Si lo registrado por el medio regional es verdad y obedece a una decisión irreversible del presidente, el contenido y la perspectiva de análisis planteada líneas adelante en esta columna, no tendrían mayor sentido si no fuera por la necesidad histórica de registrar un hecho político que de haberse producido, sus consecuencias políticas al interior del país y los efectos diplomáticos en el exterior serían inconmensurables. Así entonces, se registra la intención de un Gobierno que abiertamente no acompaña, con toda devoción, el proceso de implementación[2] de lo acordado en La Habana entre el Estado colombiano y la cúpula de la entonces guerrilla de las Farc, durante el gobierno de Juan Manuel Santos Calderón (2010-2018).
Después de ajustar el sentido de la columna de acuerdo con lo registrado por el diario El Colombiano[3], surgen varias preguntas: ¿Realmente el presidente pensó en la posibilidad de objetar la mencionada ley estatutaria? ¿Qué hizo cambiar de opinión al presidente? ¿El anuncio de que se tomaría el tiempo para leer el contenido de la norma, obedeció a una salida en falso porque Iván Duque desconocía los límites de su potestad de objetar normas? Más claro: ¿el presidente creyó inicialmente que podría discutir con la Corte Constitucional sobre una materia que entró en los términos de la cosa juzgada? Y dos últimos interrogantes: ¿Alcanzó a recibir presiones de la ONU o de gobiernos amigos del proceso de paz con las Farc, si decidía objetar el PLE? ¿Sirvió el pronunciamiento de 227 organizaciones[4] que solicitaron al presidente sancionar la señalada norma?
Si la hubiese objetado
Miremos entonces el escenario político e ideológico que el propio presidente recreó y generó en torno a su decisión inicial de revisar con lupa el contenido de la ley estatutaria de la JEP. En primer lugar, queda claro ante la opinión pública, nacional e internacional, que para su gobierno la construcción de una paz[5] estable y duradera, en los términos establecidos en el Acuerdo Final II, se asumió como una imposición del anterior gobierno, lo que de manera consecuente activa la intención de ponerle trabas al objetivo estratégico de cumplir, como Estado, la palabra empeñada tanto con la ONU, las Farc y los países garantes y acompañantes del proceso de paz que se surtió en La Habana. Más claro: para Duque, la construcción de esa paz en los términos en los que fue pactada en Cuba y firmada en el teatro Colón de Bogotá, no constituye un asunto de Estado, sino una imposición para su gobierno y para él, como presidente, a lo que suma a su molestia, el acompañamiento de la ONU a través de sus dos misiones y la sujeción misma a las condiciones del orden jurídico internacional del Tratado de Paz.
Hay dos hechos que ilustran muy bien lo señalado líneas atrás: el primero, su insistencia, como Jefe de Estado, en desconocer los protocolos firmados durante la administración de Santos y el Comando Central del ELN, en el marco de las conversaciones de paz que se dieron entre sus plenipotenciarios tanto en Quito, como en La Habana. Y el segundo hecho, es el condicionado[6] lugar que le da a la paz en su propuesta de Plan Nacional de Desarrollo (2018-2022).
Es decir, estamos ante un Jefe de Estado que asume una actitud proclive a desconocer todo lo que su antecesor firmó en materia de paz y reconciliación. Al actuar de esa manera, Duque se instala en un peligroso e inconveniente escenario diplomático, ideológico y jurídico-político, cuyas consecuencias no se pueden medir por ahora. El asunto se torna aún más complejo cuando se advierte el débil carácter del mandatario de los colombianos para responder a insinuaciones y recomendaciones que de manera directa le hacen, de un lado, su mentor, Álvaro Uribe Vélez, enemigo número uno del proceso de paz; y del otro, del Fiscal General de la Nación, para que no sancione el PLE e incluso, para que inicie, desde el Ejecutivo, el desconocimiento de la legitimidad de la JEP.
Si el presidente de la República, Iván Duque Márquez, decide (hubiese decidido) objetar el proyecto de Ley Estatutaria (PLE) de la JEP, confirmará al país, a la ONU y a la comunidad internacional, que tiene el interés genuino de deslegitimar a la Jurisdicción Especial de Paz y por esa vía, golpear el corazón del Tratado de Paz.
