Judicatura, para la autonomía presupuestal de la rama jurisdiccional, Carrera Judicial, Comisión Nacional y La Comisión Nacional Disciplina Judicial; 2) La Procuraduría General de La Nación, Ley Ordinaria para mejorar el acceso a la justicia regional y Local, y, 3) el Acto Legislativo del Ministerio de Justicia reforma a la cúpula judicial, virtualización y descongestión.
El seguimiento a este proceso, La reforma a la administración de justicia, La propuesta para afectar la JEP, los abordare en posteriores artículos.
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[1] Artículo 309 del Código de Procedimiento Penal.
[2] Su conversación revela que desde el 22 de diciembre de 2015 Álvaro Uribe Vélez sabia de las interceptaciones.
[3] Las amenazas contra este grupo familiar llevaron a las interceptaciones para determinar quién estaba presionando a esta familia.
[4] Presidente del Centro Democrático del Huila
[5] La Magistrada Cristina Eugenia Lombana Velásquez, Mayor del Ejército(R) quien trabajo en la Oficina de Jaime Enrique Granados Peña, defensor de Álvaro Uribe Vélez; fue designada el 17 de septiembre de 2018 para integrar La Sala Especial de Instrucción e integra la Sub Sala con los Magistrados Cesar Augusto Reyes Medina y Marco Antonio Rueda Soto.
[6] Compañero de prisión de Juan Guillermo Monsalve Pineda
[7] Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario.
[8] 18 de febrero de 2019
[9] Artículos 444A y 453 de la Ley 599 de 24 de Julio 2000.
[10] Artículo 186 de la Constitución Política
[11] 31 de agosto de 2018
[12] Registros de audio e informes de las interceptaciones telefónicas
[13] El abogado defensor el señor Jaime Enrique Granados Peña
[14] Exdirector del Cuerpo Técnico de Investigaciones CTI
[15] Investigador del CTI Sección de Control Telemático
[16] Integrada por los Magistrados: Cesar Augusto Reyes Medina, Francisco Javier Farfán Molina, Héctor Javier Alarcón Granobles, James Sanz Herrera, Marco Antonio Rueda Soto y Misael Fernando Rodríguez Castellanos.
[17] Paloma Susana Valencia Laserna, Hija de Ignacio Valencia López y Dorotea Laserna Jaramillo y Nieta de Guillermo león Valencia, Alas Equipo Colombia y Centro Democrático.
Legal…Visión
Foto tomada de: Revista Semana
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