Por este motivo, debe llamar la atención y ser fuente de gran preocupación, que las miles de víctimas de ese atroz crimen del secuestro, rechacen indignadas la arrogante actitud de los ex jefes de la antigua guerrilla, que parecen olvidar que su comparecencia ante la JEP es a aportar verdad plena y reconocer responsabilidad frente a sus graves crímenes y delitos.
Indignación que está más que justificada porque nos encontramos ante víctimas de un delito como el secuestro, que arrebató proyectos de vida, generó traumas imborrables en la psiquis de muchas personas, y condenó a algunos a pasar décadas enteras de sus vidas encadenados en la selva y sin poder ver a sus familias. Secuestros que, además, lastimosamente llevaron a cientos de plagiados a la muerte en cautiverio; secuestros que actualmente postran a cientos de familias a sufrir una tortura indefinida, al no saber nada de sus seres queridos, o de sus restos mortales después de su plagio.
Por esto la JEP debe escuchar atenta y con humildad los reclamos de las víctimas, que no solo se dirigen hacia las FARC como comparecientes, sino que se levantan frente al calificativo con el cual hoy se nombra judicialmente lo que les pasó a ellos, o a sus familiares, en el macro caso 001 que adelanta la Jurisdicción. Omitir de los calificativos no solo la palabra secuestro, sino también los de desaparición forzada y homicidio en cautiverio, que son los delitos ante los cuales las FARC deben comparecer ante un Tribunal Penal, como la JEP, con el pretexto de no pre juzgar a los victimarios, se cae de su peso; y constituye una revictimización a los afectados por los graves crímenes de las FARC y, por lo tanto, una violación al principio fundamental, constitucional y legal, de la centralidad de las víctimas.
La JEP debe cuanto antes corregir este error que no es semántico, sino de fondo, y ante lo cual tiene una cantidad de caminos como el uso del “presunto”, el “posible”, el “hipotético” o el “eventual”; pero nombrar los vejámenes sufridos por las víctimas como “retención ilegal de personas”, banaliza y descriminaliza sus aberrantes prácticas y lleva a que luego los comandantes de las FARC no reconozcan la verdad y su responsabilidad frente a sus crímenes, sino como dijo textualmente Rodrigo Londoño, alias Timochenko, en su versión colectiva ante la JEP, en septiembre de 2019: “Reconocemos la existencia de retenciones ilegales llevadas a cabo por nuestra organización y asumimos nuestra responsabilidad”. Y los más grave, que en la misma versión el comandante de las FARC no habla de responsabilidad penal por sus inhumanos crímenes y delitos, sino de su: “responsabilidad colectiva, ética y política”, lo cual es inaceptable en una jurisdicción penal, así sea de carácter transicional.
Cuando las víctimas y la sociedad esperaban de parte de las FARC verdad plena, que asumieran responsabilidad frente a los secuestros, las desapariciones forzadas y los homicidios en cautiverio, y pidieran genuino perdón por estos hechos, pues lo que aportaron y aceptaron sus comandantes, y por lo que se responsabilizaron frente a la JEP es por unas “retenciones ilegales”, que además pasaron a justificar con un discurso innecesario sobre los orígenes de las FARC, sus actuaciones militares, las “leyes que expedían”, los principios que los guiaban, y la justificación táctica de las “retenciones políticas”; lo cual desvirtúa por completo el sentido de la verdad judicial y la justicia transicional.
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), como Alto Tribunal Penal, no está para dar cabida a relatos justificatorios y mucho menos heroicos a cerca de graves delitos contra los derechos humanos, cometidos en el marco el conflicto armado, como lo es el secuestro extorsivo e indiscriminado de civiles; esta para investigar cómo ocurrieron los hechos, brindar verdad judicial a través de sus sentencias, y sancionar a los principales responsables.
Para la construcción de un relato histórico que de luces sobre lo ocurrido en el conflicto, más allá de lo judicial, incluido el doloroso episodio del secuestro, está la Comisión de Esclarecimiento de la Verdad (CEV). Por esto la JEP y la CEV son escenarios transicionales, que producen verdades diferentes que, aunque complementarias, no se deben mezclar, so pena de simplificar, politizar o militarizar el derecho a la justicia de las víctimas, o de obstaculizar la construcción de la verdad histórica, por el miedo a la judicialización de los relatos y de sus protagonistas.
Hay que recalcar que, cuando hablamos de la JEP, estamos ante una jurisdicción penal, que debe conminar a los miembros de las FARC, so pena de no seguir bajo los beneficios del proceso transicional, a hacerlo en el marco de su condición de comparecientes ante la Justicia para la Paz, esto es, de responsables por graves delitos contra los derechos humanos, y no bajo elementos justificatorios y, mucho menos, elevando su condición de guerreros como un escudo con el que pretenden cubrir sus aberrantes prácticas y sus sistemáticos violaciones a los derechos humanos. Jurisdicción que además está encargada de enfrentar los peores crímenes de guerra y de lesa humanidad cometidos en el marco del conflicto armado y vencer una impunidad casi total frente a los mismos y, que por ende, debe exigir a quienes comparecen ante ella: el mayor compromiso al reconocer a las víctimas y sus derechos, la máxima colaboración al aportar a la construcción de la verdad judicial, y una real actitud de asumir su responsabilidad.
Si bien es cierto la JEP es un Tribunal cuyo fin último es la reconciliación nacional, precisamente dicha reconciliación solo será posible si este escenario de justicia transicional cumple a cabalidad sus funciones de investigar la verdad de lo ocurrido; juzgar a los culpables; imponer sanciones reparadoras, restaurativas o carcelarias; pero, en todo caso, proporcionales frente a la gravedad de lo ocurrido; garantizar, en el marco del Sistema Integral, la reparación de las víctimas, y generar que sus actuaciones judiciales sean de tal contundencia, que impidan la repetición de actos tan inhumanos como el secuestro, la desaparición de personas o el homicidio en cautiverio, esto es, den como resultado garantías judiciales de no repetición.
Por su parte, las Farc deben entender que la única forma de cerrar este ciclo de violencia, de más de medio siglo de atrocidades, es a través de un efectivo y ejemplar proceso de justicia, que incluye reparar integralmente a las víctimas y restaurar a la sociedad y, que todo lo anterior, solo será posible si se comprometen radicalmente con un proceso de verdad plena, un genuino arrepentimiento, y dejan de re victimizar a quienes ya han sufrido demasiado por culpa de este conflicto.
Gabriel Bustamante Peña
Foto tomada de: El País Cali
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