El solo hecho de que el presidente se tome el tiempo de leer[7] en detalle el texto que da vida a la Ley Estatutaria es suficiente para indicar que, en su condición de Jefe de Estado, Iván Duque Márquez no está comprometido con el cumplimiento de lo acordado en La Habana entre el Estado colombiano, representado durante el gobierno de Juan Manuel Santos, y la cúpula de la entonces guerrilla de las Farc. Y no se trata de que deje de lado la potestad de objetar esta y cualquier otra ley. Lo que hay que poner de presente es que el presidente está desconociendo (estuvo a punto de hacerlo) el análisis jurídico-político que en su momento hizo la Corte Constitucional a través de la sentencia C-80/18[8] y se dispone a hacer una lectura ideologizada de la norma, a la que deberá darle un carácter político cuando exponga la razón por la cual decida no sancionarla.
Al desconocer el juicioso análisis que hizo la Corte Constitucional, el presidente de la República podría caer en un equívoco jurídico, escenario este que el profesor Uprimny explica en reciente columna. El exmagistrado señala que “el presidente no puede objetar el PLE por inconstitucionalidad pues, por tratarse de un proyecto de ley estatutaria, su constitucionalidad ya fue revisada integralmente por la Corte, que declaró en la sentencia C-80/18 que la casi totalidad de ese extenso texto es constitucional”[9].
Sobre lo señalado por el columnista, hay que decir que está soportado en una sentencia de la Corte Constitucional. En la sentencia C-11/94 se lee que “en principio las objeciones presidenciales son por inconstitucionalidad o inconveniencia (arts. 166 y 167 C.P.). En el caso de los proyectos de leyes estatutarias debe concluirse que no puede haber objeciones por inconstitucionalidad, como quiera que la Corte Constitucional ya dictó sentencia con efectos de cosa juzgada constitucional (art. 243 C.P.), en la que encontró conforme con la Constitución el texto que remitió al presidente de la República. Sólo puede haber por tanto objeciones por inconveniencia”[10]
Así entonces, al presidente solo le queda (ba) un camino: declarar la inconveniencia de la norma por “razones políticas” que, ancladas a su ideología, podría justificar apelando al criterio de discrecionalidad presidencial y por esa vía, acercándose a una caprichosa “razón de Estado”. La declaratoria de inconveniencia no será (sería) suficiente argumento para sostener la decisión de objetar la PLE. Muy seguramente, cuando sea interpelado por agentes jurídicos de la sociedad civil, Duque Márquez apelará a su ya acostumbrado estilo de responder de manera ambigua y con evasivas, respaldado, por supuesto, por la rabiosa y abyecta postura asumida por el Centro Democrático y por el propio Fiscal General.
A lo consignado en las sentencias citadas y a lo expresado por el profesor Uprimny, se suma el concepto emitido por el Procurador General de la Nación, Fernando Carrillo, quien señaló que “la Jurisdicción Especial para la Paz es la columna vertebral del proceso de paz y es un compromiso de Estado. Esta jurisdicción ya tiene la bendición de la Corte Constitucional, que avaló esa justicia especial. El momento de las objeciones terminó. Y es muy importante tener eso en cuenta”[11].
Aunque el concepto del jefe del Ministerio Público no es vinculante y mucho menos puede erosionar la potestad presidencial de sancionar o no una ley, sí tiene la fuerza política suficiente para llamar la atención del propio mandatario. Lo que hace Carrillo es reconocer y legitimar a la JEP[12] y de esa manera, se opone a la contraria acción política de Duque de desconocer a dicha jurisdicción. Sin duda, estamos ante una situación apremiante, en la que las futuras actuaciones, acciones y decisiones que en derecho adopte la JEP, podrían ser demandadas porque justamente se tomaron sin el sustento jurídico que de manera natural le daría la Ley Estatutaria.
El miedo a la verdad
Más allá de la intención manifiesta de objetar la Ley Estatutaria de la JEP, hay un asunto que inquieta a quienes, desde diversos intereses, acompañamos el devenir del proceso de paz y en particular, estamos atentos a lo que se suceda con el proceso de implementación del Acuerdo Final II. Y ese tópico es la Verdad. Y es claro que hay agentes del Establecimiento que le tienen miedo a la Verdad judicial que saldrá de las actuaciones y decisiones que adopten los magistrados de la JEP y a la verdad histórica que se desprenda de los ejercicios investigativos, analíticos e interpretativos que hagan los miembros de la Comisión de la Verdad.
