En ese sentido en la Asamblea Nacional Constituyente manifestó uno de sus presidentes: “Por supuesto que para que este Congreso pueda cumplir bien y fielmente sus deberes con el pueblo, debe tener importantes responsabilidades, y estar colocado a la altura de la Rama Ejecutiva, en desarrollo del principio de la igualdad de los poderes públicos, tan desajustados en Colombia, a favor de la parte gubernamental que propone leyes al Congreso, las dicta en ejercicio de estado de sitio o en emergencia económica, tiene la exclusividad de iniciativa sobre especiales asuntos como el económico, y cuenta con el poder de demandar la atención exclusiva de sus proyectos, sin que el Parlamento pueda ejercer con eficacia la labor de fiscalización.
Es en este aspecto en donde ha de avanzarse fundamentalmente, por medio de instituir el sistema de las observaciones a los Ministros, pero fundamentalmente introduciendo en nuestro régimen constitucional la Moción de Censura, que le permitirá adelantar cabalmente la facultad necesarísima del Control Político”[1]
Un control político eficaz sólo puede ejercerse cuando existe independencia de poderes. De manera armónica y coordinada pero autónoma, cada una de las ramas del poder público debe ejercer las funciones que le corresponden rindiendo las cuentas correspondientes y sin pretender interferir en las atribuciones de las otras. Ese es el mundo del deber ser, bien distinto de lo que ocurre en Colombia, donde pese a los sueños de algunos constituyentes de lograr un sistema de equilibrio de poderes se ha afianzado un régimen dictatorial disfrazado de democracia.
Desde que se promulgó la Constitución del 91 se ha intentado, más de una docena de veces, la moción de censura contra ministros del gabinete, sin que haya prosperado, pues el requisito esencial de independencia de poderes ha brillado por su ausencia: las mayorías del Congreso no parecen instituidas para representar los intereses ciudadanos, sino para convertirse en una especie de guardia pretoriana que defiende al gobierno de manera incondicional. Digo mal. Hay condiciones que tienen que ver con las prebendas que el ejecutivo entrega a sus congresistas y en ese trueque de favores se diluye lo que se instituyó como un mecanismo de control, que podría garantizar efectividad y transparencia en la gestión.
Moción de Censura contra Karen Abudinen ministra de telecomunicaciones e información
Pese a lo anterior y aunque las mociones de censura no hayan tenido vocación de éxito en el pasado, han sido útiles como mecanismo de denuncia para que la opinión pública tenga alguna información sobre hechos de pésima gestión y/o corrupción.
Es el caso de lo que sucede con la moción de censura citada por León Fredy Muñoz Lopera, María José Pizarro Rodríguez, David Ricardo Racero Mayorca, John Jairo Hoyos García, Katherine Miranda Peña, Wilmer Leal Pérez, Carlos Alberto Carreño Marin, Ángel María Gaitán Pulido, César Augusto Ortiz Zorro, José Luis Correa López, Fabián Díaz Plata, Mauricio Andrés Toro Orjuela, Angela María Robledo Gómez, Carlos Germán Navas Talero, Luis Alberto Albán Urbano, Edwin Fabián Orduz Díaz, César Augusto Pachón Achury, Abel David Jaramillo Largo, Juanita María Goebertus Estrada, Jorge Alberto Gómez Gallego, Catalina Ortiz Lalinde y Juan Carlos Lozada contra la ministra de las telecomunicaciones y la información Karen Abudinen, básicamente por las siguientes razones:
1) las relacionadas con el conflicto de interés del asesor del Ministerio que además asesoraba a uno de los proponentes[2]
2) lo atinente a las demoras en la adjudicación
3) la falsedad de las pólizas de garantía
4) la entrega del anticipo de 70 mil millones de pesos.
Podría haberse incorporado un hecho adicional, que es uno de los más graves de este episodio de corrupción, como es la utilización de una modalidad contractual (contrato de aporte) que no era la legalmente establecida por la ley 80 de 1993, lo que podría configurar una celebración indebida de contrato.
