Por regla general, la Corte Penal Internacional (CPI) decide autónomamente si procede a la investigación “de una situación en que parezca haberse cometido uno o varios de los crímenes de la competencia de la Corte”. Debe recordarse que con base en el artículo 15 del Estatuto de Roma es la Fiscalía de dicha Corte el órgano que puede iniciar de oficio una investigación con base … [Read more...]