-La reforma agraria tiene tres aspectos que hay que tener en cuenta:
- La titularidad por núcleos de familia
- Lo que hace productiva la tierra, elemento indispensable para el desarrollo de la economía Campesina y
- La organización de los pequeños y medianos propietarios del Campo.
Sin duda alguna en Colombia, se tiene experiencia o conocimiento de Reformas Agrarias, por vía institucional, como también las contra reformas, lo que ha contribuido a la feroz violencia en el campo:
1. Ley 200 de 1936 en el Gobierno de Alfonso López Pumarejo, dicha ley promulgaba en principio “Que La tierra es de aquellos que la hacen productiva” Vino la contra reforma a la ley 200 de 1936, la ley 100 de 1944, dicha ley buscaba lo siguiente:
“Declárese de conveniencia publica el incremento del cultivo de las tierras y la producción agrícola por sistemas que entran en alguna especie de sociedad de coparticipación en los productos, entre el arrendador dueño de las tierras y el cultivador, tales como los contratos de arriendo y aparcería” etc.
En el programa político Jorge Eliecer Gaitán, proponía: “La reforma agraria liderada por la organización de los pequeños y medianos propietarios del Campo”, la violencia de 1940 – 1950, dio al traste con los propósitos de desarrollo económico y social en el agro colombiano.
2. La Reforma agraria de 1961 que dio origen al Instituto Colombiano de Reforma Agraria, INCORA, y con la reforma de 1968 en el gobierno de Carlos Lleras Restrepo, que declaró sujeto de reforma agraria a los arrendatarios y aparceros y la creación de La Asociación Nacional de usuarios Campesinos, ANUC, con la resolución 061 y el decreto 755 de 1967, su estructura organizativa comenzaba con el comité veredal, Asociación Municipal, Departamental, Nacional y un comité ejecutivo Nacional: con metas definidas, el gobierno nombró los promotores de organización Campesina y los equipos jurídicos del ministerio de Agricultura, lo que contribuyó en la tenencia de la tierra, con la participación de los campesinos y campesinas, Indígenas, negritudes organizados en ANUC y otras organizaciones agrarias, lo que hizo posible la materialización de la reforma agraria, en muchas regiones del País.
Estas iniciativas de reforma agraria fueron derogadas por el Gobierno de Misael Pastrana Borrero, con el acuerdo de Chicoral de 1972, cobijados por la ley 4 de 1973, que direccionó en contra de cualquier proyecto político para el campo que beneficiara el desarrollo en beneficio de los campesinos y el pueblo Colombiano, lo que dio lugar a la violencia en contra de los dirigentes y sus formas de organización, dejando sin fundamento la ley 200 de 1936, ley 135 de 1961 y sus reformas adicionales, la política de organización de los pequeños y medianos propietarios y productores del campo.
3. El punto 1 de los Acuerdos de La Habana: Reforma Rural Integral, producto de los acuerdos de paz, entre el gobierno de Juan Manuel Santos y la ex guerrilla de la FARC, acuerdos desconocidos por el Gobierno de Iván Duque, lo que ha desatado el incremento de la violencia en el campo, asesinato de líderes y lideresas sociales, y reincorporados firmantes de los acuerdos de paz.
4. En Colombia hubo y hay programas de Reforma Agraria que pueden impulsar el desarrollo en el campo, en beneficio de los que hacen productiva la tierra, en beneficio del pueblo en general, lo que haría posible la tan anhelada paz para los colombianos, estos programas nunca contaron con el respaldo de muchos Gobiernos en Colombia.
A manera de conclusión
-Recuperemos el propósito de la ley 200, de 1936, la ley 135 de 1961, con la resolución 061 de Mayo de 1967 y el decreto 755 del 2 de Mayo de 1967 por la cual se creó la ANUC, y la reforma de 1968, que declaró sujeto de reforma agraria a los campesinos arrendatarios y aparceros, qué para la época en la Costa Caribe, conformaban el 90%.
-La formalización de los 7 millones de hectáreas y la adquisición de los 3 millones de hectáreas para los campesinos, como lo señala el primer punto de los acuerdos de La Habana… Reforma Rural Integral.
-Fortalezcamos la economía campesina y sus formas naturales de organización: viabilizando un censo de la propiedad y en las condiciones que laboran para la producción, los pequeños y medianos productores.
-Trabajar por una fuerte organización de pequeños y medianos propietarios del Campo.
-Hacer posible que los productos agrícolas abastezcan la periferia agrícola, con acceso a los grandes centros de consumo.
–Experimentar polos de desarrollo con granjas multiprodutivas accesibles a los centros de consumos subsidiados por el Estado… fortaleciendo la Soberanía Alimentaria.
-Vías de comunicación, distritos de Riego, Hospitales, Educación, internet, energía, entre otros…
y la formación de formadores del campo.
¡Todo por la PAZ, justa y duradera!
Gabriel Barrios Castellar
Foto tomada de: Unidad de Victimas
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