Cuando se leen las columnas o algunas noticias del Diario El País de España relacionados con este tema, se percibe que a este mismo candidato lo califican como de “izquierda moderada”. No obstante hay que precisar que en Europa realmente no existe la izquierda moderada, más si la postura política que se ubica en el punto equidistante, de la allí si extrema derecha y la extrema izquierda, vale decir, el centro. Allá, la extrema izquierda profesa posturas socialistas radicales que propenden por un sistema distinto al capitalista o por un estatismo absoluto, mientras que la extrema derecha que representa la postura más neoliberal, propende por la reducción a su mínima expresión del Estado y lo público, para privilegiar el rol del mercado capitalista como el factor determinante de la asignación de recursos y la distribución de riqueza en la sociedad.
Si en Europa la extrema izquierda es sinónimo de socialismo o estatismo, la extrema derecha es sinónimo de librecambismo o neoliberalismo a ultranza, por su parte el centro es sinónimo de “Social Democracia”. El Estado Social de Derecho es la forma de Estado que representa este ideario político como una tercería, en tanto que no actúa como una expresión del capitalismo salvaje ni como estatismo absoluto.
Se trata entonces de la vía o alternativa intermedia que pregona un Estado de tipo democrático (capitalista demoliberal), caracterizado por el reconocimiento simultáneo de derechos de índole tanto individualistas como de derechos colectivos (económicos, sociales, culturales, políticos, ambientales), con una idea de propiedad privada a la que le es consustancial una finalidad social, pero con la opción de la Intervención del Estado en todos los órdenes y niveles, solo de manera necesaria más no obligatoria o imperativa.
En desarrollo de la finalidad social de la propiedad, algunos Estados consagran tanto constitucional como legalmente, la institución de la expropiación, en algunos casos por vía judicial, en otros por vía administrativa, como una forma de intervención del Estado, bajo dos circunstancias: una, por razones de utilidad pública e interés general, (por ejemplo para la construcción de una obra pública o la ejecución de un proyecto social), y cuando se posee bienes improductivos, que es una manera de corregir fallas en el mercado o en relación con el uso indebido de los factores productivos o medios de producción.
En Colombia, la finalidad social de la propiedad se consagró con la reforma constitucional de 1936, impulsada por el proyecto político de la Revolución en Marcha liderado por el Presidente Liberal Alfonso López Pumarejo. López Pumarejo, inspirado en el New Deal (Nuevo Desarrollo), impulsado por Franklin Delano Roosevelt, presidente de los EE.UU, en plena crisis capitalista de los años treinta, la Gran Depresión, al igual que éste, impulsó en Colombia reformas económicas y sociales progresistas, progresivas e inclusivas, no por que pretendiese instaurar (como tampoco lo pretendió Roosevelt en USA), en Colombia un sistema comunista y mucho menos socialista: Roosevelt lo hizo en su país como medida de emergencia y choque, para salvar al sistema capitalista que estaba a punto de colapsar, en la perspectiva de evitar su debacle, y por el contrario, con la pretensión de revitalizarlo para sacarlo de la crisis, como en efecto así ocurrió. López, por el contrario, pero en la misma lógica de preservar el incipiente capitalismo criollo, implementó estas medidas para evitar que una crisis de estas mismas características, emergiera en Colombia.
Con la reforma constitucional de 1936 se inaugura en Colombia un principio de Estado de Bienestar, en sus inicios, asistencialista, para luego hacer tránsito a la idea social demócrata de Estado Social de Derecho, con la Constitución Del 91, con la que se consagra el modelo de Economía Social de Mercado (capitalismo social), que combina la mano invisible del mercado con el brazo visible del Estado[1], en tanto que consagra la facultad de intervención del Estado cuando sea necesario, siempre en la perspectiva de que para la sociedad se asegure tanto la máxima productividad del aparato productivo privado, y a la vez, la debida distribución de la riqueza que evite la desigualdad y los desequilibrios sociales, conducente al bienestar del conjunto de la población y a la armonía social.