En particular, el expresidente y hoy senador de la República, Álvaro Uribe Vélez, debe tener enormes prevenciones y miedos alrededor de las versiones, documentos, hechos y testimonios que logren recogerse en las dos instancias señaladas, y que de muchas maneras lo pueden vincular a hechos delictivos como la conformación de grupos paramilitares y la connivencia con las masacres cometidas por miembros de las AUC. Por ejemplo, las masacres[13] del Aro y la Granja a la que su nombre está vinculado cuando fungió como Gobernador de Antioquia; o de manera directa con delitos como el desplazamiento forzado, la apropiación de tierras por la vía del despojo y las responsabilidades políticas que deberá asumir por los más de 5.000 casos de Falsos Positivos[14] ocurridos durante sus 8 años de mandato, en su calidad de comandante supremo de las Fuerzas Armadas y ejecutor de la Política de Seguridad Democrática y sus desarrollos a través de los decretos BOINA y la directiva ministerial 029 de 2005.
Lo expresado recientemente por el ex general Rito Alejo del Río, conocido como el Pacificador de Urabá, debe de generar alguna preocupación en el senador Uribe Vélez, por cuanto el exoficial tomó la decisión de acogerse a la JEP y se comprometió a decir toda la verdad en relación con los señalamientos que lo vinculan con las acciones criminales cometidas por las AUC o grupos paramilitares. “Yo he sido de los más sacrificados por defender a Álvaro Uribe, pero no lo vuelvo a hacer”[15] señaló recientemente el alto exoficial del Ejército.
De igual manera, otros agentes del Establecimiento deben guardar cierta prevención ante la posibilidad latente de que, en esas dos instancias del Sistema de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, sus firmas, representantes legales y accionistas, se vean involucrados en hechos relacionados con la comisión de delitos de lesa humanidad perpetrados por las fuerzas paramilitares, en contubernio con fuerzas estatales y agentes políticos y gremiales de los órdenes regional y nacional.
Eso sí, hay que registrar en la historia judicial y política del país, los ataques que desde la Fiscalía General de la Nación se han producido en contra de la JEP. Al caer la tarde del 18 de febrero de 2019, varios medios masivos informaban sobre un llamado que el Fiscal General[16], Néstor Humberto Martínez Neira, le hizo al presidente Duque para que objetara el PLE. El mismo diario, que en tempranas horas de la tarde informó sobre la decisión del presidente de Colombia de no oponerse a la ley estatutaria de la JEP, a eso de las 5 y 50 PM, señalaba que “a través de un documento de nueve páginas, el fiscal General de la Nación, Néstor Humberto Martínez, le manifestó al presidente de la República, Iván Duque, su preocupación por el proyecto de Ley “Estatutaria de la Administración de Justicia en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). Para Martínez, el texto que había sido consensuado en el Congreso de la República sufrió modificaciones, que tienen graves impactos en la política criminal del Estado[17]. En ese mismo sentido, pero sin hacer mención a la versión que indicaba que Duque habría decidido no objetar la ley estatutaria, la revista Semana[18] informaba que el Fiscal habría solicitado al presidente rechazar dicha norma.
Pero si de ataques institucionales y políticos se trata, hay que mencionar los que se han producido desde las huestes del Centro Democrático (CD), con la complacencia del presidente Iván Duque Márquez. Mientras unos exhiben sus prevenciones, miedos y animadversiones en contra de la Jurisdicción Especial para la Paz, los miembros de la cúpula de las Farc vienen compareciendo ante el tribunal especial. Recientemente, se recibieron las versiones de alias Timochenko y Pablo Catatumbo sobre asuntos relacionados con la actividad criminal del secuestro.
Digamos que con la decisión presidencial de no objetar la ley estatutaria se despeja una enorme sombra que ya se posaba amenazante sobre el futuro de la JEP. Pero sabemos que el camino que aún queda por recorrer seguirá lleno de obstáculos y de ataques. Ahora bien, al cierre de este artículo no hay certeza de que efectivamente lo informado por el diario El Colombiano sea una realidad política, en torno a la decisión de Duque de, finalmente, sancionar la PLE como medio país espera que lo haga.
Es posible que el presidente de la República termine por aceptar las recomendaciones del Fiscal y del propio expresidente Uribe, lo que confirmaría el carácter pusilánime que analistas, académicos, ciudadanos del común, políticos profesionales le endilgan y critican; el mismo que ha sido recogido por reconocidos caricaturistas en sus representaciones gráficas. Pero deberá considerar el espaldarazo que horas después de las arremetidas de Martínez Neira y Uribe Vélez en contra del PLE y de la JEP, dio la Corte Penal Internacional[19].
