El artículo 339 de la Constitución Política determina que debe haber un Plan Nacional de desarrollo conformado por una parte general y un plan de inversiones de las entidades públicas del orden nacional; en la parte general se señalarán los propósitos y objetivos nacionales de largo plazo, las metas y prioridades de la acción estatal a mediano plazo y las estrategias y orientaciones generales de la política económica, social y ambiental que serán adoptados por el gobierno. En el artículo 340 se establece la creación del Consejo Nacional de Planeación. El artículo 342 asigna a la ley orgánica de planeación la reglamentación de los procedimientos de elaboración, aprobación y ejecución de los planes de desarrollo y el artículo 343 determina que el DNP debe organizar los sistemas de evaluación de gestión y resultados de la administración pública.
La ley 152 de 1994 es la ley orgánica de planeación. En su artículo 5º determina que la parte general del plan deberá contener “Los objetivos nacionales y sectoriales de la acción estatal a mediano y largo plazo según resulte del diagnóstico general de la economía y de sus principales sectores y grupos sociales”. En su artículo 18 la ley orgánica determina “El proyecto del plan, como documento consolidado en sus diferentes componentes, será sometido por el Presidente de la República a la consideración del Consejo Nacional de Planeación a más tardar el 15 de noviembre, para análisis y discusión del mismo.”
La estructura del documento presentado al Consejo Nacional de Planeación no cumple plenamente con el contenido que establecen la Constitución y la ley; no desarrolla en forma ordenada el contenido de la parte general y el punto relativo al plan de inversiones es apenas un esbozo. Esto significa que a la instancia máxima de participación ciudadana en materia de planeación se le da un texto incompleto. De otra parte, aunque la ley es clara en que los objetivos y metas deben ser un resultado del diagnóstico, el documento es de una pobreza enorme en este aspecto: hay muy poca información y casi ninguna explicación, ningún análisis a fondo de causas y efectos. Finalmente, son pocas las metas y la mayoría de ellas no son de impacto en cuanto al cumplimiento de la garantía de derechos establecidos en la Constitución.
Me enfoco en este artículo en examinar en algunos aspectos de la introducción de las bases del proyecto de Plan de Desarrollo.
En su primer párrafo expresa que el PND busca la paz total: “que no es otra cosa que la búsqueda una oportunidad para que todos podamos vivir una vida digna, basada en la justicia; es decir, en una cultura de la paz que reconoce el valor excelso de la vida en todas sus formas y que garantiza el cuidado de la casa común.” No es muy concreto eso de la “búsqueda de una oportunidad”, pero se entiende el propósito general. Luego habla de la iluminación de procesos de concertación de políticas que apunten a superar las violencias y precisa que “el objetivo más importante es fortalecer la democracia”. En estos primeros párrafos se expresa un conjunto de piadosas aspiraciones:
- Oportunidades para todos
- Vida digna basada en la justicia
- Reconocimiento del valor excelso de la vida
- Fortalecer la democracia
- Buscar que los hombres y mujeres, los niños y las niñas, jóvenes y ancianos sientan la protección de la sociedad en su conjunto.
- Experimentar la posibilidad de ampliar los márgenes de libertad para decidir su vida
- Lograr que los trabajadores puedan “sentir el placer del trabajo como el cambio de la dignidad”
- Conseguir que “los empresarios y productores, hombres y mujeres, encuentren en la ganancia justa y en la redistribución de los beneficios su propia satisfacción y felicidad.”
Se busca pues un mundo ideal, como el planteado en la Constitución Política. Obviamente, estos anhelos de nuestros planificadores revelan que en la realidad no hay oportunidades para todos, ni vida digna basada en la justicia, ni reconocimiento del valor excelso de la vida, ni trabajo digno, ni ganancias justas, etc.
Aunque al comienzo el lenguaje es general: los niños, las niñas, los jóvenes, los ancianos, etc., rápidamente el documento menciona las desigualdades (sociales, económicas, políticas, culturales y espaciales) y nos cuenta, con mucha candidez que “las desigualdades mientras abren las puertas para alguno se niega el acceso al bienestar para las mayorías”. ¡Ah, malditas desigualdades!
