De acuerdo con el Diccionario de la RAE, la palabra «eutanasia» puede definirse como «Intervención deliberada para poner fin a la vida de un paciente sin perspectiva de cura» y «muerte sin sufrimiento físico».
Etimológicamente, deriva de los vocablos griegos «eu» («bueno») y «thanatos» («muerte»). Es decir, «buena muerte».
El suicidio asistido
Consiste en la ayuda o asistencia a otra persona que desea acabar con su vida.
Hay países que lo consideran un delito; en otros, ya ha sido aceptado por la legislación.
Situación legal de la «eutanasia»
Ha entrado a formar parte de la legislación de muchos países, bien sea para aceptarla, bien para prohibirla. En cualquier caso, tras un análisis pormenorizado que incluiría conocer su grado de aceptación, debería tenerse en cuenta la posibilidad de elaborar una Ley universal al respecto.
El caso de España
Tanto la Asamblea General del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos como el antiguo Comité de Bioética se niegan a aceptarla.
No obstante, el Comité de Bioética de Cataluña y la Comisión Sociosanitaria de los Comités de Ética de Euskadi aceptan la aprobación de una Ley de la Eutanasia; si bien extremando la cautela en cuanto a su redacción.
Asimismo, la Sociedad Española de Psiquiatría y la Sociedad Española de Neurología, tras un análisis de la ley, aceptan, en principio, su aplicación.
La Asamblea General del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos
Su decisión es estricta, no acepta ningún tipo de discusión e impone su cumplimiento como una orden basada en la conocida actitud «impongo lo que yo pienso». Hay que aclarar que los Colegios Médicos españoles representan a la sociedad española más conservadora.
A pesar de que se erige como representante de todos los médicos del país diciendo que representan la opinión general de todos los médicos, dicha atribución es falsa. En el caso de España, la colegiación es obligatoria para quienes quieran ejercer como médicos, lo cual no significa que todos piensen de la misma forma respecto de la eutanasia.
Aseveran que «el médico nunca provocará la muerte de ningún paciente», aunque añaden que «tiene la obligación de aplicar las medidas adecuadas para conseguir el bienestar del paciente aun cuando ello pudiese derivar en un acortamiento de la vida». Es decir, mezclan «cuidados paliativos» con eutanasia para confundir todavía más a la sociedad.
El anterior Comité de Bioética de España
También quiso hacer creer que sus opiniones representaban a todos los Comités de Bioética del país cuando, tanto el Comité de Cataluña como el de Euskadi disienten de dicho criterio. Asimismo, otros Comités de Bioética españoles no han dicho todavía nada públicamente.
Su planteamiento aducía razones filosóficas y jurídicas para aparentar una mayor profundidad.
Empezaban defendiendo su oposición acérrima a la eutanasia basándose en su protección de la «vida humana». Sin embargo, su afirmación chocaba con su proceder histórico. En efecto, jamás ampararon la «vida humana» cuando fue en contra de la tradición judeocristiana, que ha tenido consecuencias terribles en España desde la Edad Media. El último episodio, nuestra cruenta guerra civil y posterior dictadura franquista. En ningún momento levantaron la voz para frenar tan brutal represión de la vida.
El origen de tal oposición estaba, quizás, en su objetivo de entorpecer cualquier movimiento progresista en España para imponer su ideología, la propia de los sectores sociales más radicalmente conservadores del país. Ya se opusieron en su momento a la Ley del Divorcio —no a la nulidad matrimonial (o «divorcio a la católica»), controlada por el Vaticano y que solo podían solicitar los más ricos— y a la Ley del Aborto, cuando muchos de sus seguidores no tenían ningún reparo en abortar en países donde estuviera legalizado.
Consideraban que la protección de la vida aparecía especificada en nuestra legislación mediante los cuidados paliativos. Con ello, justificaban los casos de mayor debate social, aun dejando claro el “sí, pero no”. Es decir, afirmaban que no iban en contra del sentir de la mayoría, pero no daban su brazo a torcer. Traducían la expresión «todos tienen derecho a la vida» que aparecía en la Constitución española como instrumento de oposición a la eutanasia. Interpretaban la vida como un hecho biológico, no obligada a acatar la ley en el caso de que apareciese una intención favorable a la eutanasia, a la que consideraban un ataque de terceros.
Sin embargo, la eutanasia preserva precisamente de ese ataque de terceros, ya que se trata de una petición personal propia, libre e independiente y la ley debe protegerla si la mayoría es partidaria. Es por eso que atacan dicha expresión individual, libre e independiente afirmando que el Estado agredía la vida si aceptaba una Ley de la Eutanasia.