De modo que cuando Gustavo Petro, el candidato presidencial de la Colombia Humana, propone poner en marcha materialmente y de manera concreta este Estado Social de Derecho, lo que está haciendo es poner en evidencia su pensamiento político socialdemócrata, que no es la alternativa de la extrema izquierda como se ha pretendido hacer notar por parte de sus contradictores políticos más acérrimos que pertenecen a las élites económicas y políticas tradicionales, quienes se han opuesto y lo seguirán haciendo a la puesta en marcha del modelo de Estado del 91, puesto que él (Estado social de derecho), es contrario a sus pretensiones conservadoras, tradicionales, excluyentes y exclusivistas, cuyas formas de hacerse al poder y de gobernar, a cambio de generar bienestar y armonía social, impone un sistema que mantiene privilegios, que genera exclusiones y diferenciaciones de clases, y provoca malestar y conflicto social.
Recuérdese que la extrema izquierda propende o bien por el socialismo o por el estatismo absoluto, que no es lo que propone Petro. La fórmula o ecuación de la propuesta de la Colombia Humana es la búsqueda del Bienestar Social que es la resultante de una mayor productividad, derivada de más conocimiento, de mayor acceso a la propiedad, más diversificación de la producción, particularmente agropecuaria, más protección del medio ambiente, etc. Y entonces la pregunta es, ¿ésta fórmula que está pensada para provocar que hacia el futuro en Colombia hayan más propietarios, mas productores o empresarios, más saber e inteligencia, es decir más ciencia y más técnica, más riqueza en manos de más personas, economía sostenible y más sólida y dinámica, mayores ingresos, mayor tributación y mayor capacidad económica y presupuestal del estado para financiar el desarrollo y ejecución de sus finalidades y funciones sociales, es de extrema izquierda?, es decir, ¿socialismo, comunismo o estatismo absoluto?.
Y la respuesta es un no rotundo, y en consecuencia, se equivocan de cabo rabo, quienes así pretenden hacerlo creer. De ahí que la invitación a la ciudadanía es a que se informen más de los planteamientos de la Colombia Humana directamente de la fuente (en los centros operativos de la campaña, en los debates entre candidatos, en el programa de gobierno de la Colombia Humana, videos informativos objetivos, con politólogos o líderes imparciales, en las intervenciones públicas en plazas o medios de comunicación, etc.), evitando recurrir y atender las falsas noticias e informaciones que se transmiten en los medios oficiales de comunicación y en las redes sociales, que como ya se ha probado tienen como única finalidad promover indebidas interpretaciones y confusión generalizada.
Que quede claro entonces que “Petro no es un izquierdista de extrema, es un social demócrata”, no obstante sus contradictores, a los que últimamente se han sumado algunos líderes de congregaciones religiosas y de las iglesias, incluida la católica, así quieren hacerlo ver, para infundir temor en la población votante, con el fin de que la ciudadanía vote por la continuidad “del régimen tradicional”, ese que niega la existencia constitucional del Estado Social de Derecho, y que es sustentado por la derecha colombiana y los partidos políticos tradicionales o con pensamiento conservador. La ciudadanía colombiana en este momento histórico, tiene en sus manos la posibilidad real de cambiar la historia y el rumbo de la sociedad colombiana: O se la juega por la puesta en marcha del Estado Social de Derecho que es a lo que se compromete Gustavo Petro, en desarrollo de su pensamiento social demócrata, o condena a esta sociedad a continuar con lo mismo en lo que la ha mantenido sumida la dirigencia tradicional desde hace 200 años, desde que se fundó la República de Colombia, hoy toda congregada en torno al candidato derechista y conservador del Centro Democrático.
Ibagué, 04 de Junio de 2018.
*Administrador Público. Estudios de Especialización en Derecho Público.
[1] JUZGADO TERCERO ADMINISTRATIVO DE BOGOTÁ-SECCION PRIMERA. LARA OJEDA, Laura Patricia. Juez Tercera Administrativa de Bogotá. Auto del 12 de Febrero de 2014-Expediente con radicación 11001-3334-003-2012-00131-00. Pg. 63.
Deja un comentario