El miércoles 30 de noviembre se desarrolló la sesión plenaria en la Cámara de Representantes donde también intervinieron voceros de los partidos políticos así como invitados de la sociedad civil que representaban a los diversos promotores del SI y el No en el plebiscito del 2 de octubre. El hecho más significativo allí fue el rechazo a la intervención del exprocurador, Alejandro Ordoñez a quien una pancarta le recordaba que había sido anulada su elección por actos de corrupción para lograr su nombramiento en la Procuraduría. La votación final en la Cámara de Representantes fue de 130 votos por la aprobación del Acuerdo y 0 votos negativos dado que también allí se retiraron los 19 integrantes de la Bancada del Centro Democrático y 8 representantes de la Bancada conservadora. El total de los representantes es de 167.
El gran esfuerzo realizado por el Gobierno Nacional y por las FARC-EP para tratar de lograr un acuerdo nacional y un consenso político para la refrendación de los acuerdos que involucrara a los impulsores del No en el plebiscito, finalmente no se logró por dos razones principales. La primera porque a pesar de los cambios sustanciales introducidos en el Acuerdo inicial pactado el 26 de septiembre los voceros del NO liderados por el expresidente Álvaro Uribe Vélez señalaron que los cambios no eran sustanciales, algunos como el exprocurador Ordoñez los calificaron de “cambios cosméticos”. El segundo porque a su juicio el mecanismo de refrendación debería realizarse nuevamente acudiendo a la figura del plebiscito en el cual volverían a oponerse con el argumento que los cambios eran una burla a los electores. Así pues el ejercicio de casi dos meses de discusión y de debate no logró involucrar a sectores que rechazaron el Acuerdo inicial y de esta manera los cambios no lograron que se ampliara la base social de respaldo a los acuerdos. Los tres temas centrales que se convirtieron en las insalvables para un acuerdo más incluyente fueron la no elegibilidad política de los jefes de las FARC-EP hasta que no cumplieran las penas que les fije la justicia, el que las penas establecidas sean pagadas en Colonias Penitenciarias Agrícolas y un tercero que la Jurisdicción especial de Paz solo sea competente para juzgar a las guerrillas pero no a los agentes del Estado, a los empresarios que financiaron grupos paramilitares así como a éstos últimos cuando sobrevengan hechos que no hayan sido reportados ni investigados en el sistema de Justicia y Paz de la ley 975 de 2005. Una de las verdaderas razones que impide que los sectores uribistas se opongan a los acuerdos tiene que ver con el hecho que finalmente la justicia, como debe ser, para cerrar el conflicto armado, establezca la verdad y las responsabilidades de los distintos actores que propiciaron y alimentaron de manera ilegal el conflicto armado en el país.
Así pues los cambios introducidos en el Acuerdo final que en muchos aspectos es regresivo con respecto a lo que inicialmente se había pactado, se convirtió en un ejercicio vano si se le mira desde la perspectiva de lograr un acuerdo nacional. El uribismo que practica una oposición obstruccionista y muy poco constructiva concurrió a las conversaciones con la idea de lograr una claudicación y un sometimiento de las FARC dadas las condiciones que desde el comienzo planteó para sumarse al apoyo al proceso. Lo que no se logró en los campos de batalla pretendía el uribismo que se le impusiera a las FARC en la mesa de negociaciones. Quizás el ejercicio haya sido útil para demostrar a vastos sectores del NO que el Uribismo en realidad no quiere una negociación política, que se opone a la paz negociada y que lo que quiere es que el proceso se rompa y se regrese a la guerra. Pero esto solo lo sabremos en las elecciones presidenciales del año 2018 hacia las cuáles se proyecta la oposición uribista. El tercer round de este proceso se peleará en dichas elecciones como ya sucedió en las elecciones del año 2014 y en el plebiscito del 2 de octubre del presente año.
Ahora bien como lo hemos señalado la refrendación política de los Acuerdos en el Congreso de la República debilita enormemente la legitimidad de los mismos pues no se recurrió al ciudadano, al elector primario. Como hemos señalado diversas razones pero principalmente la fragilidad del cese al fuego, así como la imposibilidad de avanzar en su implementación fueron factores que el Gobierno tuvo que tomar en cuenta para decidirse por la vía del Congreso a sabiendas de los problemas de legitimidad que este camino trae consigo dado el desprestigio del legislativo en la sociedad colombiana. Pero las urgencias del proceso y sus problemas incidieron para que finalmente tanto las FARC como el Gobierno se pusieran de acuerdo para la refrendación por la vía del Congreso de la República.
Ahora lo que viene es una carrera desenfrenada para ponerlo en marcha dado que como hemos señalado se requieren de unas 48 enmiendas constitucionales, leyes estatutarias y leyes ordinarias para su desarrollo. Sin el mecanismo de la vía rápida o fast track que reduce los tiempos y los trámites para su aprobación, la implementación tiene serios problemas de tiempo. Así lo han advertido las FARC-EP. Iván Márquez lo dijo a la Revista Semana de manera dramática sin el fast track existe un serio riesgo de que tengan que regresarse al monte fueron sus palabras.
Será la Corte Constitucional la que resuelva finalmente si le da vía libre al mecanismo de la refrendación rápida. Por lo pronto la ponencia de la magistrada María Victoria Calle, presidenta del Tribunal sobre la demanda que buscaba que se declarara la inconstitucionalidad de las modificaciones para el trámite de las leyes y de los actos legislativos así como otorgar funciones legislativas al Presidente de la República solo para desarrollar los acuerdos, tiene el visto bueno y rechaza las pretensiones del demandante Jesús Pérez que plateaba que esas reformas fueran declaradas inconstitucionales pues sustituían a la Constitución si esta ponencia es aprobada lo podrá ser también la demanda de Iván Duque del Centro democrático en contra del artículo quinto del acto legislativo de 2016 que ataba el mecanismo del fast track al triunfo del SI en el plebiscito del 2 de octubre. El proceso de paz está literalmente de nuevo en manos de la Corte Constitucional.
Pedro Santana Rodríguez: Director Revista Sur
Bogotá 1 de diciembre de 2016.
Deja un comentario