Vale la pena recordar lo normado legalmente en relación con la moción de censura de conformidad con lo previsto en la Constitución Política[3]: 1) Debe proponerse, como mínimo, por la décima parte de los miembros que integran la cámara respectiva 2) Se realiza un debate en la cámara respectiva – senado o cámara de representantes – 3) Entre el tercero y el décimo día siguientes a la terminación del debate procede a la votación en audiencia pública 4) Para que sea aprobada, se requiere el voto afirmativo de la mitad más uno de
los integrantes de la cámara que la haya propuesto.
El pasado 3 de septiembre se realizó el debate contra la ministra Abudinen para que respondiera políticamente por los hechos atrás anotados. Días antes el presidente de la República, en una de sus acostumbradas afirmaciones injerencistas, había afirmado que la ministra no tenía responsabilidad política, porque no estaba “amangualada” con los contratistas[4]. Confundió el presidente la responsabilidad política con la responsabilidad penal y envió un claro mensaje a su bancada en el congreso para que apoyaran a su ministra, de quien afirmó que había obrado “con rectitud y velocidad”.
Las bancadas de gobierno que cuantitativamente hacen mayoría en el Congreso, recibieron el mensaje y no tuvieron inconveniente en hacer la apología de las acciones de la señora ministra a quien faltó poco para que ovacionaran de pie. Y es de especial mención la actitud altanera y desafiante de la señora Abudinen frente a los citantes a quienes amenazó con denuncias porque afectaron “su buen nombre”, en absoluto desconocimiento de la inmunidad parlamentaria. La actitud arrogante de quien se sabe impune.
Especial mención merecen algunas de sus afirmaciones. La primera de ellas es que la suma de $70.000.000.000 que sigue “perdida” era menos del 10% del valor del contrato y que la ley le permitía entregar hasta el 50% del precio total. Lo que no dijo nunca era que eso está previsto en contratos de obra, concesión y salud y que su entrega está condicionada al cumplimiento de exigentes requisitos. El anticipo NO es propio de los contratos de aportes como fue el contrato que adjudicó a la UT Centros Poblados y esa modalidad no es aplicable cuando hay obra pública de por medio. La ministra parece entender que es del capricho del funcionario disponer a su arbitrio de los dineros públicos y que los colombianos deberíamos agradecer que la suma “extraviada” no fue de medio billón de pesos que podría haber entregado al contratista.
Una segunda afirmación es la de señalar “no me robé un peso” como si la única responsabilidad de un servidor público fuera la de no robar. Acertadamente se señala que “la responsabilidad política consiste en reconocer y afrontar las consecuencias de las acciones y omisiones en que incurre el servidor público de alto rango, lo que lo hace responsable de lo hecho, de lo no hecho y de lo hecho mal. Se configura cuando el servidor público en el ejercicio de sus funciones ejecuta actos o incurre en omisiones que causen perjuicio a significativos intereses públicos”[5].
¿Parece muy normal que por sus acciones y omisiones, porque en este asunto hay de ambas, se aprobaran pólizas falsas, se perdieran de las arcas del Estado un poco más de 70 mi millones de pesos y se frustrara la posibilidad de conectividad que es urgente para el desarrollo del país y el ejercicio del derecho a la educación? Esa negligencia e imprudencia, por decir lo menos, acarrea responsabilidad política aunque el jefe de Estado pretenda que su ministra no debe afrontar las consecuencias de su actuar y que el ejecutivo la respalde aunque posiblemente se haya cometido un peculado. ¿A sus espaldas?
Una tercera afirmación es la declararse víctima de la oposición porque “bodegas en redes han hecho matoneo contra mi”. Sólo faltó endilgarle responsabilidad por los hechos, con nombre propio, al líder de la oposición a quien ahora se responsabiliza de todo lo malo que ocurre en el país. Esta subestimación de la capacidad crítica de quienes opinan en las redes sociales, de manera libre, evidencia que la ministra Abudinen, como el presidente de los colombianos, está convencida de que no puede ser objeto de escrutinio público y que quienes hoy, con total legitimidad y razón, la critican están siendo pagados para hacerlo. Total desconexión con la realidad!
