¿Arreglo cosmético o intereses ocultos?
En honor a la verdad, el nuevo acuerdo mantuvo la esencia y estructura de lo acordado previamente pero recogió las principales objeciones de los voceros del No y hubo cambios significativos excepto en un tema importante: la elegibilidad política. En este sentido responde al mandato popular emanado del plebiscito del 2 de octubre sin alterar el espíritu de lo acordado en la mesa de negociación y respeta lo votado por casi la mitad de los electores que se acercaron a las urnas ese día.
Los cambios introducidos y las concesiones de las FARC han parecido insuficientes a los voceros más connotados del No que consideran que no se abordaron a fondo temas sensibles como el de la elegibilidad de los responsables de crímenes de lesa humanidad sin pagar una pena, el de la incorporación de la justicia transicional en la justicia ordinaria, lo relacionado con lo que han considerado una persistencia de la incorporación de lo acordado al bloque de constitucionalidad y la reparación a las víctimas. En suma, y como lo dijo el ex presidente Pastrana, el acuerdo mantiene “la esencia antidemocrática del pacto original” porque desconoce el resultado del plebiscito.
El pretendido carácter antidemocrático de lo decidido por el Presidente de la República se profundiza con la decisión de tramitar la refrendación del acuerdo y su implementación vía Congreso y no mediante una consulta popular con el argumento de que este no representa la voluntad ciudadana, motivo por el cual, y ante la imposibilidad de lograr un acuerdo nacional y hacer cambios a lo pactado, el único camino es llamar a la resistencia pasiva y salir a la plaza pública. Obviamente, este llamado por parte de un partido que tiene ya tres precandidatos presidenciales significa que emprende su campaña con miras a las elecciones de 2018, confiado tal vez en el movimiento pendular que favorece en la actualidad a la derecha política.
Lo planteado por los que se han autoelegido como voceros de los que votaron por el No por múltiples razones, no todas coincidentes con los que se han arrogado su representación, es muy discutible. En primer lugar, refrendar el acuerdo vía Congreso no es negarle su legitimidad. El Legislativo es en cualquier democracia el poder representativo y si este no gozara de legitimidad en Colombia, no tendría sentido tramitar ley alguna por su conducto. En segundo lugar, la Corte Constitucional al tratar el tema del plebiscito dejó en claro que en caso de un triunfo del No, el Jefe del Estado, como máxima autoridad en materia de orden público, no perdía la facultad para buscar un nuevo acuerdo y decidir la conveniencia de llevarlo a las urnas o no. En tercer lugar, el nuevo acuerdo, que tiene diferencias sustanciales con respecto al texto inicial, después de pasar por el Congreso terminará siendo estudiado por la Corte Constitucional la cual tendrá la última palabra como ha sucedido con otros acuerdos. Tachar de antidemocráticas las decisiones adoptadas por el Ejecutivo no adquiere sentido sino desde la orilla electoral, es decir, por razones distintas a las expuestas.
¿Democracia plebiscitaria y “refundación del Estado”?
Los argumentos de los críticos a lo pactado con las FARC se arropan de planteamientos doctos relacionados con la democracia para tachar de inaceptable la política del presidente Santos. Es así como arguyen que el no llevar el acuerdo a las urnas es desconocer la voluntad del pueblo lo que constituye un acto antidemocrático. Esta afirmación invita a dos consideraciones.
En primer lugar, ¿qué lugar ocupan los que votaron por el Si? ¿Dejan de pertenecer al pueblo? En segundo lugar ¿de qué democracia se habla?
El vocablo “pueblo” evoca un grupo homogéneo cuando en realidad las sociedades modernas son plurales, es decir, están cruzadas por importantes divisiones de tipo religioso, étnico, ideológico, social y la sociedad colombiana no es una excepción. Así mismo, y sin entrar en mayores detalles, conocida de los expertos es la diferencia entre el modelo de democracia mayoritaria o de Westminster y el modelo de democracia de consenso. Aún admitiendo objeciones a esta clasificación, es común considerar que el primer modelo se adecua a sociedades relativamente homogéneas mientras el segundo es más adecuado en sociedades plurales.
Entre esos dos modelos se cuela la consideración del llamado al “constituyente primario” mediante convocación al plebiscito como remedio a situaciones caracterizadas por la crisis de la representación política. En otros términos, se asume que la consulta popular es la forma más transparente de participación ignorando que esta puede transformarse fácilmente en el mejor instrumento para la manipulación, que cuando los problemas se reducen aun “si” o a un “no” resulta inútil la reflexión y se anula el debate. De hecho, reducir asuntos políticos complejos como la paz a un simple blanco o negro es en sí sospechoso y la historia ha demostrado cómo la llamada “democracia plebiscitaria” no es más que un autoritarismo encubierto, una herramienta apreciada de distintas formas de populismo.
En suma, el poner en tela de juicio las instituciones vigentes invita a un debate que apenas comienza. Hay varios escenarios donde se llevará a cabo la polémica. El primero, el Congreso de la República donde, con ocasión de la implementación del acuerdo, se escuchará la voz autorizada de los representantes de la ciudadanía, y el segundo, los espacios que ocupe la representación no elegida, la sociedad civil. Bueno es recordar, empero, que no se trata de vencer sino de convencer, no de imponer sino de llegar a consensos, y en ese sentido recordar que en una negociación se busca llegar a acuerdos relacionados con intereses y no con base en principios los cuales, en principio, no son negociables. Y ¿cuál es el interés que debe animar el debate? ¿La venganza? ¿La posibilidad de recorrer un camino que conduzca a la reconciliación? ¿Salir de la Patria Boba que ha impedido la construcción de nación?
Rubén Sánchez David
Profesor e investigador Universidad del Rosario
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