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[1] Véase: https://www.elcolombiano.com/colombia/acuerdos-de-gobierno-y-farc/gobierno-de-ivan-duque-no-objetara-ley-estatutaria-de-la-jep-HH10245121
[2] Véase: http://germanayalaosoriolaotratribuna.blogspot.com/2019/02/la-paz-condicionada-del-plan-nacional.html
[3] Al tiempo que se consultó al diario El Colombiano, se hizo lo mismo con los portales de Semana y El Espectador. En ambos no se registraba la versión ya publicada por el periódico regional antioqueño. A las 2 y siete minutos de la tarde del lunes 18 de febrero, los portales de Semana, El Espectador y de El País de Cali, no registraban el hecho noticioso que El Colombiano de manera temprana ya había alojado en su portal web.
[4] Véase: https://www.elespectador.com/noticias/judicial/227-organizaciones-piden-ivan-duque-sancionar-sin-demoras-ley-estatutaria-de-la-jep-articulo-840351
[5] Véase: https://www.sur.org.co/la-paz-de-colombia-en-las-manos-de-duque-uribe-y-macias/
[6] Véase: https://www.sur.org.co/author/geayala/
[7] No necesariamente lo tiene que hacer el propio presidente. Lo más probable es que esa tarea la desarrolle su equipo jurídico, con el posible direccionamiento político del Centro Democrático, el partido de gobierno.
[8] Véase: http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2018/c-080-18.htm
[9]Véase: https://www.elespectador.com/opinion/inconveniencia-columna-840052
[10] Véase: http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/1994/C-011-94.htm
[11] Véase. https://www.eltiempo.com/justicia/investigacion/la-procuraduria-pide-a-hidroituango-revelar-todos-los-informes-reservados-327726
[12] La JEP es una jurisdicción especial de paz que asumirá los procesos investigativos y sancionatorios de todos aquellos jefes o comandantes (militares y guerrilleros) que se encuentren responsables por la comisión de delitos de lesa humanidad, ocurridos en el marco del conflicto armado interno. La JEP nace del proceso de negociación política adelantado entre los plenipotenciarios del gobierno de Santos y los de las Farc. Se entiende su funcionamiento en el marco de un modelo de justicia transicional, lo que implica que habrá penas alternativas y con un carácter reparativo o restaurativo en relación con las víctimas que todos los actores armados produjeron de manera directa o indirecta. La JEP hace parte del Sistema de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición que fue aprobado en La Habana y que hace parte del Acuerdo Final II.
[13] Véase: https://www.eltiempo.com/justicia/investigacion/piden-investigar-a-alvaro-uribe-por-masacres-del-aro-y-la-granja-179464
[14] Véase: https://colombiaplural.com/falsos-positivos-la-jep/
[15] Véase: http://lanuevaprensa.com.co/component/k2/video-completo-del-discurso-del-general-rito-alejo-del-rio-en-el-que-anuncia-que-no-encubrira-mas-los-crimenes-de-alvaro-uribe-velez Minuto: 5:53- 6:01.
[16] Néstor Humberto Martínez Neira viene siendo cuestionado por sus actuaciones como abogado, en el caso de corrupción en el que están comprometidas las firmas Odebrecht y el Grupo Aval. Véase: http://germanayalaosoriolaotratribuna.blogspot.com/2018/11/el-fiscal-no-se-cae.html
[17] Véase: https://www.elcolombiano.com/colombia/el-fiscal-le-hace-reparos-a-la-ley-estatutaria-de-la-jep-GH10246044
[18] Véase: https://www.semana.com/nacion/articulo/el-fiscal-general-le-pidio-a-duque-objetar-la-ley-estatutaria-de-la-jep/601887
[19] Véase: “Hemos aceptado que las medidas de justicia transicional que Colombia decidió adoptar podrían, si fueran implementadas y aplicadas adecuadamente, cumplir con los objetivos de rendición de cuentas, disponibilidad de recursos para las víctimas y contribución a la disuasión de crímenes futuros, previstos en el Estatuto de Roma. Hemos, por lo tanto, apoyado a la JEP, como el mecanismo clave de justicia transicional adoptado de conformidad con el acuerdo de paz”, advirtió el vicefiscal, James Stewart”. Tomado de: https://www.semana.com/nacion/articulo/cpi-advierte-que-no-firmar-la-ley-estatutaria-de-la-jep-seria-un-reves/602053 Consulta: 20 de febrero de 2019.
Germán Ayala Osorio, comunicador social y politólogo
Fuente: Al Poniente
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