Finalmente luego de pedir, sin sonrojo alguno, ser considerada la “enemiga número uno de los corruptos” y considerar que su responsabilidad política es continuar al frente de la cartera pretendiendo “reparar” el daño que su gestión le causó al país, (“no me aferro a un puesto, si a Colombia le sirviera más que yo me fuera, me iría”), concluyó su intervención agradeciendo a su amigo Alex Char y a su grupo político “la prosperidad” de la ciudad de Barranquilla[6]. Olvidó mencionar la ministra que quien destapó el escándalo de corrupción fue una periodista[7] de quien los representantes citantes solicitaron fuera escuchada en el debate, proposición que fue desoída por la presidenta de la Cámara de Representantes Jennifer Arias que, en este país laico, cerró el debate mandando bendiciones.
Aunque al escribir estas líneas no ha sido votada la moción de censura, en la mañana de hoy el Presidente solicitó la renuncia de la ministra Abudinen, después de haberla respaldado con vehemencia. Albergo pocas esperanzas de que la moción sea votada y aprobada como debería hacerse para producir la sanción política con total claridad, pues la renuncia, que seguramente se producirá en las próximas horas, no es obstáculo para que el proceso continúe. Sin embargo la separación de la Ministra del cargo al que estaba aferrada aunque dijera lo contrario, debe ser vista como un triunfo de las bancadas minoritarias del Congreso, de las que son los Representantes citantes, y del control ciudadano y mediático ejercido a través de las redes sociales, así como de algunos medios de comunicación.
Las declaraciones de algunos congresistas afectos al gobierno en el sentido de que votarían afirmativamente la moción de censura[8], seguramente llevaron a la cabeza del ejecutivo a considerar necesario modificar su respaldo afectuoso con la señora Ministra para no perder más legitimidad de la que ya ha perdido.
Ese respaldo durante el debate que tuvo la Ministra Abudinen por parte de un gran número de representantes a la Cámara nos obliga a replantearnos el tipo de congresistas que hemos elegido. Un Congreso verdaderamente independiente del gobierno, que ejerza control político a través de los diversos mecanismos instituidos, que no permita condicionamientos ni prebendas es el que necesita el país para avanzar en la construcción de democracia. No se trata de modificar el congreso como institución sino de saber elegir a quienes pueden incidir fehacientemente en los avances democráticos, pues en Colombia lo que se entiende como democracia es que haya elecciones cada cuatro años y nada más. Triste y limitada concepción que deja de lado lo verdaderamente definitorio de una democracia como es el avance hacia la vigencia de los derechos humanos de manera universal, en particular los DESCA, vulnerados con casos de corrupción como el del Mintic que, en este gobierno, no es el único.
Responsabilidad política únicamente?
Es innegable la responsabilidad política de la ministra Abudinen frente al robo descarado a las arcas de la nación y al consecuente atraso en la conectividad de más de 7.000 sitios recónditos del país. Su destitución del cargo, que debería ser inminente, no resulta ni siquiera proporcional con las inmensas consecuencias perjudiciales vulneratorias de derechos fundamentales de miles de personas a lo largo y ancho del país.
Según lo expresó una de las citantes a la moción de censura, la ministra Abudinen se habría reunido con el reconocido contratista y condenado penalmente Emilio Tapias, previamente a la definición de los pliegos de condiciones[9]. También están documentadas reuniones posteriores con la subalterna del gobierno que funge como Procuradora General de la Nación quien fue recusada por ese hecho pero que no se apartará de la investigación[10].
Lo anterior sumado al hecho de la conocida amistad entre el presidente de la República y el Fiscal General dificulta las posibilidades de que la justicia y los órganos de control se pronuncien de manera objetiva frente a las posibles conductas delictuales por las que debería investigarse a la ministra de comunicaciones.