A continuación, se expondrán sucintamente los argumentos más utilizados por el antiguo Comité de Bioética para atacar la eutanasia.
Autodeterminación y autonomía
Aducían que la autonomía es una condición de la vida moral y un objetivo que se construye sobre la inteligencia y la voluntad y que se debía impedir toda coacción —que consideraban como resultado de unos servicios deteriorados— que impedía dilucidar sobre las alternativas.
Olvidaban que no hay mayor autonomía que la de quien solicita la eutanasia, puesto que todo el mundo tiene la inteligencia y la voluntad suficientes cuando lo hacen. En cuanto a la coacción, la Ley garantiza su inexistencia, como también exige una capacidad adecuada para solicitarla.
Otra justificación para oponerse era apuntar «el temor que produce la eutanasia en manos del Estado y de determinados mecanismos de poder (…), porque los Estados que la incorporen no se preocuparán tanto de garantizar las condiciones de vida dignas para todos en todo momento». Sorprende tal afirmación, más propia de un estado dictatorial que de uno democrático, ya que son los Estados autocráticos los que determinan quién debe vivir y quién morir por razones ideológicas y sin más explicaciones.
Otra alegación contra la eutanasia era que los Servicios de Salud Públicos la utilizarían para actuar con dejadez en la atención a los pacientes. Era el sector ideológico y socioeconómico al que representaban el que mayor dejadez ha hecho de una Sanidad Pública digna, además de tratar por todos los medios de privatizarla.
Compasión
Aducían que «no debe ser el único criterio a considerar, ya que es peligroso y jurídicamente inseguro basar nuestro sistema ético y legal en ella (…). Nunca debería ser decisivo en condiciones generales, pero sí en casos concretos». Según ellos, la compasión solo se tendría en cuenta cuando interesase y nada decían de cómo se aplicaría.
No tenían en cuenta, además, que los defensores de la eutanasia no quieren que se recurra a la compasión por dos motivos. En primer lugar, porque la eutanasia estará regulada por Ley; en segundo lugar, porque es de justicia atender a su petición tras un análisis minucioso previo que señalará si es legal o la impedirá ante situaciones subsanables que ayuden a cambiar de decisión.
Dignidad humana
Intentaban invalidar la eutanasia según el aserto de que una persona puede recurrir a la eutanasia por dignidad «por ser la dignidad un valor intrínseco de la vida humana como tal y que la percepción que cada individuo tiene de su propia dignidad es personal y, por tanto, variable entre individuos». Con ello, defendían que la dignidad dependía de la escala de valores de cada individuo y, en una situación de vulnerabilidad como es un estado de salud deteriorado, dejaba sin efecto dicho concepto de dignidad.
No aclaraban, sin embargo, que una persona sana y con la dignidad intacta está en condiciones de redactar un testamento vital en un momento en que no vive ninguna situación de vulnerabilidad.
Sufrimiento
Se oponían al sufrimiento como razón para solicitar la eutanasia, porque decían que se trataba de una experiencia subjetiva. A continuación, intentaban imponer que «lo que destruye a la persona no es el sufrimiento, sino sufrir sin sentido». Con ello, buscaban implantar la creencia de que «el sufrimiento es un cauce para encontrarle un sentido a la vida» y, en consecuencia, «la vida ofrece la oportunidad de realizar el valor supremo, que consiste en cumplir el sentido más profundo, que es aceptar el sufrimiento».
Sin embargo, si el sufrimiento es «una experiencia humana personal, subjetiva, compleja y con un significado negativo para la persona, en respuesta a un estímulo percibido como amenazante para su integridad personal», tendremos que disentir de la afirmación del Comité de Bioética, porque no tenemos por qué compartir con ella su finalidad del sufrimiento.
Asimismo, querían enmarañar el tema al hablar de «sufrimiento existencial», concepto inexistente en la Ley de la Eutanasia.
Cuando le aplicaban al sufrimiento el adjetivo «refractario», culpabilizaban a lo equipos de tratamiento achacándoles escasa formación para afrontar la coyuntura, e interponían la sedación. No tenían en cuenta, pues, los sentimientos de la familia respecto del enfermo, que podían no coincidir entre ellos o con la voluntad del enfermo y, además, malinterpretaban sus deseos.