Y en esta perspectiva, nos informa el documento que el énfasis se encuentra en la disminución de las desigualdades (que no en su eliminación, simplemente disminución):
En esta transición hacia la paz, basada en el fortalecimiento de la democracia, el PND 2022-2026 pone sus mayores énfasis en la disminución de las desigualdades y en la superación de las injusticias que les son propias, por lo que la redistribución de los recursos prioriza a los sectores de la sociedad y a las regiones que producen la riqueza, pero no se han beneficiado con ella.
Para cumplir con este propósito se anuncia que el PND busca romper los mecanismos tradicionales que convierten a la pobreza en condena, enfrentar la exclusión y la segregación que operan desde la cuna, mediante políticas que abordan diversas dimensiones bajo un enfoque en el cual se considera a los servicios públicos como derechos cuyo goce debe ser universal y no como mercancía de acceso restringido.
El PND propone combatir la mercantilización de bienes y servicios. Sin embargo, el documento no hace una exposición clara sobre la situación de las desigualdades ni mucho menos una explicación clara sobre sus causas. Con respecto a lo primero, a pesar de que el director del DNP ha manifestado que es necesario exponer en forma más amplia y clara las diferentes situaciones de desigualdad (utilizando por ejemplo el indicador GINI), prácticamente no hay información sobre la desigualdad de la riqueza. Y tampoco se encuentra en el documento un análisis de las causas, se describe, pero no se explica, salvo que una que otra alusión indirecta y sin suficiente desarrollo.[1] Por ejemplo, se afirma que “la creación de riqueza es absolutamente necesaria para que se pueda avanzar hacia una distribución adecuada del ingreso.” ¿Significa esto entonces que no se puede hacer mayor cosa para redistribuir sin mayor creación de riqueza? El documento no es claro en este punto[2].
Me parece que quedaría mucho más claro el documento si se incluyera un esquema como el planteado en la siguiente tabla que, con base en la información contenida en el proyecto de plan, no es posible elaborar en forma completa. Es necesario, como lo dice el propio texto incluir metas con indicadores de resultado e impacto (“Los procesos de evaluación tienen que conjugar el examen de los resultados y los estudios de impacto”) y no quedarse solamente en ofertas gaseosas de productos o procesos; por ejemplo, en el documento, en la parte relativa al trabajo y la promoción de los derechos de los trabajadores, se ofrece que “Se formulará y adoptará una Política Nacional de Trabajo Decente con el fin de promover desde el Estado igualdad de oportunidades, generación de empleo y estabilidad con especial protección en la mujer…”. El Plan debe expresar con claridad cuántos trabajos dignos (precisando que entiende por digno) va a generar y qué ingresos concretos. Lo que está planteado hasta el momento consiste apenas en repetir el texto constitucional.
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[1] “Las decisiones de política pública tienen que llevar a la convergencia regional y social. Es inaceptable que persistan brechas enormes en los niveles de calidad de vida. No se les ha ofrecido a las personas la posibilidad de desarrollar todas sus capacidades. Son significativas las diferencias en términos de acceso a la educación, la salud, el deporte, la cultura; y estas desigualdades son más agudas en algunas poblaciones Son significativas las diferencias en términos de acceso a la educación, la salud, el deporte, la cultura; y estas desigualdades son más agudas en algunas poblaciones como las mujeres, los grupos étnicos y las comunidades campesinas, entre otros. El país ha avanzado en los promedios, pero la discriminación continúa y sigue habiendo un rechazo notable hacia la diversidad de todo tipo.”
[2] “En este ejercicio de ordenamiento del territorio, y de transformación productiva, el papel del Estado es fundamental. No se puede continuar afirmando que la inversión pública va en contravía de los intereses del sector privado. ¡Todo lo contrario! El Estado tiene que llevar sobre sus hombros los riesgos que, por su naturaleza, no pueden ser asumidos por las empresas privadas. En esta lógica, de estrecha relación entre lo público y lo privado, se genera la riqueza, que, a través de un proceso distributivo justo, se debe reflejar en mejores condiciones de vida para la mayoría de la población. La creación de riqueza es absolutamente necesaria para que se pueda avanzar hacia una distribución adecuada del ingreso. Y en esta tarea las dinámicas públicas y privadas son complementarias. El Plan pone en evidencia la complementariedad entre las dinámicas pública y privada.”
Alberto Maldonado Copello
Foto tomada de: El Colombiano
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