Si la reunión sostenida por la ministra con el contratista favorecido con el contrato al que luego, y por presión ciudadana y mediática se le decretó caducidad, es cierta o no, es un tema que debería ser investigado por la Fiscalía General de la Nación pues existe una noticia ciudadana. De resultar cierto, este hecho podría tipificar el delito contemplado en el artículo 340 del código penal, modificado por el artículo 5 de la Ley 1908 de 2018. Concierto para Delinquir: Cuando varias personas se concierten con el fin de cometer delitos, cada una de ellas será penada, por esa sola conducta, con prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento ocho (108) meses.
De otra parte el contratar por la modalidad de aportes (contrato innominado exclusivo para los temas de bienestar social y que deja en manos del contratista la determinación de los aspectos fundamentales del objeto contractual) la conectividad que conlleva obra pública, podría, eventualmente, configurar el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales de que trata el artículo 410 del estatuto punitivo que textualmente señala lo siguiente: el servidor público que por razón del ejercicio de sus funciones tramite contrato sin observancia de los requisitos legales esenciales o lo celebre o liquide sin verificar el cumplimiento de los mismos, incurrirá en prisión de sesenta y cuatro (64) a doscientos dieciséis (216) meses, multa de sesenta y seis punto sesenta y seis (66.66) a trescientos (300) salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de ochenta (80) a doscientos dieciséis (216) meses. Corresponde a la Fiscalía la investigación y determinación de la ilicitud o no de la conducta de la ministra frente a este tipo penal.
Debería también la Fiscalía General investigar la posible comisión del delito de peculado, seguramente culposo del artículo 400 del código penal que establece: el servidor público que respecto a bienes del Estado o de empresas o instituciones en que éste tenga parte, o bienes de particulares cuya administración, tenencia o custodia se le haya confiado por razón o con ocasión de sus funciones, por culpa dé lugar a que se extravíen, pierdan o dañen, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54) meses, multa de trece punto treinta y tres (13.33) a setenta y cinco (75) salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por el mismo término señalado.
El real compromiso de lucha contra la corrupción y el cumplimiento del deber funcional de la fiscalía general no consiste en repetir con el gobierno que “el que la hace la paga” sino en fortalecer las investigaciones por hechos tan censurables como el ocurrido en el ministerio de las telecomunicaciones e información e imprimirles celeridad y eficiencia.
Otro tanto puede afirmarse en lo relacionado con la investigación fiscal por el detrimento patrimonial de 70 mil millones de pesos, que debería estar avanzando aceleradamente en la contraloría general de la nación y por la investigación disciplinaria que, en manos de la actual procuradora, quizás estará próxima al archivo.
Mientras el sistema de equilibrio de poderes, pesos y contrapesos, exista solamente en el papel y los servidores públicos no asuman con coraje e independencia sus funciones legales, estaremos condenados a que la sistemática corrupción de este régimen siga impune. Felizmente la noche oscura tendrá que pasar y en el nuevo amanecer muchos delitos aún no habrán prescrito.
______________
[1] Intervención de Horacio Serpa- Gaceta Constitucional 115
[2] https://www.google.com/search?client=firefox-b-d&q=camilo+ernesto+valencia+suescun
[3] artículo 135 numerales 8 y 9 de la Constitución Política de 1991, modificado por el Acto Legislativo 01 de 2007.
[4] https://www.eltiempo.com/politica/gobierno/duque-dice-que-ministra-abudinen-no-tiene-responsabilidad-politica-613040
[5] https://www.elcolombiano.com/opinion/columnistas/la-responsabilidad-politica-BF9326344
[6] https://www.youtube.com/watch?v=ggVJC6tdNys
[7] La periodista Paola Herrera de la W Radio
[8] Es el caso de Gabriel Santos del Centro Democrático y de la bancada de Colombia Justa Libres
[9] @mirandabogota en twitter
[10] https://www.semana.com/nacion/articulo/margarita-cabello-impedida-recusan-a-procuradora-en-investigacion-por-polemico-contrato-de-mintic-con-centros-poblados/202159/
María Consuelo del Río Mantilla, Abogada, defensora de derechos humanos y experta en contratación estatal.
Foto tomada de: https://www.semana.com/
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