Intentaban comparar al enfermo terminal a quien le quedan pocas horas o días de vida —situación en la que, en principio, no habría problemas para la aplicación de la sedación— con el enfermo que «sufre» una enfermedad incurable pero no terminal. Pretendían imponer las tesis y conductas derivadas de las creencias judeocristianas.
Pendiente resbaladiza
Otro de los argumentos que utilizaban para oponerse a la eutanasia.
Para ellos, despenalizar la eutanasia «abre un camino difícil de parar» e implicaba una «tendencia que desdibuja los límites al dar lugar a una proporción no despreciable de casos de eutanasias no-voluntarias». Es decir, presuponían que hubiese un planteamiento injusto.
Asimismo, insistían en que «el riesgo de la pendiente resbaladiza estaría tanto en los pacientes que solicitan la eutanasia, porque la consideran la única alternativa posible dada su situación clínica, como en su uso por parte de los poderes públicos e instituciones privadas para evitar los costes derivados de la asistencia sanitaria». Confundían intencionadamente la laxitud con el replanteamiento de aquellos que quieran solicitar la eutanasia tras un debate social amplio y objetivo.
Insistían también en que «la consecuencia preocupante de la despenalización de la eutanasia es que lo que se concede al paciente como un derecho se convierta en una obligación ante problemas económicos y familiares». Ignoraban así la capacidad de análisis de las personas y las suponían utilizadas por los poderes públicos como mecanismos de ahorro, cuando esos planteamientos monetaristas son más propios de economías neoliberales que están en la base del grupo social que se esconde tras el pasado Comité de Bioética.
El informe del Comité de Bioética de Euskadi neutraliza dichas aseveraciones cuando indica que «mencionar la pendiente resbaladiza como argumento contrario a la despenalización de la eutanasia equivale a calificar los nuevos supuestos como algo inmoral, menospreciando así los argumentos esgrimidos para establecerlos y valorando la ampliación de los casos como una estrategia preconcebida desde la aprobación de la Ley».
Objeción de conciencia
Consideraban que sería un obstáculo claro a la aplicación de la eutanasia. También que la inestabilidad laboral del personal sanitario los obligaría a aceptarla contra sus principios morales.
Lo maquiavélico de tal afirmación era que la cantidad de profesionales fijos es mucho mayor que la de los temporales…Tampoco hablaban de la existencia de dos tipos de objeción: la «objeción de Ley» y la «objeción de conciencia».
Fines de la Medicina
Aunque, oficialmente, la muerte no es un fin de la medicina, algunos firmantes sí que consideran que entra dentro de dicha categoría».
Según la Comisión de Bioética de Euskadi, la medicina no puede emplearse en usos moralmente inaceptables como la tortura o la pena de muerte. Ahora bien, si las ayudas médicas para morir no se consideran moralmente inaceptables sino un acto de máximo servicio y compromiso profesional y humano con el o la paciente, cuando ninguna otra ayuda —clínica, social ni espiritual— ha conseguido mitigar un sufrimiento continuado e intolerable para esa persona, resulta perfectamente entendible que la eutanasia sea considerada como un fin de la medicina.
Opinión general
El Comité Bioético intentaba transmitir de forma encubierta que la defensa de la eutanasia venía refrendada por una minoría progresista. Intentaban con ello minimizar a quienes la defienden para facilitar su imposición al conjunto de la sociedad.
Sin embargo, en la encuesta de IPSOS (2018) —barómetro de neurociencia y sociedad sobre Eutanasia— entre la población general, un 85% de personas era partidaria de la regulación de la eutanasia.
En cuanto a los profesionales, según una encuesta del CIS (2012), un porcentaje superior al 50% también lo era. Finalmente, en varias encuestas realizadas durante los años 2018-19, el porcentaje de colegiados a favor de la regulación era del 60 al 70%. La cifra es superior en la encuesta realizada en la Rioja en 2019 entre los enfermeros.
Pepa Úbeda
javier Dominguez says
El Padre Marcelino Zalba, que fué profesor de moral en Oña primero y luego en La Gregoriana, ultraconservador, que escribió la encíclica creo que le encargó Pio XII en defensa de la vida, defendió también públicamente y en clase que, cuando peligra la vida de la madre es lícito el aborto indirecto por la licitud moral de la acción de doble efecto.
Esto lo aplicaba también a la guerra justa:: si hay una ametralladora en una escuela con niños, es lícito bombardear la escuela para acabar con la ametralladora aunque acabe también con los niños.
Zalba fué profesor mío..
Rosa Kochubey says
Agradecer a Pepa por abordar el tema tan complejo como lo de eutanasia.